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Leyes personales y leyes territoriales


Enviado por   •  21 de Agosto de 2015  •  Documentos de Investigación  •  1.634 Palabras (7 Páginas)  •  107 Visitas

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La ley territorial

Leyes personales y Leyes territoriales: Simplificadamente, existen dos elementos que permiten determinar la competencia legislativa internacional de un sistema jurídico: su territorio y sus nacionales. Leyes personales o Personalidad de las leyes: Una norma jurídica es personal si su campo de aplicación es un conjunto de personas, estén o no dentro del territorio del Estado del que emanan. La ley sigue a la persona. Leyes territoriales o Territorialidad de las leyes: Una norma jurídica es territorial si su campo de aplicación es espacial y se limita al territorio del Estado que la dicta. Así, una ley territorial se aplica a todas las personas que se encuentren en el territorio, sean nacionales o no; a todos los bienes que se encuentren en el territorio, aunque sus propietarios sean extranjeros; a todos los actos y hechos celebrados o ejecutados en el territorio;y a todos los procedimientos desarrollados en el territorio. Sistema territorialista o Territorialismo: Sistema de solución de conflicto de leyes que tiende a reducir al máximo la aplicación de derecho extranjero, en el territorio, mediante la aplicación generalizada de la ley del foro. Eso lo logra, principalmente, mediante el empleo de leyes territoriales. Sin embargo, un sistema territorialista puede contener leyes personales, es decir, leyes no territoriales. Viceversa, un sistema no territorialista puede contener leyes territoriales. Adicionalmente, una ley territorial puede tener aplicación fuera del territorio para el que fue creada, cuando un sistema jurídico extranjero contiene una regla de conflicto que hace aplicable la ley territorial mencionada. Sistema de la personalidad de las leyes: Sistema de solución de conflicto de leyes que aplica a cada individuo, y en todos los casos, la ley de su origen étnico. Sin embargo, un sistema basado en la personalidad de las leyes puede contener leyes territoriales. Viceversa, un sistema territorialista puede contener leyes personales, es decir, leyes no territoriales.

Cual es la norma que corresponde aplicar cuando existe conflicto de jurisdicciones estatales?

Este es el problema de los "efectos de la ley con relación al territorio" que encara los casos de posible colisión dé dos o más leyes en un mismo territorio, en función de los elementos de la relación jurídica de que se trate.
Así, si se discute acerca de un contrato celebrado en el extranjero para tener cumplimiento en nuestro país, deberán considerarse varios problemas:
¿ cuál es la ley que rige, la
capacidad de derecho, y de hecho de los contratantes ?
¿ cuál es la ley que rige la
forma del acto ?,
¿ cuál es la que rige
la prueba del mismo ? y
¿ cuál la que establece
la validez del contrato atendiendo a su objeto o contenido del mismo ?.

De la determinación de la ley aplicable se ocupa el derecho internacional privado. Pero como los principios de ese derecho están substancialmente contenidos en el Código Civil, de ahí el estudio sumario que se hace de los mismos en los cursos de derecho civil.

* CONCEPTO DE TERRITORIO: El "territorio" de nuestro país, a los efectos de la aplicación de las leyes + está integrado por los siguientes lugares:

1º) El suelo: comprendido dentro de los límites políticos de la Nación, incluidos los ríos y lagos internos, las islas y el sector antártico argentino. También incluye todo lo que esta debajo del mismo

2°) El espacio aéreo existente sobre el suelo nacional;

3º) El mar territorial, entendiéndose por tal, la franja de mar que baña les costas hasta doscientas millas marinas medidas desde la línea de la más baja marea.

DETERMINACIÓN DE LA LEY APLICABLE - Antecedentes Históricos:

Antigüedad: Prevaleció el sistema de la personalidad de la ley. Las leyes no se aplicaron territorialmente sino personalmente, es decir a los súbditos del soberano que dictaba la ley, cualquiera fuera el lugar dónde se encuentren. Así en Roma, el derecho positivo se llamaba "jus civile" porque era el "jus civium romanorum", es decir, el derecho de los ciudadanos romanos y alcanzaba a éstos donde estuvieran. Los extranjeros o "peregrinos" eran regidos por sus propias leyes.

Edad media : Prevaleció el sistema opuesto, es decir de la Territorialidad de la ley. El régimen feudal estableció este sistema: "La ley del soberano se imponía a todos los súbditos o habitantes del país, sin discriminación de nacionalidadés".

Alta edad media: Los post-glosadores italianos, (siglos XII y XIII) ante los inconvenientes que generaba el sistema territorial, por la escasa extensión de ciertos estados que muchas veces generaba que una misma persona en un mismo día quede sujeta a dos o más legislaciones, surge el sistema de los estatutos, que distinguía los estatutos:

Personales: se aplicaban a las relaciones jurídicas, o los elementos de éstas; respecto de los cuales aparecía la persona como factor primordial, por ejemplo si se trataba de apreciar capacidad del sujeto para efectuar tal o cual acto.

Reales: Se aplicaban a las relaciones jurídicas respecto de las cuales las "cosas" aparecían como elemento

Es necesario agregar que la teoría de los estatutos parte de la base de la vigencia ordinaria del derecho romano, para toda clase de ciudadanos. Es decir, que la regla era que se aplicaba la ley territorial . el derecho romano – y como excepciones particulares se aplicaban los estatutos., por razones de cortesía y bajo condición de reciprocidad.

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