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Lineamiento sobre Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST


Enviado por   •  8 de Febrero de 2022  •  Tareas  •  2.525 Palabras (11 Páginas)  •  116 Visitas

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Lineamiento sobre Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST

1. OBJETIVO

El presente documento tiene como propósito establecer los parámetros administrativos y operativos que permiten al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) su conformación y funcionamiento.

2. ALCANCE

Este documento trata de la conformación, funciones, documentación y trazabilidad del COPASST en la Empresa (ficticia).

3. MARCO LEGAL

• Resolución 2013 de 1986.

• Decreto 1072 de 2015.

• A partir del decreto 614 de 1984 se estableció que las empresas debían contar con un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

• La Ley 1562 de 2012 (artículo 1), modificó el nombre por Comité Paritario de Salud Ocupacional por Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST).

4. DEFINICIONES

• COPASST: Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa. Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacionales, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos (Decisión 584 de 2004 del instrumento andino de Seguridad y Salud en el Trabajo).

En ningún caso el COPASST se ocupa de tramitar asuntos referentes a la relación contractual laboral propiamente dicha, problemas de personal, disciplinarios o sindicales. Estos asuntos se gestionarán en otros organismos y están sujetos a una reglamentación distinta.

• Bipartito: está compuesto de dos partes, es decir, está compuesto por representantes del empleador y de los trabajadores.

• Paritario: se refiere a que el número de representantes de los trabajadores y del empleador será el mismo en el comité y tendrán los mismos derechos.

5. CONSIDERACIONES

5.1. CONFORMACIÓN

• El COPASST está compuesto por 16 integrantes: 4 representantes por cada una de las partes (representantes de la empresa y de los empleados), y un suplente por cada representante.

• Los representantes de la alta dirección deben ser nombrados por el Gerente o por alguno de sus representantes.

• Los representantes de los trabajadores deben ser convocados. Su postulación es voluntaria y su designación democrática.

• El periodo de conformación es de 2 años. Cualquiera de los miembros puede retirarse antes de cumplir este periodo o se puede replantear la permanencia de algún integrante por su reiterativa inasistencia al comité. Para este caso continuaría la persona que siga por número de votos.

• Es necesario identificar la cantidad de empleados de la empresa. Se compara la cantidad de trabajadores con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 2013 de 1986. Si el número de trabajadores es inferior a 10 se debe asignar un vigía, si es igual o mayor a 10 se debe conformar un COPASST. Por tener más de 1000 trabajadores, se conforma con el máximo número de representantes y suplentes (4).

• Para las elecciones se debe realizar la inscripción de candidatos y convocatoria a elecciones. Los empleados interesados en formar parte del COPASST se inscriben en el momento que se anuncia la convocatoria. Se debe elaborar el tarjetón electoral con todos los candidatos inscritos en formato online que se envía posteriormente en un período determinado para proceder a las elecciones.

• El link de acceso online se debe remitir a todos los empleados para garantizar su derecho al voto. Al finalizar la jornada de votación, se procederá al conteo de los votos y se comunicará a los trabajadores de la Empresa la lista de nuevos miembros que integran el COPASST a través de medios de información masivos como grupos de WhatsApp.

• En la primera sesión de los miembros del COPASST se debe realizar el acta de conformación en donde se incluye la asignación de responsabilidades, que se entregan por el actual presidente del comité.

• De acuerdo con el artículo 8 de la Resolución 2013 de 1986, el quórum se logra con la mitad más uno de los miembros del comité. El acta de conformación del COPASST debe incluir información del cumplimiento del Quórum

• El acta de conformación debe contener la siguiente información:

o Fecha de la sesión

o Lugar o área de la sesión

o Hora de inicio

o Duración

o Proceso o actividad a desarrollar: Conformación del COPASST

o Número consecutivo del acta

o Objetivo del acta: Conformar el COPASST

o Cierre del acta con las firmas de los asistentes a la sesión de conformación

• La asignación de responsabilidades debe registrarse en el acta de confirmación:

o Indicar quienes son los representantes del empleador (nombrados por la Empresa o su representante).

o Indicar quienes son los suplentes de los representantes del empleador (nombrados por la Empresa o su representante)

o Indicar quienes son los representantes de los trabajadores (ganadores de las votaciones de los trabajadores)

o Indicar quienes son los suplentes de los representantes de los trabajadores (seleccionador por número de votos)

• Presidente del COPASST: Debe ser elegido por el empleador. Durante la sesión se indica quién ha quedado seleccionado o se da como opción la votación del comité para que se elija del grupo de representantes de la Empresa. Esta decisión será consignada en el acta.

• Secretario: Es elegido por votación al interior del comité y se debe especificar en el acta la forma de votación, la cantidad de votos obtenidos y la persona que quedó

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