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Comité de Seguridad y Salud. Fundamentos. UNIR


Enviado por   •  8 de Mayo de 2022  •  Tareas  •  1.024 Palabras (5 Páginas)  •  370 Visitas

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Asignatura

Datos del alumno

Fecha

Fundamentos de las Técnicas de Mejora de las Condiciones de Trabajo y Ámbito Jurídico de la Prevención

Apellidos:

21/02/2022

Nombre:

Actividad 2: Comité de Seguridad y Salud (CSS)

  • Ejercicio 1

Según el artículo 35.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de riesgos laborales, los delegados de prevención presentes en cada sede u oficina de la empresa varía en función de los trabajadores de esta. Además, hay que tener en cuenta si los trabajadores son fijos o no, por lo que, si no son fijos, pero tienen un contrato mayor a un año, cuentan también como fijos, pero si su contrato es menor a un año, se realizará el siguiente cálculo para saber cuántos de esos trabajadores computan como fijos:

Trabajadores = (Trabajadores temporales x 30 x meses de contrato) /200 días trabajados.

Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, para la empresa de este caso práctico resultan los siguientes delegados de prevención por oficina o sede:

  • Sede central: cuenta con dos delegados de prevención, ya que son 45 trabajadores fijos y 12 temporales, estos últimos con un contrato mayor a un año, por lo que son 57 trabajadores en total.
  • Oficina 1: en la oficina de Barcelona también hay 2 delegados de prevención, ya que, según los cálculos descritos anteriormente, se cuentan los 15 trabajadores temporales como fijos.
  • Oficina 2: esta sede de Tarragona solamente está conformada por un delegado de prevención, puesto que no sobrepasa los 50 trabajadores. De los 8 temporales, solamente se computan 6 trabajadores, por lo que estará compuesto de 30 trabajadores totales. Debido a esto, el delegado de prevención es el delegado de personal puesto que no excede de 30 trabajadores.
  • Oficina 3: cuenta con 11 trabajadores en total. Por un lado, 8 fijos y 3 temporales pero que tienen contrato mayor a un año. En esta sede el delegado de prevención es el delegado de personal, ya que no excede tampoco de los 30 trabajadores.
  • Oficina 4: en esta última sede también hay solamente un delegado de prevención que es el mismo que hace de delegado de personal por la misma razón expuesta en las oficinas 2 y 3. En total son 15 trabajadores ya que, de los 5 temporales con contrato de 3 meses, solo 3 de estos se suman a los 12 fijos por los días a tener en cuenta (más de 200 días trabajados).

En cuanto a la formación de un Comité de Seguridad y Salud, solamente se encuentra formado en la sede Central de Madrid y en la oficina de Barcelona según lo dispuesto en el art. 38.2 de la LPRL (más de 50 trabajadores). Estos comités están formados por 2 delegados de prevención y 2 personas representantes del empresario cada uno.  También existe la posibilidad de formar un Comité de Seguridad y Salud Intercentros entre la Sede principal y la oficina 1, cuya misión será la coordinación de las tareas de los diferentes comités de seguridad y salud en cada centro de trabajo. Cabe mencionar que, si la oficina 3 y 4 reunieran entre las 2, 50 o más trabajadores, se podría constituir un Comité de Seguridad y Salud Conjunto puesto que las dos oficinas se encuentran en la misma provincia, pero no es el caso por no reunir la condición del número de trabajadores necesarios para su creación (50 trabajadores entre los dos).

Para finalizar, la representación en materia de prevención de riesgos laborales de la empresa, queda tal que así:

Sede

Delegados de prevención

Comité de Seguridad y Salud

Central

2

SÍ (2 + 2)

Oficina 1

2

SÍ (2 + 2)

Oficina 2

1

NO

Oficina 3

1

NO

Oficina 4

1

NO

  • Ejercicio 2

Entre las facultades de los delegados de prevención se encuentra la competencia de acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente del trabajo, así como a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social (art. 40 LPRL). En estas visitas que realizan los inspectores de trabajo para comprobar el cumplimiento de la normativa sobre la prevención de riesgos laborales, los delegados pueden acompañarlos y formular las observaciones que estimen oportunas, para así llevar a cabo su labor de vigilancia y control del estado de cumplimiento de la normativa de prevención en la empresa. El inspector informa a los delegados de prevención y al empresario sobre los resultados de las visitas, así como sobre las medidas adoptadas como consecuencias de estas.

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