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Los Conflictos Sociales Y Belicos

mariale_169124 de Enero de 2013

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Introducción

La idea del derecho se nos presenta desde un principio como la idea de un "orden de paz" que prohíbe el uso de la fuerza, la violencia o el desconocimiento al respeto del prójimo; sin embargo, el "orden de paz" de la comunidad internacional requiere algo más que la proscripción de la guerra y los maltratos a las minorías étnicas, religiosas o políticas; en efecto, exige también una cooperación positiva de los Estados, encaminados a realizar un orden que garantice los derechos vitales de todos los pueblos sobre la base de la igualdad de derechos de las naciones, grandes y pequeñas, y de los grupos o asentamientos humanos, tal como lo establece el preámbulo de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

En este trabajo nos dedicamos al estudio y análisis de las consecuencias sociales a nivel jurídico internacional privado, cuando dicha idea del deber ser del “derecho” se ve afectada por conflictos sociales y bélicos.

Podremos observar la definición, características relevantes y datos sobre los grupos sociales conocidos como Desplazados, Refugiados, Exiliados y Asilados. También hacemos referencia al Status Jurídico establecido en el Sistema Venezolano que ampara legalmente a aquellos individuos que se encuentren en dicha situación bajo suelo venezolano o soliciten amparo por parte de nuestro gobierno.

Marco legal de Protección Internacional

El derecho internacional de los derechos humanos, va íntimamente ligado a derecho internacional de los refugiados, el que ha logrado en las últimos tiempos un significativo avance en cuanto concierne al desarrollo de las normas legales y la regulación internacional que rigen la materia y en cuanto a la regulación en los distintos sistemas internacionales.

Los instrumentos institucionales y convencionales emitidos por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de los Estados Americanos (OEA) incorporan normas fundamentales de protección de los refugiados y asilados, lo que forman parte hoy en día del Corpus Iuris de la protección internacional de los refugiados.

Postulados Filosóficos del Derecho Humanitario Contemporáneo

La idea del derecho se nos presenta desde un principio como la idea de un "orden de paz" que prohíbe el uso de la fuerza, la violencia o el desconocimiento al respeto del prójimo; sin embargo, el "orden de paz" de la comunidad internacional requiere algo más que la proscripción de la guerra y los maltratos a las minorías étnicas, religiosas o políticas; en efecto, exige también una cooperación positiva de los Estados, encaminados a realizar un orden que garantice los derechos vitales de todos los pueblos sobre la base de la igualdad de derechos de las naciones, grandes y pequeñas, y de los grupos o asentamientos humanos, tal como lo establece el preámbulo de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas.

Todo este orden de conceptos sobre el derecho, si bien ya se esbozaban en el Tratado de Versalles de 1918, que puso fin a la Primera Guerra Mundial, es plenamente desarrollado como tal, luego de la finalización del segundo gran acontecimiento bélico conocido por la humanidad, pues fue luego de los juicios de Nürnberg de 1945, y que se dieron a conocer al mundo las atrocidades cometidas por las "potencias del Eje", el momento en que se establecieron las bases de la cooperación entre las naciones, para evitar en la medida de lo posible que hechos similares fueran repetidos en la posteridad. Y fue naciendo la idea de consenso, creando un foro que aunque inspirado en la Sociedad de Naciones, pudiera lograr todo lo que no pudo alcanzar el endeble órgano que nació en 1919. Es así como se funda el 24 de octubre de 1945, por el Tratado de San Francisco, la Organización de las Naciones Unidas; un organismo que con cincuenta y cinco años de vigencia ya muestra un desgaste preocupante, y que pese a su permanencia ininterrumpida se cuestiona la efectividad de sus órganos y disposiciones en aras del mantenimiento la paz en el mundo, se le critica su estructura burocrática, la distribución poco equitativa y parcializada de sus funciones, comisiones y atribuciones, su organización anacrónica, el empleo de una vana retórica, y en fin, las mismas fallas que se observaban en la antigua Sociedad de Naciones.

Paralelamente, a la formación de la ONU., se iba desarrollando la llamada tercera generación de derechos, entendidos como aquellos que desarrollan a los derechos fundamentales y hacen que éstos sean plenamente ejercidos por sus titulares. Es así como tenemos que se le da una mayor importancia al derecho que tienen las personas sin distingo alguno a poseer una nación en la cual puedan desarrollarse, y en caso de que su país no les pueda prestar la protección que se merecen, entonces que cuenten con el amparo del resto de la comunidad internacional; además, se comienza a entender que una situación de desplazados o de refugiados no resuelta, no atendida y no canalizada representa un problema para la estabilidad internacional y del Estado nacional del caso particular.

Desplazamientos

A principios de los años noventa y finales de la Guerra Fría proliferó un nuevo tipo de conflictos internos, que dio lugar a un fuerte aumento del número de personas desplazadas dentro de su propio país. Las expresiones "conflictos de identidad", "conflictos étnicos" o "conflictos religiosos" se usan actualmente con el fin de caracterizar la índole de esas nuevas confrontaciones. El control de los recursos naturales se ha convertido más que nunca, a menudo con apoyo extranjero, en un objetivo de las partes en conflicto.

Definición de Desplazados

No hay ninguna definición legal para desplazado, como allí es para un refugiado, sin embargo, un informe de los Naciones Unidas, Guiando los Principios en los usos del Desplazamiento Interiores la definición,: las personas internamente cambiadas de sitio son personas o grupos de personas que han sido forzadas o se han obligado huir o dejar sus casas o lugares de residencia habitual, en particular como resultado de o para evitar los efectos de conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, las violaciones de derechos humanos o los desastres naturales o humano-hecho, y quién no ha cruzado una frontera Estatal internacionalmente reconocida.

Desplazados Internos

Se denominan Desplazados internos a aquellas personas obligadas a dejar sus hogares por alguna crisis. Pero a diferencia de los refugiados, permanecen dentro de las fronteras de su país de origen. Puede ser por guerrilleros que atacan viviendas y desplazan a la gente que esta en la vivienda. A finales de 2006 se estimaba que su número total ascendía a 24.5 millones repartidos en 52 países: alrededor de la mitad de los cuales serían africanos.

Como ejemplo de esto, se presenta el caso de Colombia, que debido al conflicto entre el gobierno, las AUC responsables del mayor número de los casos, motivadas con la posibilidad de hacerse al control de las tierras donde cometían las masacres, las FARC de forma indirecta, sosteniendo combates con el ejército y otros grupos armados paramilitares en presencia de la población civil, sin mostrar interés alguno en proteger a los habitantes de los municipios afectados por el conflicto. Según el informe anual para 2011 de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (Codhes), Colombia continúa siendo el primer país del mundo con más desplazados internos y refugiados, con una cifra de 5,2 millones de ciudadanos víctimas del desplazamiento forzado por el conflicto armado.

En Israel 150,000 y 420,000 palestinos internamente desplazados y beduinos, que forman parte de la población árabe israelí. También podemos observar este fenómeno social en Costa de Marfil producto de la guerra civil en ese país desde 2002 cerca de 4 millones de personas han debido dejar sus hogares, y en diversas poblaciones a nivel mundial.

Refugiados

Definición de Refugiados

Se denomina refugiado a la persona que debe abandonar a la fuerza su hogar porque la persiguen, así sea individual o colectivamente, debido a problemas políticos, religiosos, militares o de cualquier índole.

A pesar de que la definición de refugiado varía de acuerdo con la época y el lugar, la creciente preocupación internacional por la difícil situación de los refugiados ha generado un consenso general. La Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados (la Convención de los Refugiados), define a un refugiado como la persona que: "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o no quiere acogerse a la protección de tal país o no quiere regresar a él a causa de dichos temores..."

A pesar de que la definición de la Convención de los Refugiados es empleada por organizaciones internacionales tales como las Naciones Unidas, este término se sigue empleando mal y con frecuencia se utiliza de manera contradictoria en el lenguaje corriente.

Los medios de comunicación, por ejemplo, a menudo confunden a los refugiados con las personas que emigran por razones económicas ("emigrantes por motivos económicos") y con grupos de perseguidos que permanecen dentro del país sin atravesar ninguna frontera ("desplazados internos").

La

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