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Los Vendedores informales en Colombia


Enviado por   •  2 de Abril de 2017  •  Documentos de Investigación  •  5.094 Palabras (21 Páginas)  •  242 Visitas

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VULNERABILIDAD DE LOS TRABAJADORES INFORMALES EN MANOS DE UN ESTADO INCOMPETENTE

MIGUEL FRANCISCO VEGA ESPINEL

2111786

NATALIA CAMILA AMBROSIO RAMOS

2111769

DOCENTE:

SEHIR GOMEZ ESCOBAR

LABORAL INDIVIDUAL

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

2017

INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo tocara el tema de la no regulada invasión al espacio público, la falta de prestaciones sociales y la persecución, el acoso y maltrato por parte de las autoridades, son sólo algunos de los problemas a los que se deben enfrentar más de 49.000 colombianos día a día. Trabajadores informales en búsqueda de una completa y justa regulación normativa que proteja sus derechos fundamentales (Sin necesidad de vulnerar ni “pasar por encima” del interés general) por parte del estado, quien tiene el deber de asegurar derechos como mínimos y no como simple caridad en éste Estado Social de Derecho colombiano.

En el siguiente escrito se expresará la concepción ciudadana del trabajador informal, las adversidades y complicaciones a las que éste debe enfrentarse diariamente y la posición frente al estado colombiano y estados de diferentes países según el derecho comparado sobre los vendedores ambulantes.

VENDEDORES INFORMALES

Los vendedores informales son aquellas personas que se dedican voluntariamente al comercio de bienes o servicios en el espacio público como medio básico de subsistencia, los cuales, según el (Texto aprobado en comisión del proyecto de Ley 23 de 2012, 2013) se clasificarán en vendedores informales ambulantes, estacionarios, semi- estacionarios, periódicos y ocasionales o de temporada según su forma de desplazamiento y tiempo destinado para sus respectivas actividades comerciales.

Éstos trabajadores deberán ser registrados en el respectivo municipio o distrito para poder ejercer su actividad comercial cumpliendo con los requisitos necesarios para tal registro, los cuales son: haber cumplido la mayoría de edad, acreditar ante la alcaldía local, municipal o distrital, la licitud y propiedad de la mercancía, realizar el debido informe en donde exprese que se encuentra en situación de desempleo e indicar el lugar de su residencia.

De igual manera, es su deber cumplir con una serie de obligaciones y responsabilidades tales como ejercer la actividad de conformidad con lo establecido en el registro, mantener limpio y ordenado el sitio en el que ejerce su labor, portar copia del registro en todo momento y no permitir su uso a terceras personas, abstenerse a realizar cualquier actividad que altere la tranquilidad ciudadana ni a ocupar mayor espacio del autorizado por las autoridades y garantizar que las mercancías comercializadas sean de procedencia lícita y cumplan con todos los requisitos de salubridad, higiene e inocuidad; de no ser así, podrán ser sancionados y su mercancía ser aprehendida por las autoridades de policía y puesta a disposición de las autoridades competentes.

En Colombia, así como en muchos países del mundo, gran parte de las personas trabajan en la economía informal y la mayoría de empleos informales provienen de las ventas ambulantes. Tal fenómeno se debe a la falta de protección por parte del Estado a las comunidades menos favorecidas, al desplazamiento forzado y a las dificultades a las cuales se enfrentan las personas luego de terminar sus estudios para conseguir empleo digno y/o acorde a sus conocimientos, (teniendo en cuenta la gran cantidad de personas quienes no alcanzaron a terminar sus estudios primarios), sumándole a todo esto, que a las personas mayores de 40 años se les es más difícil acceder a un trabajo formal que los cobije con las debidas prestaciones que establece la Ley; Por lo tanto, se puede observar que la mayoría de éstas personas son de escasos recursos y optan por este medio de vida no como una manera de evitar u oponerse a las regulaciones del estado, sino como una forma de sobrevivir ante la necesidad, puesto que termina siendo su principal fuente de ingreso, el cual es fundamental para sus hogares.

Es entonces, cuando se puede decir que el trabajo informal es de gran importancia para la economía del país, convirtiéndose éste en una parte esencial para la vida cotidiana gracias a sus aportes reales y tangibles por medio de los productos y servicios que ofrece. Éstas personas, como trabajadores informales, generan empleo para sí mismas como para otras, pagan impuestos tanto directos como indirectos generando de tal manera, ingresos para los gobiernos municipales y proporcionan servicios necesarios para las comunidades produciendo bienes asequibles en lugares específicos ya sean para el mercado local como mundial comprando y vendiendo a las empresas formales del país. (WIEGO, 2017)

Sin embargo, no es sorpresa que lo único que han recibido éstos trabajadores informales ha sido el mal trato por parte de las autoridades, quienes sólo se preocupan por ellos a la hora de realizar simples censos para monitorear su crecimiento, haciendo que sus preocupaciones no sean menos que la sensación de persecución y acoso por parte del estado, debido a que los vendedores informales a menudo son víctimas de la represión estatal, el acoso, el desalojo y la confiscación de sus bienes, todo esto debido a que el problema de tales vendedores en Colombia, no incurre sobre su mercancía o presentación, sino en la falta de una real regulación normativa puesta en práctica al momento de ejercer su actividad comercial, pues los vendedores ambulantes se encuentran en manos de los alcaldes de turno, en unos periodos menos perseguidos que en otros, pero siempre con el desconcierto sobre su futuro.

Puede decirse entonces, que tal problema de subordinación opresiva es a causa de un abuso parcial o total de diversos artículos tanto de la constitución política de Colombia, como de la declaración universal de derechos humanos y de los planes de desarrollo sobre el instituto para la economía social (IPES). Se citan aquí, los más importantes:

Según el artículo 25 de la constitución política de Colombia: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.” (De los Derechos Fundamentales, 1991)

La declaración Universal de Derechos Humanos, estableció en su Artículo 23 que:

“(1) Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
(2) Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
(3) Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
(4) Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses”
(Asamblea General de Naciones Unidas, 1948)

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