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Marco Legal De Salud E Higiene Laboral


Enviado por   •  27 de Abril de 2013  •  2.694 Palabras (11 Páginas)  •  8.738 Visitas

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2° UNIDAD

MARCO LEGAL.

2.1 Ley federal del trabajo

Es el dispositivo legal que regula las relaciones obrero patronal, con respecto a salarios, prestaciones, indemnizaciones, riesgos de trabajo, despidos etc, que se dirimen en la Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje. Además regula a los trabajadores Burócratas que hace mención el artículo 123 apartado B de la Constitución

También en esta Ley se protegen las garantías individuales del hombre y se deja muy claro que no se pueden establecer distinciones entre los trabajadores por motivos de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social.

2.1.1 Art. 473

Articulo 473 riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

2.1.2 Teoría Social y Teoría Economía.

TEORÍA SOCIAL

Es la ciencia social que se dedica al estudio sistemático de la sociedad, la acción social y los grupos que la conforman. Estudia como son creadas, mantenidas o cambiadas las organizaciones y las instituciones que conforman la estructura social, el efecto que tiene en el comportamiento individual y social, y los cambios en estas, producto de la interacción social. Es una ciencia relativamente nueva que se desarrolló a mediados del siglo XIX.

TEORIA ECONOMICA

Se entiende por teoría económica cada una de las hipótesis o modelos que pretenden explicar aspectos de la realidad económica. En la teoría económica se distinguen dos enfoques diferenciados:

• Microeconomía

• Macroeconomía

La teoría económica se divide en dos grandes ramas: la microeconomía y la macroeconomía. La microeconomía se ocupa de la conducta de unidades económicas individuales. Estas unidades son los consumidores, los trabajadores, los inversores, los propietarios de tierra, las empresas: en realidad, cualquier individuo o entidad que desempeñe algún papel en el funcionamiento de nuestra economía

2.1.3 Arts. 474, 475, 477, 478, 479 y 480.

ARTICULO 474

Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este a aquel.

ARTICULO 475

Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios

ARTICULO 476

serán consideradas en todo caso enfermedades de trabajo las consignadas en la tabla del artículo 513.

Neumoconiosis y enfermedades broncopulmonares producidas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral

1. afecciones debidas a inhalación de polvos de lana.

Trabajadores de la industria textil y demás manipuladores de este producto.

2. afecciones debidas a inhalación de polvos de pluma, cuerno, hueso, crin, pelo y seda.

colchoneros, fabricantes de adornos y artículos de mercería, cortadores y peinadores de pelo, fabricación de brochas, pinceles, cepillos. Trabajadores de los rastros, carniceros, empacadores de carne.

3. afecciones debidas a la inhalación de polvos de madera.

Carpinteros, madereros, ebanistas y trabajadores de la industria papelera.

4. tabacosis: afecciones debidas a la inhalación de polvos de tabaco.

Trabajadores de la industria del tabaco.

5. bagazosis: afecciones debidas a la inhalación de polvos de bagazo, como en la industria azucarera.

tolveros, cernidores y bagaceros, trabajadores de la industria papelera y fabricación de abonos.

ARTICULO 477

Cuando los riesgos se realizan pueden producir:

I. incapacidad temporal;

II. incapacidad permanente parcial;

III. incapacidad permanente total; y

IV. la muerte.

ARTICULO 478

Incapacidad temporal es la perdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.

ARTICULO 479

incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

ARTICULO 480

Incapacidad permanente total es la perdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.

2.2 Normas Oficiales Mexicanas (NOM-STPS)

Las NOM tienen como principal objetivo prevenir los riesgos a la salud, la vida y el patrimonio y por lo tanto son de observancia obligatoria. Las NOM son las regulaciones técnicas que contienen la información, requisitos, especificaciones, procedimientos y metodología que permiten a las distintas dependencias gubernamentales establecer parámetros evaluables para evitar riesgos a la población, a los animales y al medio ambiente. El gobierno es el encargado de identificar los riesgos, evaluarlos y emitir las NOM.

Son una serie de normas cuyo objetivo es asegurar valores, cantidades y características mínimas o máximas en el diseño, producción o servicio de los bienes de consumo entre personas morales y/o físicas.

De estas normas existen dos tipos básicos en la legislación mexicana, las Normas Oficiales Mexicanas llamadas Normas NOM y las Normas

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