Mediación Ensayo MASC
Aldo Alberto Uribe DominguezEnsayo17 de Septiembre de 2021
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INTRODUCCIÓN
En un inicio hay que entender que la importancia que tienen los mecanismos alternos propiamente son formas alternas para la solución de controversias, mismas que pueden encontrarse y alcanzarse sin llegar a la interposición de un procedimiento judicial, por esa razón es que la mediación es uno de los mecanismos alternos más usados en México, ya que las funciones que estos atraen para la facilidad de resolver conflictos es muy provechosa comparada con un procedimiento judicial que normalmente es más largo y costoso que llegar simplemente a un acuerdo mediante la mediación, en ese tenor, la mediación sirve para aquellos conflictos donde simplemente no existe aquellas intenciones de pelear, sino simplemente tienen esa intención de solucionar un conflicto.
Dentro del mundo jurídico, la mediación como tal está regulada en las leyes mexicanas, pero procedimentalmente no tiene una rigurosidad, ya que se entiende que son medios alternos, y que estos requieren de cierta voluntariedad por parte de las personas de querer llegar a este mecanismo, por esa misma razón, estos mecanismos no tienen una rigurosidad, pero si tienen la firmeza jurídica para resolver el asunto.
Manual de la sesión Inicial de Mediación
En el texto que anteriormente se analizó, se pudieron encontrar en primer punto como el mismo autor intenta hablar sobre la sesión inicial de la mediación pero dividiéndola en seis partes, iniciando por la principal, la cual consiste de manera simple en la bienvenida a los interesados, siendo esto algo importante ya que si se cuestiona al concepto de los mecanismos alternos de solución de controversias se entiende que cuando las partes deciden adentrarse a solucionar algún conflicto por la vía alterna se entiende que es voluntad propia de cada uno de los interesados, por lo cual el concepto que maneja el autor de llamarlos interesados se entiende que deben tener el intereses de que se resuelva dicho conflicto, pero como tal no existe el interés de hacerlo por la vía conflictual.
Ahora bien, se señala que dentro de la bienvenida a los interesados el mediador deberá en primer momento decirles que “Bienvenidos a esta mesa de mediación” y acto seguido se va a presentar como mediador, refiriéndose a las partes como “Tu o Usted”, pero realmente desde un punto de vista crítico se podría considerar que esto más que nada es algo subjetivo ya que de cierta manera se entiende que al acudir al mecanismo alterno, se debe llevar cierta formalidad acordada al mecanismo donde las partes deben ser quienes se adapten al mediador y no siendo al revés que el mediador sea el que se adapte a las partes (siendo esto una crítica). De igual manera se procederá a “romper el hielo”, como lo señala dicho manual, siendo esto algo más para relajar a las partes para que estos puedan ser más “manejables” por parte del mediador y estos acepten el dialogo, aunque de cierta manera cuando una persona busca solucionar un conflicto y no tiene interés en tener una controversia, se entiende que debe estar de toda manera a disponibilidad y con el entusiasmo de solucionar el problema.
La segunda parte de la sesión inicial sería la explicación del mecanismo alterno que sería la mediación así como los fines que se pretenden llegar con el mismo, siendo esto que el mediador deberá de manera resumida y concisa que la mediación en términos simples consiste en el mecanismo alterno de solución de controversias que pretende resolver un conflicto a través del dialogo entre las partes y el seguimiento del flujo de comunicación a través de un tercero denominado mediador, así como señalar que el fin de la mediación es la resolución por la vía alternativa de un conflicto que por su naturaleza puede resolverse antes de un procedimiento judicial, y de esta forma se pueden resolver en menos tiempo y con menos gastos.
Asimismo en esta segunda parte el mediador deberá explicar los principios que debe perseguir la mediación que serían la voluntariedad, gratuidad, neutralidad, confidencialidad e imparcialidad, siendo que la voluntariedad hace referencia a que debe ser voluntad de las partes el querer llegar a un mecanismo alterno, ya que tienen ese derecho para poder interponer una demanda para entablar un procedimiento judicial, así como la gratuidad, el cual se entiende que estos mecanismos alternos son completamente gratuitos y que el Estado debe otorgarlos como derecho humano de las partes para que puedan acceder a los mismos, la neutralidad hace referencia a la posición que deberá tener el mediador respecto a las partes, ya que éste no podrá beneficiar el dialogo para conveniencia de una sola parte, la confidencialidad hace referencia a que estas sesiones de mediación son completamente confidenciales, no se va a hacer públicas las sesiones y mucho menos los acuerdos o falta de los mismos a los medios de comunicación o persona ajena a la mediación. Por último, el principio de imparcialidad hace referencia de igual forma a la neutralidad a la exterioridad del mediador, de modo que no debe de estar de parte de ni uno de los intervinientes.
La tercera parte de la sesión inicial consiste en la explicación por parte del mediador de las reglas que se deberán seguir en el transcurso de la mediación, de modo que se hará mención tanto de la validez legal que contrae el acuerdo de mediación al cual podrán llegar, y de aspectos de la sesión como la prohibición a no grabar dentro de las mismas sesiones, ya que como se entiende estas funcionan bajo el principio de confidencialidad, al igual que es importante mencionar que las reglas de la mediación deben permitirse el dialogo con respeto durante el mismo, el respeto que deberán tener y la tolerancia para escuchar a la otra parte, de modo que se “sensibilicen” entre los mismos, de esta forma tiene más altas posibilidades a llegar a un acuerdo.
De igual forma es importante señalar que esta tercera parte hace mención el autor del manual que las partes podrán expresarse libremente, así como podrán decir lo que piensen y sientan, y que cuando se expresen siempre se dirijan en primera persona como “yo pienso que tu… o yo siento que fuiste muy…” de esta manera se podría particularizar situación, de modo que facilitaría la expresión entre ambos ya que no habría esa exterioridad que se causa cuando las personas hablan en tercera persona o en pasado, por lo cual la mediación se podrá efectuar siempre que las partes entiendan que esta vía no es conflictual y que se pretende la resolución más pacífica entre ambos.
Ahora bien, el autor señala que la cuarta parte de la sesión inicial, consiste en el acuerdo de sometimiento a la mediación, la cual las partes deberán entender que con este acuerdo prácticamente permiten que un tercero pueda manejar su conflicto, de modo que se llegue a un acuerdo, pero de igual manera deberá preguntarle a las partes que si entienden la trascendencia tanto jurídica como legal que se adquiere una vez que se haya iniciado la mediación, por lo cual el mediador deberá informarle a las partes que si están llevando algún juicio anterior al mecanismo alterno es necesario que se lo hagan saber, ya que si se llega a un acuerdo, dicho acuerdo es capaz de dar por termino un procedimiento si alguna de las partes lo presente como objeto, señalando que ya existe un convenio entre los mismos.
Asimismo, una vez que el mediador les haya hecho saber a las partes de la importancia del acuerdo y de la necesidad de que las partes firmen el acuerdo de sometimiento a la mediación, les comentara que en ni una parte es obligatoria la firma, sino más procedimental, de modo que para que se pueda dar propiamente la mediación es necesario que ambas partes firmen y se sometan a la mediación, caso contrario que alguna de las partes decidan no someterse a la mediación y a no firmar, en todo caso, el mediador les comentará las ventajas que atrae el uso de un mecanismo alterno para la solución de las controversias, al igual que les comentará que si en todo caso deciden no entablar un mecanismo alterno, posteriormente lo podrán hacer, ya que esto funciona a través de la voluntariedad de las partes y que sea por la vía no conflictual.
El quinto paso de la sesión inicial de la mediación es como tal ya el desahogo de la mediación, siendo obligación del mediador el preguntar a las partes quien va a ser el primero en hablar, de modo que a partir de ahora el trabajo del mediador será el ser solamente el que proporcione las técnicas y pautas necesarias para que las partes respeten el dialogo de la otra parte, así como los tiempos que tiene cada una de las partes para poder hablar, al igual que se podrán señalar las facilidades que trae la buena y asertiva comunicación si realmente se limitan a lo que causa conflicto entre las partes.
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