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Nociones Preliminares y Teoría General de la Ley Legal,


Enviado por   •  7 de Octubre de 2021  •  Documentos de Investigación  •  6.226 Palabras (25 Páginas)  •  126 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La presente investigación de los temas Nociones Preliminares y Teoría General de la Ley Legal, forma parte de la agenda del curso de Derecho Civil, cuyo foco está interesado en él y sus ramas. Los temas ya previstos en la agenda de Derecho Civil I serán discutidos de manera clara y precisa.

En este texto, se hace un análisis de la evolución del derecho civil desde Roma hasta nuestros días, como la progresión histórica del derecho civil en México, como el pasado de nuestra ley y las causas de ciertos eventos en los ámbitos social, político y económico que nos ayuda a conocer nuestro presente y, complementando este proceso, a proyectar el futuro.

También conocerá el concepto del acto legal, así como el hecho legal. Donde se centrará en el supuesto y la clasificación tradicional o bipartita de los hechos legales en su sentido estricto; teniendo en cuenta la división de estos hechos en su sentido estrictamente legal e ilegal y su clasificación.

Hablaremos sobre la clasificación moderna o tripartita en hechos legales y negocios, como el fenómeno normativo que hace que la voluntad del hombre se dirija a crear, transmitir, modificar, preservar o extinguir, derechos y obligaciones o situaciones legales específicas, de los elementos esenciales del acto jurídico teniendo en cuenta su principio de autonomía de la voluntad y, por lo tanto, deriva su función de la voluntad en la producción de alguna consecuencia legal en su forma de externalizar la voluntad, ya sea expresa o tácita.

Se analiza la implementación de un supuesto legal que tiene lugar a través de un evento. Este es un hecho que, como tal, no solo implica una mutación en el mundo exterior, sino que también provoca un cambio en el universo legal. Dado que los derechos y obligaciones solo se especifican hipotéticamente en la norma y con previsión, usted adquiere una realidad actual y se conecta con la acumulación de contenido legal de su título. La intervención humana y la manifestación de su voluntad, comportamiento, costumbres e intereses han llevado a la existencia de normas y condiciones para que puedan alcanzar sus objetivos de conformidad con la ley y dentro del marco legal sin limitarse a lo ilegal.

Finalmente, elementos como la costumbre, la solemnidad, la autonomía y el consentimiento deben discutirse, profundizarse y comprenderse en profundidad a medida que estudiamos el derecho civil, ya que conceptos como estos son los pilares del tema. Se pretende investigar cualquier acción que tenga ramificaciones, ya que esto no dejaría vacíos en la norma o, por otro lado, una acción estaba fuera de las leyes civiles de nuestro país.

  1. NOCIONES PRELIMINARES

  1. Noción general del Derecho civil, encuadramiento del Derecho en general y visión panorámica del contenido de sus tres grandes partes: la General, la del Derecho Patrimonial y la del Derecho de Familia.
  • Derecho civil: Rama del Derecho privado, general para el orden jurídico, que estudia y regula los atributos de las personas, los derechos de la personalidad, la organización jurídica de la familia y las relaciones jurídicas de carácter patrimonial habidas entre particulares, con exclusión de aquellas de contenidos mercantil, agrario y laboral.[1]
  • El Derecho Civil al igual que cualquier otra rama del derecho en general, está conformado por varias partes, que en su conjunto son los temas que integran su objeto de estudio, siendo ellos los siguientes:
  • Contenidos de tipo pecuniario o patrimonial, donde se ubican
  • Los derechos reales: Relaciones jurídicas que se dan entre una persona y una cosa.
  • Los derechos personales: También llamados créditos u obligaciones.  
  • Los derechos de sucesiones: Cualquier cambio de tipo subjetivo de una relación de derecho.
  • Los derechos del autor: Reconocimiento de la creación de la obra intelectual.
  • Contenidos de naturaleza extra patrimonial
  • Derechos de la personalidad: Proteger la esencia del ser humano, tales como la vida, nombre, domicilio, honor, entre otros.
  • Acciones de estado civil: Facultades para modificar su estado civil o bien si filiación.
  • Derecho de familia: Conjunto de normas e instituciones jurídicas que regulan las relaciones personales y patrimoniales de los miembros de la familia.
  • Derecho patrimonial: Derechos y obligaciones que una persona posee pero que tiene un valor monetario.

Aplicación prenatal “post mortem” del Derecho Civil.

La expresión "post mortem" es latina, su significado es “después o a continuación de la muerte”, usándose para todos aquellos actos que se  practican luego de la muerte de una persona, sobre su cadáver; o a los efectos  de acciones que la persona ya fallecida realizó en el curso de su vida, pero que se cumplen luego de su deceso.

  1. Breve explicación de la evolución del Derecho Civil, de Roma a nuestros días y la progresión histórica de esta rama del Derecho en nuestro país.

El Derecho Civil es una rama del Derecho que ha evolucionado a través del tiempo. Esta evolución se divide en tres etapas históricas: En el Derecho Romano, Edad Media, y Edad Moderna.

En el Derecho Romano, nos posicionamos en Imperio Romano, en el que el Derecho se dividía en Ius Civile (Derecho Civil) que es el derecho de los ciudadanos romanos entre sí mismos, y el Ius Gentum (Derecho de Gentes) que es la regulación de los romanos en cuanto a su relación con los extranjeros. Se puede destacar que un gran aporte al Derecho Civil son las XII Tablas en las que resultan la división del Derecho público y privado, pero el más importante en si es el Corpus Iuris Civilis (Cuerpo del Derecho Civil) que es una recopilación de jurisprudencias y constituciones imperiales, fue realizado por Justiniano.[2]

Pasando a la Edad Media sucede la caída del imperio romano por los barbaros, pero el derecho romano se siguió aplicando en el siglo XII y XIII, surgiendo así un grupo de estudiosos del Derecho, que sistematizaron y organizaron el conocimiento y analizaron los textos de la compilación de Justiniano a través de notas llamadas glosas.[3]

Ahora bien en la Edad Moderna sucede la independencia del Derecho Civil con el Derecho Roano, su más claro ejemplo es en Francia por la asamblea constituyente de Francia y convención donde se hace notar que el Derecho Civil se encarga de los ciudadanos en general. También sucede que el siglo XIX surge el Código Napoleónico que fue un modelo para posteriores códigos civiles, que es una función del Derecho Consuetudinario Francés, Derecho Romano y Derecho Revolucionario.[4]

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