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PRUEBA UNIDAD N°3 ASPECTOS LEGALES, TRIBUTARIOS Y LABORALES


Enviado por   •  26 de Marzo de 2020  •  Informes  •  5.723 Palabras (23 Páginas)  •  109 Visitas

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP, SEDE BELLAVISTA

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PRUEBA UNIDAD N°3 ASPECTOS LEGALES, TRIBUTARIOS Y LABORALES

         

                                                               

                                                                 

                                                                 


  1. Investigue cuántos proyectos de ley en materia laboral se encuentran sin tramitación en el congreso. Identificando y explicando su naturaleza.  (20 %)

De acuerdo con nuestra investigación, nuestra primera conclusión es que no existe el estado SIN TRAMITACIÓN

El ritmo de trabajo del Congreso Nacional lo marca el Poder Ejecutivo, que aplica o quita las urgencias a los proyectos de ley.  Es decir, de acuerdo con cada gobierno, los proyectos tomarán cierta importancia y velocidad en su aprobación. Es así como se van sumando proyectos y muchos de estos siguen en estado de tramitación, pero sin avance alguno.

Respecto a lo investigado a través de la comisión de trabajo del Congreso, en materia laboral, existen desde 1990 hasta la actualidad, 408 proyectos en tramitación y 134 proyectos archivados.

Aquí, dejamos algunos ejemplos de proyectos archivados y de proyectos es tramitación

ARCHIVADOS

04 de Dic. de 1990

LEY QUE REEMPLAZA EL ARTICULO 23 DEL CODIGO DEL TRABAJO, SOBRE JORNADA DE TRABAJO.

Archivado

212-13

23 de Ene. de 1991

MODIFICA EL ARTICULO 31 DE LA LEY N.º 18.620, EN LO RELATIVO AL PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS.

Archivado

284-13

09 de Abr. de 1991

MODIFICA EL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LAS NORMAS SOBRE TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Archivado

329-13

21 de Ago. de 1991

PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS EN FAVOR DE LAS PERSONAS MINUSVALIDAS, SORDAS O NO VIDENTES.

Archivado

449-13

03 de Jun. de 1992

PONE TERMINO A TOPE MAXIMO DE EDAD PARA CONTRATAR A TRABAJADORES, PROFESIONALES Y TECNICOS.

Archivado

705-13

11 de Mar. de 1993

Declara feriado para las trabajadoras el día internacional de la mujer.

Archivado

937-13

02 de Jun. de 1993

Trabajo de los menores de 18 años y contrato especial de menores estudiantes.

Archivado

1006-13

13 de Sep. de 1994

Proyecto de ley sobre contrato de tripulantes de vuelos y personal auxiliar de cabina de aeronaves comerciales de carga y pasajeros.

Archivado

1360-1

15 de Sep. de 1994

Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo y establece un sistema de flexibilidad laboral.

Archivado

1366-13

01 de Sep. de 1999

Establece sistema de protección a los trabajadores frente a despidos colectivos.

Archivado

2392-13

EN TRAMITACIÓN

24 de Ene. de 2006

Sanciona el maltrato laboral.

En tramitación

4081-13

05 de Sep. de 2006

Establece el fuero paternal

En tramitación

4465-13

13 de Mar. de 2007

Modifica el Código del Trabajo regulando el fuero sindical e impide el uso fraudulento del mismo.

En tramitación

4898-13

29 de Abr. de 2008

Establece fuero laboral para los trabajadores que presten testimonio ante comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados.

En tramitación

5833-13

10 de Jun. de 2008

Establece sanciones al reemplazo de trabajadores en huelga.

En tramitación

5908-13

05 de Ago. de 2008

Crea la Administradora de Fondos de Pensiones del Estado.

En tramitación

6015-13

11 de Sep. de 2008

Modifica el Código del Trabajo en materia de discriminación laboral.

En tramitación

6093-13

16 de Oct. de 2008

Establece derechos de los trabajadores frente a la quiebra de la empresa.

En tramitación

6164-13


  1. Respalde jurídicamente: ¿Qué sucede con los años de servicio y remuneración de un trabajador muerto por causa ajena al trabajo? (5%)

Solo se hace efectivo el pago de remuneraciones pendientes y vacaciones proporcionales ya que se pierden los años de servicios, no hay ninguna ley que estipule el pago por fallecimiento de un trabajador siempre y cuando no esté estipulado en algún contrato colectivo. Se hace referencia al artículo 60 del Código del Trabajo establece que, en caso de fallecimiento del trabajador, las remuneraciones que se adeudaren serán pagadas por el empleador a la persona que se hizo cargo de sus funerales, hasta la concurrencia del costo de estos. El saldo, si los hubiere y las demás prestaciones pendientes a la fecha del fallecimiento se pagarán, en orden de precedencia, al cónyuge o conviviente civil, a los hijos o a los padres del fallecido.

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