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Pautas básicas para realizar liquidaciones


Enviado por   •  8 de Noviembre de 2021  •  Trabajos  •  1.023 Palabras (5 Páginas)  •  86 Visitas

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Pautas básicas para realizar liquidaciones

Para que se pueda comprender cada uno de los rubros que se van a liquidar, conviene explicarlo teniendo en cuenta un ejemplo. De tal manera, estaremos a un trabajador (Messi) que ingresó a prestar tareas el día 01/03/14 y egresó el día 25/05/16 (antigüedad 2 años, 2 meses y 24 días). Y con una remuneración de $50.000.

Rubros obligatorios sea cual fuera la causal de extinción

  1. Vacaciones proporcionales:

Se debe saber antes que nada cual es la antigüedad que hubiera alcanzado al trabajador al 31/12 del año en que se están calculando las vacaciones, ya que esa es la antigüedad que se debe tomar para saber cuántos días de vacaciones le corresponde según la siguiente tabla:

  • Hasta 5 años inclusive=14 días
  • + de 5 años y hasta 10 años inclusive=21 días
  • + de 10 años y hasta 20 años inclusive=28 días
  • + de 20 años =35 días

Una vez establecido, cuantos días le corresponderían si hubiese trabajado todo el año, se hace la siguiente regla de tres simple directa, para lo cual en el primer renglón colocamos el dato conocido. En el segundo renglón se debe colocar la cantidad de días que efectivamente trabajó en el último año de relación.

Según el ejemplo que vamos a seguir: Messi trabajo en el 2016, 145 días y según su antigüedad por año le correspondía 14 días.

*se puede hacer con meses o días=12 meses o 365 días

365        14/21/28/35[pic 1]

145         X días de vacaciones[pic 2]

X= (145x14)/365

X=5,56 (se puede promediar a 6)

De esta forma sólo sabemos los días de vacaciones proporcionales. Empero esta faltando saber cuanto es el equivalente en plata. Según establece la LCT, para saber el día de vacaciones la remuneración se debe dividir por 25. Por lo tanto, habrá que realizar la siguiente regla de tres simple:

25         $50.000 (remuneración)[pic 3]

5,56         X (vacaciones proporcionales)[pic 4]

X= $11.120

  1. Sueldo Anual Complementario proporcional:

Para realizar este cálculo, se debe tener en cuenta, cuanto tiempo ha trabajado el empleado en el año en que se intenta calcular el SAC proporcional. Hay que recordar que el SAC se abona en dos periodos (30/06 y 31/12). De tal manera, sólo debe estarse al periodo anterior a la fecha de extinción. En nuestro ejemplo, sólo debe abonársele a Messi el primer periodo (anterior al 30/06), pero solo teniendo en cuenta el tiempo efectivamente trabajado, es decir hasta el 25/05/16 (fecha de extinción del vínculo).

En la regla de tres simple utilizada para calcular vamos a decir que “si trabajando todo el año Messi cobra como aguinaldo $50.000 ($25.000 pagaderos el 30/06 y $25.000 pagaderos el 31/12), por haber trabajado de enero al 25 mayo (146 días) cuanto debe cobrar?”

365                  $50.000[pic 5]

145         X        [pic 6]

X= (145x50.000)/365

X=$19.863,01 sac proporcional

 

  1. Días trabajados:

Corresponde en aquellos supuestos donde la fecha de extinción del vínculo no fue el ultimo día del mes. En la regula de tres simple utilizada para calcular vamos a decir que “trabajando todo el mes cobra $50.000, cuanto cobra por haber trabajado 24 días?”

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