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Planes Programas Y Politicas Sobre Seguridad Alimentaria Y Nutrucional En Guatemala


Enviado por   •  19 de Marzo de 2015  •  17.349 Palabras (70 Páginas)  •  411 Visitas

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Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional

Política Nacional Seguridad Alimentaria y Nutricional 03) la fecha, en Guatemala no se ha formulado una Política de Seguridad Alimentaria y Nutricional con una visión de Estado, aunque sí se han realizado esfuerzos parciales para abordar el problema, como el promovido por la Secretaría General del Consejo Nacional de Planificación Económica (SEGEPLAN) en 1974, la cual elaboró los “Lineamientos para una Política Nacional de Nutrición”. Posteriormente, en 1976, se identificó la necesidad de contar, en SEGEPLAN, con un grupo de coordinación con representantes de los distintos sectores, quienes elaboraron el Plan Nacional de Alimentación y Nutrición1. A partir de 1990, SEGEPLAN integró un Grupo Focal para la creación de un Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, lo cual produjo el "Plan de Acción de Alimentación y Nutrición 1993-1996"2. En 1996 se realizó el Seminario-Taller "El Gobierno y la Sociedad Civil en el Análisis de la Seguridad Alimentaria-Nutricional en Guatemala";3. como resultado del mismo se estableció una agenda de trabajo y se consolidó la Comisión Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASAN). En el mismo año, la CONASAN elaboró la propuesta de la "Política Nacional de Seguridad Alimentaria Nutricional"4, el "Plan de Acción en Alimentación y Nutrición 1996- 2000" y un marco institucional para su implementación. En 1997, el gobierno aprobó la Política y el Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria – Nutricional5, estableciéndose objetivos y líneas de acción para el mismo año6; posteriormente, cada ministerio preparó sus propias metas dentro de un "Plan de Acción de la Política de SAN” 7. A partir de 2000 se reiniciaron acciones en esta materia, formulándose la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional bajo la conducción del Gabinete Social de la Presidencia. En el año 2001 se aprobó, en una segunda lectura, la Ley de Seguridad A 1. SEGEPLAN. (1976) La Problemática de la Desnutrición en Guatemala. Bases para su solución. 2. SEGEPLAN-GTZ (1992) Hacia la Seguridad Alimentaría y Nutricional de la Población Guatemalteca. 3. SEGEPLAN-CONASAN "Memoria del Seminario-Taller El Gobierno y la Sociedad Civil en el Análisis de la Seguridad Alimentaría y Nutricional de Guatemala", Guatemala, mayo de 1996 4. SEGEPLAN "Política Nacional de Seguridad Alimentaría Nutricional" Documento para discusión. Guatemala, noviembre de1996. 5. SEGEPLAN "Política Nacional de Seguridad Alimentaría Nutricional - Sistema Nacional de Seguridad Alimentaría Nutricional", Guatemala, marzo de 1997. 6. SEGEPLAN "Política Nacional de Seguridad Alimentaría Nutricional - Objetivos y líneas de acción para 1997". 7. Gabinete Social/ Gobierno de Guatemala. "Metas del Plan de Acción de la Política de Seguridad Alimentaría Nutricional" 04) Alimentaria y Nutricional, la cual promueve la creación del Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria Nutricional como ente responsable de la coordinación intersectorial. La ley que ya había sido presentada al Congreso es modificada sustancialmente y ya no fue aprobada. En 2002 se emitió el Acuerdo Gubernativo 55-2002 a través del cual se crea el Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria Nutricional (CONSAN), dependencia directa de la Presidencia de la República, responsable de “impulsar las acciones de la política que tiendan a combatir la inseguridad Alimentaria, la pobreza extrema y a fortalecer la seguridad Alimentaria y nutricional del país; además, era el encargado de promover los procedimientos de coordinación entre las instituciones del Estado, las organizaciones no gubernamentales y las agencias de cooperación internacional vinculadas con la seguridad Alimentaria y nutricional en el país”. En ese mismo año, se disuelve el CONSAN y se crea el Vice Ministerio de Seguridad Alimentaria y Nutricional, adscrito al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación mediante Acuerdo Gubernativo 90-2003. Paralelamente a los esfuerzos gubernamentales, diferentes sectores de la Sociedad Civil han presentado una serie de propuestas para la elaboración de una política de seguridad Alimentaria y nutricional. Destaca la Declaración de Atitlán, en la que los Pueblos Indígenas de América fijaron su postura sobre la cuestión Alimentaria, en abril de 2002. Política Nacional Seguridad Alimentaria y Nutricional 05) l Estado tiene la obligación de velar por el derecho fundamental de todo ciudadano(a) de estar protegido(a) contra el hambre8. Por mandato constitucional9 todas y todos los guatemaltecos tienen derecho a una alimentación y nutrición dignas, basadas en la disponibilidad suficiente de alimentos en cantidad y calidad, dentro de un marco de condiciones socioeconómicas y políticas, que les permitan su acceso físico, económico y social, y su adecuado aprovechamiento biológico. El incumplimiento de este derecho se evidencia en el país por la alta prevalencia de desnutrición, una de las más altas en el ámbito mundial, situación que limita las posibilidades de desarrollo humano, que incide negativamente en la capacidad productiva y en el rendimiento y aprendizaje escolar, y que provoca morbilidad severa y altas tasas de mortalidad materna e infantil10. 3.1 Situación Nutricional Una consecuencia de la inseguridad alimentaria y nutricional de la población se refleja en el bajo peso al nacer, que afecta al 12% 11 de los neonatos. Esta problemática también se manifiesta en la presencia de desnutrición crónica 12 en menores de 5 años, población cuyo promedio nacional es de 49.3%, lo cual representa aproximadamente un millón de niños y niñas; cabe indicar que la incidencia de la problemática se duplica en relación con la niñez indígena (69.5%), en comparación con la no indígena (35.7%); la media de desnutrición crónica en las áreas rurales es de 55.5%. En algunas zonas del país persisten altos niveles de desnutrición aguda,13 agravados por condiciones de hambre severa y precaria salubridad. La presencia de la desnutrición es tres veces mayor cuando las madres carecen de educación formal y cuando se trata de E El Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas define el derecho a la alimentación como: “El derecho a la alimentación es el derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente o mediante compra en dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y que garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y digna”. Artículos 1, 2, 51, 99 y 119, literal d) de la Constitución Política

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