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Poder Ciudadano


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2013  •  858 Palabras (4 Páginas)  •  210 Visitas

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Concepto y Funcion

El Artículo 274 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada en 1999, estableció que los órganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

Historia

La Exposición de Motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, inspirada en los ideales del Libertador, rompe la clásica división de los Poderes Públicos y crea el Poder Ciudadano y Electoral. Este Poder Moral fue propuesto por Simón Bolívar, en su Proyecto de Constitución presentado al Congreso de Angostura el 15 de febrero de 1819.

El Libertador concibió el Poder Moral como la institución que tendría a cargo la conciencia nacional, velando por la formación de ciudadanos a fin de que pudiera purificarle "lo que se haya corrompido en la República; que acuse la ingratitud, el egoísmo, la frialdad del amor a la patria, el ocio, la negligencia de los ciudadanos".

Simón Bolívar quería fundar una República con base en un pueblo que amara la patria, las leyes, los magistrados, porque esas "son las nobles pasiones que deben absorber exclusivamente el alma de un republicano".

El Poder Moral desde el punto de vista del Libertador tenía como horizonte velar por la educación de los ciudadanos, para contribuir con la formación ciudadana y de esta manera sembrar una cultura de conciencia, amor, respeto y colaboración hacia nuestro país, así como también, a sus instituciones.

Las competencias del Consejo Moral Republicano se encuentran tipificadas en nuestro ordenamiento jurídico, en el Artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, de la siguiente manera:

1. Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa.

2. Velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público.

3. Velar por el cumplimiento de los principios constitucionales del debido proceso y de la legalidad, en toda la actividad administrativa del Estado.

4. Promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como las actividades pedagógicas dirigidas al conocimiento y estudio de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al amor a la patria, a las virtudes cívicas y democráticas, a los valores trascendentales de la República, y a la observancia y respeto de los derechos humanos.

5. Promover la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

6. Presentar ante la Asamblea Nacional los Proyectos

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