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Poder Ciudadano En Venezuela


Enviado por   •  29 de Junio de 2015  •  1.326 Palabras (6 Páginas)  •  780 Visitas

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Poder ciudadano

En Venezuela, el Poder Ciudadano nace por la necesidad de que existiera un órgano autónomo e independiente que realce los principios de nacionalismo y que, además, protegiera e hiciera valer los derechos y garantías de todos los ciudadanos venezolanos dado que al pasar del tiempo se hace inevitable un margen de vulnerabilidad de esos privilegios, que aunque corresponden intrínsecamente al ser humano desde su concepción, los cambios drásticos en la vida política, social, económica y cultural del país conduce en muchos casos a una trasgresión que necesita ser prevenida y regulada para conservar el bienestar del individuo y así de la nación; es por ello que la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela promulgada en el año 1.999 (1) lo agrega junto al Poder Electoral para crear instituciones que tengan funciones y competencias especificas tanto en materia ciudadana como electoral por la sencilla razón de que los tres primeros poderes que ya estaban consagrados (Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial) no abastecían dentro de sus competencias lo relacionado a la conciencia nacional que era lo propuesto por el mayor ideal del Libertador Simón Bolívar, quien en vida lucho por implantar estos poderes que a su parecer iban destinados a: velar por la formación de ciudadanos a fin de que pudiera purificarse "lo que se haya corrompido en la República; que acuse la ingratitud, la frialdad, del amor a la patria, el ocio, la negligencia de los ciudadanos" (Exposición de motivos de la CRBV). Los primeros cimientos del Poder Ciudadano fueron expuestos por Bolívar en su Proyecto de Constitución presentado al Congreso de Angostura el 15 de Febrero de 1.819 y tenían sus principales fundamentos en la formación virtuosa del ciudadano como base de la moralidad republicana; y es que estos valores promulgados por el Libertador venían fundados en el ideal de grandes pensadores (Rousseau) que le antecedieron, por los cuales se aferró en su estudio para determinar que la tradición de la virtud cívica solo se mantenía con la creación de instituciones políticas.

El Consejo Moral Republicano es un órgano Rector que integra el Poder Ciudadano en Venezuela.

La Constitución de 1.999, crea al Poder Ciudadano; el cual se ejerce por el consejo moral republicano, Integrado por el Defensor o Defensora del pueblo, el Fiscal o Fiscala General y el Contralor o Contralora General de la Republica. Los órganos del Poder Ciudadano son: la Defensoría del pueblo, el Ministerio publico y la Contraloría General de la Republica, El consejo Moral Republicano elegirá cada año de su propio seno uno o una de cuyos titularas será presidente o (a) por periodo de un (1) año. Art. 273 de la C.R.B.V .

La Defensoría del Pueblo (del sueco Ombudsman) es una de las instancias del Poder Ciudadano de Venezuela en conjunto con el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, el mismo tiene su asiento en la ciudad de Caracas. La misma tiene su origen con la constitución de 1999 en la cual se reconoce por primera vez al Poder Ciudadano.

La Defensoría del Pueblo según la Constitución tiene como finalidad la promoción, vigilancia y defensa de los Derechos humanos (DDHH) en el país. La misma es dirigida por el Defensor del pueblo quien se encarga de velar por el buen funcionamiento de la instancia. El defensor es elegido por una comisión especial de diputados de la Asamblea Nacional por un período de 7 años. La defensoría del pueblo de la República Bolivariana de Venezuela hace parte de diversas instituciones internacionales, como el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos (CIC), la Federación Iberoamericana de Ombudsman (FIO), la Red de Instituciones Nacionales de Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Continente Americano, y el Consejo Andino de Defensores del Pueblo (CADP)

El Ministerio Público de Venezuela: es un órgano perteneciente al Poder Ciudadano, tiene carácter autónomo e independiente. Está bajo la dirección del Fiscal General de la República que es elegido por la Asamblea Nacional para un período de 7 años.

Edificio del Ministerio Público en Caracas-Parroquia Candelaria.

El artículo 285 de la Constitución de Venezuela establece que el Ministerio Público tiene como función:1

• Contribuir al establecimiento de los criterios de la política criminal o persecución penal dentro del Estado, a la luz de los principios orientadores del derecho penal moderno.

• Ejercer en nombre del Estado la acción penal.

• Garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales en los procesos judiciales

• Garantizar la celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso.

• Garantizar los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República en materia penal.

• Llevar a cabo las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad en que hubieren incurrido los funcionarios públicos.

• Ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles.

• Proteger a las víctimas y testigos de hechos punibles.

• Representar los intereses de la sociedad mediante el ejercicio de las facultades de dirección de la investigación de los hechos que revisten los caracteres de delito

Contralores

Contralores Generales de Venezuela

Orden Período Nombre

1 1938 - 1941 Gumersindo Torres

2 1941 - 1945 José Encarnación Serrano

3 1945 - 1947 Régulo Olivares

4 1947 - 1949 Germán Herrera Umérez

5 1949 - 1950 Carlos Sosa Rodríguez

6 1950 - 1953 Pedro Bacalao Silva

7 1953 - 1958 Luis Eduardo Chataing

8 1958 - 1969 Luis Antonio Pietri

9 1969 - 1974 Manuel Vicente Ledezma

10 1974 - 1976 José Muci Abraham

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