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Poder Ejecutivo


Enviado por   •  13 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  1.538 Palabras (7 Páginas)  •  120 Visitas

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El poder ejecutivo

El gobierno de México se encuentra dividido en tres tipos de poder: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Estos poderes están presentes en los ámbitos federales y locales; y su función primordial es mantener un equilibrio en el poder y proteger la democracia del país (Llamas y de León, 2005, p.14).

En el presente ensayo hablaré sobre las generalidades, funciones y facultades del presidente de la República y sobre los organismos en los que se apoya el Poder para ejercer su función.

El presidente de la República es el jefe del Poder Ejecutivo, el jefe de Gobernación y el jefe de Estado. Para poder ser candidato a la presidencia de la República, se estipulan ciertos requisitos en el artículo 82 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se presentan a continuación:

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padres mexicanos, y haber residido en el país al menos veinte años.
  • Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección.
  • Haber residido en el país durante todo el año anterior  al día de la elección (la ausencia del país hasta por treinta días, no interrumpe la residencia).  
  • No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de ningún culto.
  • No estar en servicio activo, seis meses antes del día de la elección, en caso de pertenecer al Ejército.
  • No ser secretario o subsecretario de Estado, jefe o secretario general de algún departamento administrativo, procurador general de la República, ni gobernador de algún estado (a menos que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección).
  • No haber ocupado antes el cargo de Presidente en ninguna de sus modalidades.  

El cargo de presidente de la República comienza el 1º de diciembre y tiene una duración de seis años, se toma posesión ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente. Una vez terminado el mandato, hay una imposibilidad absoluta de reelección.

Antes de continuar, es preciso hacer la aclaración que no existe un criterio uniforme en la Constitución, en la legislación orgánica ni en los reglamentos interiores para el uso de los términos “atribución” y “función”; estos términos son usados indistintamente. Sin embargo, para tener un mejor entendimiento, usaré las definiciones proporcionadas por el Diccionario Jurídico Mexicano, agregando también el término “facultad”.

  • Atribución de facultades.- Cuando la ley otorga derechos y obligaciones a la autoridad administrativa para que ésta pueda llevar a cabo el logro de sus fines.
  • Facultad.- Capacidad, facilidad, poder. Significa el poder o la habilidad para realizar una cosa.
  • Función.- Medios de que el Estado se vale para ejercitar sus atribuciones.

Agustín Llamas y Rodrigo de León mencionan únicamente las funciones que aparecen en el artículo 89 de la Constitución. María Amparo Casar, en su obra Sistema político mexicano, hace una clasificación de las facultades, de las cuales hablaré más adelante, donde además de incluir algunas de las funciones del artículo 89, agrega facultades que aparecen en otros artículos.

Las funciones del presidente de la República son las siguientes:

  • Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia.
  • Nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda, y nombrar y remover libremente a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes.
  • Nombrar a los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del senado.
  • Nombrar, con aprobación del senado, a los coroneles y demás oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y a los empleados superiores de Hacienda.
  • Nombrar a los demás oficiales del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, de acuerdo con las leyes.
  • Disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.
  • Declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos, previa ley del Congreso de la Unión.
  • Designar, con ratificación del Senado, al procurador general de la República.
  • Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales con los principios normativos.
  • Convocar al Congreso a sesiones extraordinarias cuando lo acuerde la Comisión Permanente.
  • Facilitar el Poder Judicial los auxilios que necesite para el ejercicio expedito de sus funciones.
  • Habilitar toda clase de puertos, estableces aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación.
  • Conceder, conforme a las leyes, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los Tribunales Federales y a los sentenciados por los delitos del orden común, en el Distrito Federal.
  • Presentar a consideración del Senado, la terna para la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia y someter sus licencias y renuncias a la aprobación del propio Senado.
  • Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado, con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria.
  • Vetar leyes, para evitar que un Poder se sobreponga a otro y establecer un sistema de pesos y contrapesos.

Casar expone las facultades legislativas y no legislativas con las que cuenta un sistema presidencialista. Me concentraré en las no legislativas puesto que México no aplica en todas las facultades legislativas que la autora propone.

Las facultades no legislativas, según Casar, se dividen en 4 materias diferentes que tienen relación con el área en que se desarrollan.

Materia de defensa y seguridad

  • Declarar la guerra previa ley del Congreso (art. 89).
  • Disponer del Ejército, la Armada, la Guardia Nacional y la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior (art. 89).
  • Suspender las garantías individuales previo acuerdo con el gabinete y con la aprobación del Congreso (art. 29).

Materia de política exterior

  • Dirigir la politica exterior (art. 89).
  • Celebrar tratados internacionales (art. 89).
  • Regular la entrada y salida de extranjeros (art. 27, LOAPF).

Materia económica

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