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Política . Fin del Estado: función social, función política, funciones complementarias


Enviado por   •  27 de Junio de 2019  •  Resúmenes  •  6.948 Palabras (28 Páginas)  •  152 Visitas

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II) Fin del Estado: función social, función política, funciones complementarias.  

Para abordar el fin del estado surgen dos interrogantes: 1. Para que existe el estado? ------> fin o esencia del estado. Campo del ser. 2. Porque existe el estado? ------> el estado se justifica a través del derecho. Campo del deber ser.  

Heller dice que el fin del estado se explica por medio de su función social. A través de su función social podemos explicar las propiedades del estado y su esencia. El estado es una organización distinta a las demás organizaciones, el carácter distinto es por la naturaleza de sus elementos y entre ellos el ordenamiento (derecho) y en especial su ordenación. El ordenamiento jurídico del estado depende del sentido de la organización. La función social tiende a asegurar la convivencia y la cooperación colectiva unitaria entre los individuos.  

Distintas corrientes: La concepción con el fin del estado depende del concepto que se tenga del mismo. Existen las teorías: * Negativistas * Trascendentes del estado * Derecho natural racional (que fin se tuvo al momento en el que se creó el estado)  

La función social, es una función integradora compuesta por una serie de funciones. Tiene como fin indagar cual es el sentido del estado, el estado va a cumplir su objetivo a través del poder. La función social surge a través de la proyección de la acción social objetiva. Se debe tener una concepción objetiva acerca de fin del estado. Cuando hablamos de los fines subjetivos, hacemos referencia al individuo. Son los hombres los que causan el estado. Una vez creado el estado, adquiere una vida autónoma y existen en sus efectos. Los hombres lo causan, pero se independiza el estado. El fin del estado si no es trascendente es inmanente, es decir, dentro de si mismo. El estado es objetivo y se materializa.  

Función Social:  

Es la organización y actuación autónoma de la cooperación social territorial, (es la organización de los individuos de manera autónoma dentro del territorio). Esa organización autónoma se da en la armonización de los interés contrapuestos sobre la base de una voluntad común fundada en la necesidad de un “status vivendi” de  una zona geográfica.  El fin del estado es solucionar problemas y armonizar las dificultades.  

Función Política:  

Es la principal función del estado. El estado se encuentra dividido en poderes.

1. Función legislativa: expresión máxima de la función política, toma decisiones de manera autónoma sin establecerse las normas preestablecidas. 2. Función ejecutiva: parte de su administración no es política (Ej. barrido de calles). Tiene una parte de mando y de construcción y se ve cuando dicta decretos. 3. Función Judicial: nunca cumple una función política.  

Funciones complementarias:  

Cultural: El estado se esfuerza por mostrar un nivel cultural bueno, esto hace a la legitimidad del orden normativo o al tipo de estado que se quiere presentar. Militar: Es una función técnica disciplinaria que debe subordinarse a los objetivos de la función política. Iglesia: El estado se esfuerza por ganarse el esfuerzo de la iglesia. Economía y organización estatal: El estado logra la cooperación social territorial interviniendo en la economía, regulándola. La función estatal consiste en acomodar los fines económicos a la situación política estatal.  

III) Justificación del estado: legitimidad, grupos para legitimar al estado, diferencias entre principios jurídicos y normas positivas.  

La justificación del estado se va a traducir en la necesidad de la existencia del estado como una institución.  Heller se plantea una pregunta: es legitima la pretensión del estado de mantenerse sin los sacrificios personales (soporta la presión del estado que lo somete a determinadas conductas) y patrimoniales (los individuos utilizan su patrimonio para colaborar con el estado) del hombre? El estado solo se justifica si asegura un derecho justo que obligue a los individuos, que este acorde a la conciencia moral de cada uno de ellos.  

Heller diferencia dos tipos de legitimación:  1. Justificación del estado: el estado aparece como una organización para asegurar un derecho justo.  2. Justificación del poder: adhesión de la sociedad respecto de quien ejerce el poder. Esta autoridad será legítima cuando asegure un derecho justo basados en los principios éticos jurídicos, no solamente en pura técnica.  

Grupos para legitimar al estado:  

1. Elite: Es una minoría influyente que está preocupada fundamentalmente por que el ser desemboque permanentemente en el deber ser.  2. La gran masa o soporte popular: concibe a la realidad como un deber ser. Concibe al deber ser como legitimo. Ese accionar cotidiano está concebido como el deber ser. 3. Grupos en el poder: tienen la necesidad de que exista una legitimidad de su poder, que las normas que emanen del poder sean creadas a partir de criterios de justicia.    

Principios legitimantes:  

Principios jurídicos: Los principios en general se encuentran por encima del estado y del derecho. El estado aparece justificado por ser una organización de seguridad pública. La norma jurídica en general debe estar basada en principios jurídicos.

Los principios:  Son cuestiones de valor  Son dinámicos por que cambian con el tiempo  Expresan el sentir de los individuos  Deben ser receptados por los preceptos jurídicos  

Principios jurídicos:   No tienen previstas las condiciones de su aplicación  Nos proporcionan solo las directrices generales  Los principios cambian con la misma rapidez que la vida por eso no pueden sistematizarse  

Norma positiva:  Tienen certeza jurídica  Están suficientemente determinados  Nos permiten inferir como conducir en una determinada circunstancia  Son incapaces de tener un contenido históricamente cambiante  

Pero no sola la norma positiva constituye un sistema jurídico, existe también principios que deben ser tenidos en cuenta y también la integran.  

IV) Organización estatal: Corriente orgánico- universalista, solo como unidad jurídica, estructura social, elementos de la organización, estado, diferencia con las demás organizaciones (conceptualización)  

Organización estatal: No hay concepción orgánica del estado, Heller dice que el estado:

1) No es un organismo vivo.

2) Tampoco es una mera ficción.

3) El estado tiene una existencia real, se trata de una organización producida por todos los individuos y actúa unitariamente a pesar de que tiene un origen plural. Entonces estamos en presencia de una unidad real de organización. Kelsen ve al estado igual que al derecho.  

Qué realiza el estado El estado concentra las acciones de los hombres y los articula unitariamente, se constituye así en un centro real y unitario. El estado existe en la multiplicidad de las actividades de los individuos tanto las individuales como las colectivas. Esas actividades que concentra o articula el estado son actividades sociales de relevancia. Cuando hablamos del estado hablamos de una unidad humana organizada pero que tiene una naturaleza especial, es más que una mera función y reúne condiciones distintas a las de otras organizaciones. El estado puede entenderse como una cooperación humana, y esa cooperación humana a través de órganos especiales.  

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