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Prisiones En Mexico


Enviado por   •  2 de Agosto de 2013  •  3.962 Palabras (16 Páginas)  •  402 Visitas

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ANTECEDENTES DE LA PRISIÓN

LAS CÁRCELES AZTECAS.

Al ser un grupo completamente guerrero y disciplinado, eran poco tolerantes con la indisciplina y la delincuencia. El destierro o la muerte eran los castigos comunes que imponían a los infractores que ponían en peligro a la comunidad.

Como la mayoría de los grupos prehispánicos, los aztecas utilizaban jaulas y cercados para resguardar a los prisioneros, antes de ser juzgados o sacrificados.

Una cárcel como las que funcionan en la actualidad no era necesaria, ya que los castigos eran tan severos y crueles que el infractor necesitaba una tumba, no una cárcel. Las duras leyes nunca marcaron el encarcelamiento como medio para ejecutar el castigo de un crimen.

Además del terror que causaban las penas, es importante mencionar que desde la infancia el individuo era educado bajo una conducta social correcta, el hombre azteca sabía de sobra que si violaba la ley sufriría las consecuencias.

Para darnos una idea de las penas mencionaremos algunas:

• El robo, se castigaba con la esclavitud, hasta que se hiciera la restitución de lo robado, o una multa del Doble de la cantidad robada(una parte para la víctima y otra para el tesoro del clan).

• El robo en camino real, pena de muerte.

• Los robos en el mercado, pena de muerte instantánea por lapidación.

• Robo del maíz, cuando estaba creciendo en el campo, pena de muerteó esclavitud.

• Hurto de oro, plata o jade, pena de muerte.

• El asesinato, incluso de un esclavo, pena de muerte.

• La intemperancia, reprobación social, descrédito y hasta la muerte por lapidación y a golpes.

• La calumnia, corte de los labios y algunas veces, también de las orejas.

• El incesto, muerte en la horca.

• La sodomía, muerte en la horca.

• Homosexualidad, empalamiento para el sujeto activo; extracción de las entrañas, por el orificio anal, para el sujeto pasivo.

• Lesbianismo, muerte por garrote.

LAS CÁRCELES MAYAS.

Los mayas usaban jaulas de madera que servían como cárcel, solamente para los prisioneros de guerra, los condenados a muerte, los esclavos prófugos, los ladrones y los adúlteros.

La cultura maya, fue menos violenta que la azteca, de hecho como veremos, algunos ilícitos eran castigados únicamente con la restitución del daño, la vergüenza o la reprobación social, y aunque con menor frecuencia también existía la sentencia de muerte. Algunas de las penas impuestas por las leyes mayas fueron:

• En el adulterio, el adúltero era entregado al ofendido, quien podía matarlo o perdonarlo.

• La mujer adultera, su vergüenza e infamia se consideraban penas suficientes.

• El robo de cosa que no podía ser devuelta, se castigaba con la esclavitud.

• Violación y Estupro, lapidación con la participación del pueblo entero.

• Corrupción de virgen, muerte.

• Sodomía, muerte en un horno ardiente.

• Traición a la patria, muerte.

• Homicidio no intencional, indemnización de su importe con los bienes propios del ofensor o, en el caso de no tenerlos, con los de su mujer o familiares.

• Homicidio de un esclavo, resarcimiento del perjuicio.

• Deudas, muerte y substitución en la misma obligación por parte de los familiares del deudor.

• Deudas en el juego de pelota, esclavitud.

• Incendio por negligencia o imprudencia, indemnización de su importe.

• Incendio doloso, muerte, en algunos casos, restitución del daño.

• A los funcionarios corruptos se les esculpía en ambas mejillas figuras alusivas a los delitos que cometían; el castigo se ejecutaba en la plaza pública.

LAS CÁRCELES DE LOS ZAPOTECOS

La delincuencia entre los zapotecos era mínima, por lo que no tenían gran necesidad de cárceles. Los estudios señalan que esta cultura contaba con jacales sin seguridad alguna, y a pesar de ello los indígenas presos, no solían escapar.

Algunos de los delitos castigados con mayor severidad eran los siguientes:

• Mujer adúltera, castigada con pena de muerte aunque si el marido la perdonaba salvaba la vida pero no podía volverse a juntar con Ella. Además el Estado la castigaba con crueles mutilaciones.

• El cómplice de la adúltera, era severamente multado y obligado a trabajar para el sostenimiento de los hijos en el caso de que los hubiera, como fruto de la unión delictuosa.

• Para el robo el castigo era la muerte y los bienes del ladrón se le cedían al robado.

• La embriaguez entre los jóvenes, se sancionaba con penas de encierro.

• La desobediencia a las autoridades, penas de encierro y flagelación, en caso de reincidencia.

LAS CÁRCELES EN LA ÉPOCA COLONIAL

Es en la etapa colonial, con el decreto de las Leyes de Indias, en donde por primera vez en México se menciona la privación de la libertad como pena por haber cometido un acto ilícito. Dichas leyes, decretadas en 1680, fueron mandato de la monarquía española para su aplicación en los territorios de este continente.

Independientemente a lo injusto que hayan podido ser estos ordenamientos, es importante mencionar que en este decreto, el régimen penitenciario de nuestro país encuentra su primera base trascendental al declararse entre otros puntos que: el lugar a donde los presos deberán ser conducidos será la cárcel pública, no autorizándose a particulares a tener puestos de prisión, detención o arresto.

Estas leyes contenían algunos principios básicos que subsisten hasta hoy en nuestra legislación como por ejemplo: separación de internos por sexos, necesaria existencia de un libro de registros, prohibición de juegos de azar en el interior de las cárceles y el que las cárceles no deberían de ser privadas, conjuntamente

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