Procesal Penal Fuentes
mayiolascuaga11 de Marzo de 2014
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Fuentes del derecho
Es el origen, por tanto produce fuente; es la manifestación de voluntad de un órgano competente con el fin de regular, relaciones jurídicas procesales pertinentes a un determinado caso
• La real o material: formada por los hechos sociales que dan origen a la necesidad de crear la norma
• La formal: son los procedimiento de creación de la norma jurídico procesal penal, manifestación de voluntad que plasma el derecho positivo
Tratados internacional: Tratados internacional: destinados a proteger los derechos humanos consagrados en la constitución en el art 93 (bloque constitucional) los cuales se deben hacer respectar en el proceso penal
Constitución: entro en vigencia el 7 de julio de 1991, se constituyeron 2 partes que son :
- La dogmática: principios, valores , derechos fundamentales y mecanismo de participación
- La orgánica: institución del estado, funciones e ir en base a la dogmática
Los códigos: los códigos de 2000 y 2004 por la ley 600 y 906 consagra una serie de principios y garantías para las personas que se someten al derecho penal como: legalidad, doble instancia y derecho de defensa
Jurisprudencia: lo realizan los jueces colectivo y singulares, ellos presentan diferentes para determinados casos, para esto existe un tribunal especializado que unifique esos conceptos que sirvan de guía para un caso concreto
Jurisprudencia: obras u opiniones de las jurisconsultos ; rechaza como fuente formal
La costumbre: son el conjunto de conductas realizadas por una colectividad; no es fuente( no tiene fuerza, no es extensiva ni unificada)
Aplicación de la ley procesal penal
Tiene dos características; las dos características son expresivas del principio de legalidad recogido del art 29 de la constitución
• Es vinculante: se entiende que la ley procesal penal ata y vincula a todas las partes del proceso
• Es irrenunciable: debe ser regulado por la ley en sentido formal
Aplicación de la ley penal en el tiempo en el espacio y a las personas
La ley penal Rige siempre hacia a futuro y tiene efecto inmediato ; hay situaciones
• Cuando el proceso inicia con posterioridad a la ley vigente se aplica esta
• El proceso penal que se adelantó y fallo en vigencia de una ley que se derogado por otra, se respeta el fallo adoptado
• Se adelanta un proceso bajo la vigencia de una ley x t entra en vigor la ley y; en este caso se dan 2 situaciones
La ley penal entra en vigor y regula temas de jurisprudencia que no afectan ni favorecen al procesado, es neutra
La ley regula materias que pueden favorecer o desfavorecer en este caso se aplica la mas favorable al procesado
Aplicación de la ley penal en el espacio
Se aplica en el ámbito geográfico de territorio nacional, se conforma por:
- Territorio nacional
- Orbita gestacional
- Espectro electromagnético
- Marterritorial
Espacio aéreo: esta delimitado por la atmosfera terrestre, por la cual transitan naves y aeronaves, no se ha adoptado en la doctrina una soberanía limitada, es decir, en el caso de que se cometa un delito en naves o aeronaves del estado en otro espacio o país nuestro espacio estará obligado a iniciar acción penal aca siempre y cuando en el otro país no se haya iniciado
Soberanía absoluta: un nacional o un extranjero que haya cometido delito en el país o en el extranjero podrá ser juzgado en el país extranjero y en el nacional pero se respeta la cosa juzgada, en delitos como
- Genocidio
- Trafico de drogas
- Terrorismo
Aplicación de la ley penal en cuanto a las personas
Por regla general la ley procesal penal aplica para todas las personas excepto en algunas situaciones
• Orden interno : Algunas personas gozan de indemnidad y por esto si cometen un delito gozan de tratamiento especial, si el delito es en razón u actividad del cargo que realizan.
- Congresista: cuando emiten conceptos u opiniones o cuando hacen ejerció del voto judicial
- Litigantes operadores o defensores: cuando comete delitos en escrito o informes dirigidos al juez, no los rige la justicia penal si no son sometidos a procesos disciplinarios
• Orden internacional: los jefes de estado, embajadores gozan de inmunidad por lo tanto en caso de cometer delitos solo serán procesados en su país los cónsules, son los que si no cometen el delito en razón u ocasión de sus funciones pueden ser juzgados acá
Acción penal
Es fundamental porque activa la jurisdicción y consecuencialmente la actuación procesal para que se inicie el proceso penal
Naturaleza de la acción penal: en nuestro sistema la acción penal es un deber , en la primera norma se dice que la fiscalía estará dispuesta a adelantar el ejercicio de la acción penal y la otra dice que el estado a través de la fiscalía ejerce la acción penal
“la fiscalía se puede retirar de la acción penal en los casos del principio de oportunidad”
Titular de la acción penal: el estado lo delega a la fiscalía este inicia y prosigue el ejercicio de la acción penal
Principios sobre los que se construye el sistema procedimental penal acusatorio
• Acusatorio: entendemos que es la única entidad que puede dar inicio a la acción es la fiscalía
• Principio de legalidad: obligación de la fiscalía de proseguir la acción penal de los delitos tales
- Querella
- Delitos de oficio
- Peticiones especiales
Característica de la acción penal
1) Publica: ya que tiene como fin resolver intereses colectivos, en el sentido de que se altera el orden social
2) Oficial: cuando es delito de investigación oficiosa la fiscalía debe adelantarlo
3) Obligatoria: la fiscalía apenas conozca del delito oficios, quereyarble o petición especial esta en la obligación de darle inicio enseguida
4) Irrevocable e irretractable: porque una vez que si inicia no podrá suspender ni renunciarse salvo los casos del principio de oportunidad
5) Invisible: por que cobija a todas las personas que concurren en la comisión del delito
Principios que gobiernan la acción penal en su ejercicio
1) De oficialidad: tiene la fiscalía la obligación de dar inicio y proseguir el ejercicio de la investigación en delitos oficiosos exceptos en el
Principio dispositivo: la fiscalía debe esperar que el sujeto pasivo del delito llamado querellante lo entere de la comisión del delito para la fiscalía dar inicio a la acción penal ; calmunia, injuria
2) Legalidad: la fiscalía está obligada a iniciar y proseguir la acción penal sin importar el tipo de delito excepto en el
Principio de oportunidad: la fiscalía a pesar de su obligación de ejercer y proseguir la acción penal puede interrumpirla cuando concede el principio de oportunidad
Etapas por las que discurre la acción penal
Etapas preprocesal
1) Indagación: se le conoce al sujeto como indagado
Términos de indagación
- 2 años: cuando los delitos los comete una o dos personas
- 3 años: cuando los delitos los comete por 3 o más personas
- 5 años: cuando los delitos son cometidos por un número indeterminado de persona , uno de los delitos es de competencia del juez penal del circuito
• Audiencia de formulación de imputación: el juez de garantía verifica si al personaje no se le ha violado ningún derecho
- Explicando que tiene derecho a guardar silencio
- Todo lo que diga será usado en su contra
- Tiene derecho a un abogado
2) Investigación: se conocen los sujetos como imputados
Termino de investigación
- 90 dias: cuando son uno o dos los imputados
- 120 dias: cuando es concurso y uno de los delitos es de competencia del juez penal del circuito especializado
Etapas procesales
3) Audiencia de acusación: comienza antes de la audiencia de acusación, cuando el fiscal presenta el escrito de acusación presentando las posibles pruebas q tiene del sujeto, después de esta audiencia se cuenta 45 días para audiencia preparatoria
4) Audiencia preparatoria: la defensa presenta pruebas, pasado los 45 dias se fija la fecha para la audiencia del juicio oral
5) Juicio oral: las pruebas que se van a realizar por las partes ya sea
- Testimonios
- Peritazgos
- Inspecciones
- Documentos
6) Audiencia de lectura de fallo: pasado los 15 días después de la audiencia del juicio oral se realiza la audiencia de lectura del fallo
Modos como se lleva la noticia a la fiscalía de la comisión del delito y pueda inicar la acción penal
• Denuncia: la persona haya sido lesionada o no con la conducta delictual comparece ante la autoridad y proporciona la noticia
• ¿ante que autoridades se presenta la denuncia?
- Fiscalía: encargada de ejercitar la acción penal
- Funcionarios de policía judicial: son los apoyo de la fiscalía para realizar materialmente los entes de investigación
- Cualquier autoridad judicial o administrativa: es ante cualquier juez, además del alcalde, gobernador, presidente, inspector, si estas personas no son competente deberán remitirlas a la fiscalía
- Procuraduría: cualquier procurador delegado puede poner la denuncia
- Comandos de policía: el que comande un cai
Ojo: se puede inadmitir la denuncia cuando
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