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¿Qué es la denuncia?


Enviado por   •  22 de Julio de 2021  •  Tareas  •  1.129 Palabras (5 Páginas)  •  125 Visitas

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[pic 1] 

[pic 2]DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y DE COMERCIO

        

Alumno: Nelly Gabriela Obando Vega

Carrera: Licenciatura en Finanzas y Auditoria.

Asignatura: Auditoria forense

        

Paralelo: “A”

Fecha: 02/02/2021

Docente:         Dra. Acosta Carla

NRC:                3591

Periodo:

NOVIEMBRE: ABRIL

2021


¿Qué es la denuncia?

Es la declaración y el documento en que se informa a la autoridad o órgano de control interno de un delito cometido, pone al tanto a la autoridad sobre un ilícito y obliga a movilizarse, primero para constatar que el delito exista y luego para determinar responsabilidades y castigos.

¿Cómo se analiza la denuncia?

De acuerdo (FGE, 2021) la denuncia se analiza “según las circunstancias de la infracción, los delitos pueden ser Flagrantes y No Flagrantes”.

Delito Flagrante 

Es aquel delito que se comete en presencia de una o más personas o se lo descubre inmediatamente después de ocurrido y el sospechoso debe ser aprehendido dentro de las 24 horas de sucedido el hecho.

¿Dónde denunciarlo?

Debes acudir a la Unidad de Flagrancia más cercana. Allí recibirás atención oportuna y especializada.

Delito  No flagrante 

Es cuando no se ha aprehendido a la persona responsable del delito en las primeras 24 horas de ocurrido el hecho. 

¿Dónde denunciarlo? 

Debes denunciarlo en el Sistema de Atención Integral (SAI). El proceso es ágil. Debes tomar un turno para ser atendido por un asesor, quien te realizará una entrevista y te direccionará.

De acuerdo al Reglamento para la Presentación, Recepción y Trámite de Denuncias para Investigación Administrativa en la Contraloría General del Estado en su  Art 10. Análisis de los hechos denunciados

En el análisis de la denuncia se observarán, entre otros aspectos, los siguientes:

  1. Cumplimiento de los requisitos constantes en los artículos 4 y 9 de este Reglamento;
  2. Confirmación de la información de identidad proporcionada por el denunciante en los aplicativos informáticos o bases de datos institucionales;
  3. Revisión de la información y documentación proporcionada por el denunciante;
  4. De existir imprecisiones u omisiones en la información y/o documentación de la denuncia, o de no haberse cumplido con las formalidades previstas en el presente Reglamento, se le comunicará del particular al denunciante, concediéndole diez (10) días hábiles a fin de que complete, amplié o aclare su denuncia. Si el denunciante no lo hiciere en el término estipulado, será causa de inadmisión a trámite y se procederá a su archivo.
  5. Coordinación con las unidades administrativas de control y revisión de información en los aplicativos informáticos institucionales, a fin de conocer si los hechos narrados en la denuncia han sido, o están siendo objeto de una acción de control, o si está prevista la realización de alguna.
  6. De requerir información de otras instituciones, se efectuará la coordinación para la obtención de ésta con otras entidades y organismos públicos o personas jurídicas privadas relacionadas con la denuncia, garantizando para los efectos lo previsto en artículo 7 de este Reglamento.

¿Cómo se familiariza con esta denuncia?

Ante el escenario que se muestra en el fraude de las empresas que va en aumento y los auditores deben familiarizarse con las 2 formas principales de crimen que se realizan contra las empresas. Por un lado tenemos el “crimen corporativo”, que es el que los propios empleados de la empresa cometen pero esto a favor de la misma empresa; y también tenemos el “crimen ocupacional” que hace relación a que los delitos cometidos son por parte de los empleados en el curso de sus operaciones y por parte de los empleados en contra de sus empleadores.

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