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REFORMAS QUE TRASCENDIERON EN MEXICO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  2.902 Palabras (12 Páginas)  •  34 Visitas

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INDICE

INTRODUCCION        2

¿QUIEN ESTA FACULTADO PARA REALIZAR REFORMAS A LA CONSTITUCIÒN?        3

PROCESO PARA REFORMAR LA CONSTITUCION MEXICANA        4

INICIATIVA Y FORMACIÓN DE LAS LEYES        4

Artículo 72.        5

REFORMAS QUE TRASCENDIERON EN MEXICO        7

Las reformas que más han sido impacto en nuestro país han sido:        7

CONCLUSION        9

ANEXOS        10

REFERENCIAS        11

TESAURO        12

 INTRODUCCION

La constitución política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, o también conocida como carta magna, ha estado vigente en México por más de 100 años.

La carta magna es la ley fundamental de nuestro país, por ella se rigen la relación entre los poderes, las órdenes de gobierno y los ciudadanos. Fue un movimiento constitucionalista, estuvo encabezado por Venustiano Carranza, del cual tuvo efecto por el plan de Guadalupe en 1913, después del asesinato del presidente Francisco I. Madero. En lo largo de los años México ha tenido varias constituciones promulgadas por distintos personajes, asimismo los cuales han influido en las leyes, reformas o decretos que han modificado nuestra constitución.

La constitución está en dos partes: dogmática y orgánica. La primera parte nos enseña nuestros derechos humanos, la rectoría del estado sobre la economía, las propiedades de la nación, y la prohibición de los monopolios en México. La orgánica es la parte de la constitución que lleva a cabo la soberanía y las formas de gobierno. La carta magna y ley fundamental que rige en nuestro país es la cual fija los límites y equivale a las relaciones entre los poderes de la federación, el poder legislativo, ejecutivo y judicial; las cuales cada poder está depositado en distintas instituciones, pero la cabeza es la suprema corte nacional de justicia.

Cada poder es independiente entre sí, no pueden ser ejecutados por el mismo individuo o una institución. El poder ejecutivo hace mención del titular, en este caso sería al presidente de nuestra nación, que a su vez ejerce dichas funciones como jefe de estado, y jefe de gobierno, que igualmente es el comandante supremo de las fuerzas armadas. La conformación de dicho poder es elegida mediante el voto directo y universal, su cargo es un periodo de seis años, sin reelección.

 El congreso de la unión es un órgano, constituido por el poder legislativo el cual se conforma de una asamblea bicameral, que está dividida entre la cámara de diputados y senadores. La cámara de diputados se integra por representantes de los treinta estados de la república, que se configuran de 500 diputados electos en su totalidad, el cual dura un periodo de tres años. En la cámara de senadores del congreso de la unión, se integra de representantes de cada entidad federativa que está integrada por 128 senadores electos, en un periodo de seis años.

Y por último en el poder judicial que se divide en el ejercicio del gobierno. El cual se conforma por la suprema corte de justicia de la nación, el consejo de la judicatura federal. Los juzgados de distrito, los tribunales colegiados de circuito y los unitarios de circuito. Este poder y en conjuntos con sus órganos, se encarga de impartir justicia en estos los aspectos institucionales del estado, la aplicabilidad de las normas y los principios jurídicos en la resolución de los conflictos, en todos los ámbitos de la aplicación del Derecho y la representación de las leyes en sociedad.

¿QUIEN ESTA FACULTADO PARA REALIZAR REFORMAS A LA CONSTITUCIÒN?

Título Octavo

De las Reformas de la Constitución

Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de esta, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.

Párrafo reformado (se suprime la última oración, la cual se reforma y adiciona para quedar como segundo párrafo)

El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas. (CPEUM, s.f.)

El artículo actual establece que el órgano competente para adicionar o reformar la constitución política de los estados unidos mexicanos es la cámara de diputados, senadores y las legislaturas estatales. En un nivel local es el órgano revisor que está integrado por el congreso local y los ayuntamientos.

Dicha función conforma y regula el orden de los Estados, determina a través de las normas. La formación de las leyes y decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos cámaras.

En referencia al artículo 135 de la constitución mexicana, se lleva a cabo el procedimiento para poder modificar o adicionar dicha constitución, en la cual se necesita la aprobación por el congreso de la unión el cual debe constar que sea aprobado por la mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno, en el congreso de los estados unidos mexicanos.

        PROCESO PARA REFORMAR LA CONSTITUCION MEXICANA

Este procedimiento se realiza con fin de modificar, perfeccionar, enmendar, y modernizar algo. Se considera que al reformar se lleve a cabo la transformación progresiva de la nuestra estructura, sistema o institución, etc.; de esta forma se distingue de un cambio radical.

Las reformas se proponen para la solución de algún conflicto o fractura que está sufriendo la sociedad; de esta manera pueden ser de diferentes ámbitos, sociales, políticos, económicas, judiciales, educativas y demás.

En la sección II, de la constitución mexicana hace referencia a las iniciativas y formación de las leyes, en el artículo 72 de la constitución política mexicana menciona la aprobación y el procedimiento por el cual se lleva a cabo la iniciativa de ley, si es modificada en su totalidad por las cámaras, observando la ley del congreso y sus reglamentos, a modo de proceder con sus discusiones o votaciones.

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