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REGULACION JURIDICA


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  1.379 Palabras (6 Páginas)  •  172 Visitas

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REGULACION JURIDICA II

1.-Identificar cuáles son los objetivos de la transparencia y de las Reformas estructurales en materia de energía y telecomunicaciones.

Los objetivos de la trasparencia legalmente se encuentran fundamentados en el art. 4 de la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental lo cual nos marca lo siguiente:

I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información medianteprocedimientos sencillos y expeditos;

II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información que generan los sujetosobligados;

III. Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados;

IV. Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeñode los sujetos obligados;

V. Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos, y

VI. Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de derecho.

Por otra parte los objetivos estructurales en materia de transparencia en base a la reforma energética y telecomunicaciones establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 son los siguientes:

• Abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a lo largo de la cadena productiva a través de asegurar el abastecimiento de petróleo crudo, gas natural y petrolíferos que demanda el país.

• Garantizar reglas claras que incentiven el desarrollo de un mercado interno competitivo con la intención de apuntalar la competencia en el mercado interno.

• Democratizar el acceso al servicio de telecomunicaciones impulsando el desarrollo e innovación tecnológica de las telecomunicaciones que amplié la cobertura y accesibilidad para impulsar mejores servicios y promover la competencia, buscando la reducción de costos y la eficiencia de las telecomunicaciones.

2.- ¿Cuáles son los órganos reguladores en las actuales reformas constitucionales y cuál es su naturaleza jurídica?

Articulo 27 párrafo 6 y 7.

En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes, salvo en radiodifusión y telecomunicaciones, que serán otorgadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones. Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas. El Gobierno Federal tiene la facultad de establecer reservas nacionales y suprimirlas. Las declaratorias correspondientes se harán por el Ejecutivo en los casos y condiciones que las leyes prevean. Tratándose de minerales radiactivos no se otorgarán concesiones. Corresponde exclusivamente a la Nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones, sin perjuicio de que el Estado pueda celebrar contratos con particulares en los términos que establezcan las leyes, mismas que determinarán la forma en que los particulares podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica.

Párrafo reformado DOF 09-11-1940, 20-01-1960, 06-02-1975, 11-06-2013, 20-12-2013

Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos medianteasignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, enlos términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.

Párrafo adicionado DOF 20-12-2013

Los órganos reguladores en materia energética son:

• Comisión Nacional de Hidrocarburos.

• Comisión Reguladora de Energía.

Mismos que por su naturaleza

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