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RELACION TRIBUTARIA U OBLIGACION FISCAL


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2020  •  Documentos de Investigación  •  852 Palabras (4 Páginas)  •  75 Visitas

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RELACION TRIBUTARIA U OBLIGACION FISCAL

Es un vínculo legal que surge entre el Estado (sujeto Activo) y otro llamado Contribuyente (sujeto Pasivo) cuya única fuente es cumplir con la ley, como consecuencia de la necesidad de pagar tributos o impuestos al Estado (sujeto Activo)

Existe dos hechos que originan que surjan esta relación entre el Estado (sujeto Activo) y el Contribuyente (sujeto Pasivo)

  • Hecho imponible: Son los hechos previstos y establecidos en las leyes de cada uno de los tributos o impuestos llamase isr, IVA, etc., obligando al Contribuyente (sujeto pasivo) al pago y presentación de un impuesto a una tasa especifica.
  • Hecho generador: Es el acto económico o negocio que cuya acción afecta la aplicación de un tributo o impuesto y su realización u omisión va a generar el nacimiento de la obligación tributaria o fiscal.

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 ¿CUALES SON LOS OBJETOS O RAZONES DE UNA OBLIGACIÓN FISCAL?

1.- OBLIGACIONES DE DAR: Son las referidas al artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal, es decir, las contribuciones cuyo ingreso se implementará para el gasto público en beneficio de la colectividad.

2.- OBLIGACIONES DE HACER: Se refiere al conjunto de actos que ordenen las leyes fiscales, como es el caso de llevar contabilidad electrónica, inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, usar el buzón tributario.

3.- OBLIGACIONES DE NO HACER: Como su nombre lo indica, se refiere a todo lo que está prohibido que lleves a cabo, como lo es llevar doble contabilidad, declarar menores impuestos a los percibidos, ocultar o destruir documentación comprobatoria.

4.- OBLIGACIONES DE TOLERAR: Se refiere al conjunto de facultades que tiene el Estado a través de la Hacienda Pública para invadir tu domicilio y privacidad para llevar a cabo sus actividades, como lo es, que se dirijan a tu domicilio para practicarte una auditoría fiscal por el inicio de una facultad de comprobación fiscal.

MANERAS DE EXTINCION DE UNA OBLIGACION FISCAL

  • PAGO: De acuerdo con el artículo 20 del Código Fiscal de la Federación, “las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. Los pagos que deban efectuarse en el extranjero se podrán realizar en la moneda del país de que se trate.”

  • COMPENSACION: el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación regula la compensación señalando lo siguiente “los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios.”

  • CONDONACION: “Artículo 39 DEL CFF.-  El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I.- Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

Sin que las facultades otorgadas en esta fracción puedan entenderse referidas a los casos en que la afectación o posible afectación a una determinada rama de la industria obedezca a lo dispuesto en una Ley Tributaria Federal o Tratado Internacional.

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