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Reformas constitucionales de tercera generación


Enviado por   •  22 de Abril de 2020  •  Tareas  •  5.134 Palabras (21 Páginas)  •  362 Visitas

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Colegio de Bachilleres                                    Cabo San Lucas, Baja California Sur

Plantel 04                                                                                                                                    

Diciembre 2019

“Reformas de Tercera Generación”


Grado y Grupo: 5to C        Turno: Vespertino

Materia: 

Estructura Socioeconómica de México

Maestra:

Xiomara Gastélum Castro

ÍNDICE

Introducción        3

Desarrollo        5

¿Qué son las reformas constitucionales de tercera generación?        5

Principales Reformas Constitucionales de la Tercera Generación        5

Conclusiones        16

Bibliografía        18

Introducción

En el presente trabajo se hablaran acerca de las reformas constitucionales de tercera generación, cuáles son las principales reformas constitucionales y en qué consiste cada una.

Para poder entender este tema lo primero que debemos conocer es la definición de la palabra “reforma”.  Debe entenderse por reforma a un cambio planificado por utilidad u conveniencia en un sistema moderado o, a veces, a una reversión a un estado original o anterior del mismo.

Reforma quiere decir mejorar o enmendar de lo que está equivocado, o es insatisfactorio, o está afectado por la corrupción y/o las malas prácticas, etc. Reforma generalmente se distingue o diferencia de “revolución ”ya que este último concepto siempre se asocia con un cambio radical. Una reforma puede llegar a ser no más que una racionalización de procedimientos o una puesta a punto de los mismos, o a lo sumo el encauzamiento o atenuación de errores serios que tenían por consecuencia alterar o distorsionar los fundamentos y objetivos del sistema.

Una reforma, en algún sentido, procura mejorar el sistema de que se trata mientras el mismo se continúa aplicando, y en muchos casos hay en este proceso una gradualidad y continuidad. Por el contrario, los grupos radicales, cuando encaran cambios en un sistema, en muchos casos proponen o tratan de promover cambios profundos, incluso con el derrocamiento o desplazamiento del propio gobierno y/o de la cúpula directiva del sistema, incluso con la sustitución de un grupo de gente por el propio grupo que propone los cambios y que intenta llevarlos adelante.El concepto de reforma se distingue claramente del concepto de revolución, ya que este último término equivale a operar un cambio radical y básico, a veces realizado con violencia y/o con guerra. En cambio, una reforma en muchos casos equivale no más que la puesta a punto de un nuevo sistema o un nuevo enfoque, o el quitar inconvenientes sin cambiar el sistema entero y/o la operativa de base. Una reforma procura mejorar el sistema que se tiene, generalmente en forma progresiva y por etapas, y nunca pretende derrocarlo. Al implementar una reforma, por lo general se trata de convencer en lugar de imponer.

Una reforma constitucional supone la modificación de la Constitución de un Estado. Tiene por objeto una revisión parcial de una Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional.

La clasificación que tomaremos para reformar la constitución es doctrinaria; propuesta por varios estudiosos del Derecho, con base en su contenido que pueden ser:

  • Innovadoras: pretenden introducir o suprimir normas nuevas que no estaban reguladas antes para dar lugar a un tipo de institución verdaderamente original.
  • Actualizadoras: su objetivo es reforzar el carácter de una institución ya existente o bien suprimir elementos que ya no tienen razón de ser por su propia evolución.
  • Explicativas: su fin es explicitar el alcance de una norma constitucional que generalmente sea entendible por la sociedad.
  • Correctivas: pretenden enmendar las deficientes expresiones de los artículos sin alterar su contenido.

Para entender de una mejor manera las reformas constitucionales es necesario también entender los tipos de constituciones que existen para saber qué reformas y de qué forma se pueden llevar a cabo sobre estas.

Constituciones flexibles:

Son las que se puede reformar mediante una ley común de acuerdo al procedimiento ordinario de sanción de las leyes.

Si las normas constitucionales pueden ser modificadas por el legislativo ordinario de la misma manera que las demás leyes estamos frente a una constitución flexible.

Constituciones rígidas:

Son las Constituciones en las cuales existen ciertas formalidades que no existen en las ordinarias para reformarla y afirman que esto le da más estabilidad y mayor fuerza legal a las Constituciones.

Desarrollo

¿Qué son las reformas constitucionales de tercera generación?

Nuestra Carta Magna, después de tantos antecedentes como lo fueron Constitución de Apatzingán de 1814, la Constitución de 1824 y la Constitución de 1857, se estabiliza con el Congreso Constitucional de Querétaro que fue convocado por Venustiano Carranza para desconocer el gobierno de Victoriano Huerta. Se ratificó el 31 de enero de 1917 y fue promulgada 5 días después, el 5 de febrero. Desde entonces, se ha mantenido.

Una reforma constitucional es un cambio o renovación en la Constitución, para distintos fines. En el caso de nuestro país, se entiende así a las adiciones y configuraciones en nuestra Constitución vigente.

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