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Reglamento De Tránsito Metropolitano


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2013  •  596 Palabras (3 Páginas)  •  236 Visitas

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V. Los que realicen alguna de las conductas que establece la fracción XVII del artículo 15 de esta ley;

VI. En donde se vendan bebidas alcohólicas con la modalidad de barra libre;

VII. Cuando se preste el servicio que se trate con discriminación;

VIII. Cuando se haya expedido la licencia de funcionamiento, la declaración de apertura o el permiso en contravención al texto expreso de alguna disposición de la Ley;

IX. Los que expendan bebidas adulteradas o con substancias químicas que puedan afectar a la salud de las personas;

X. Cuando se haya impuesto una sanción a un establecimiento mercantil por más de dos ocasiones en el transcurso de un año por alguno de los supuestos a que hace referencia el artículo 86, se sancionará además con la revocación de la Licencia de Funcionamiento, la Declaración de Apertura, o la Autorización y la clausura permanente del Establecimiento Mercantil, y

XI. En los casos señalados en el artículo 88 fracciones VII, VIII, IX, X y XI.

Artículo 90.- El estado de clausura impuesto con motivo de alguna de las causales señaladas en las fracciones I, II, III, V, VI, XIII, XIV, XV y XVI del artículo 88, así como por la violación a lo contenido en los artículos 63, 70 y 71, será temporal y en su caso parcial y sólo podrá ser levantado cuando haya cesado la falta o violación que hubiera dado lugar a su imposición.

Procederá la clausura parcial cuando las condiciones especiales de cada giro permitan el funcionamiento de los mismos con total independencia uno de otro.

Cuando en un solo espacio funcionen más de un giro y éstos no puedan ser separados espacialmente para su funcionamiento se deberá proceder a la clausura total.

Artículo 91.- Procederá el estado de Suspensión Temporal de Actividades de forma inmediata:

I. Por realizar actividades sin contar con la declaración de apertura correspondiente;

II. Cuando las licencias no hayan sido revalidadas;

III. Cuando no se acredite que el establecimiento cuenta con los cajones de estacionamiento que instruyen para cada uso los Programas Delegacionales y Normas Técnicas Complementarias correspondientes;

IV. Cuando el funcionamiento del establecimiento se ponga en riesgo o peligro la vida o la salud en los usuarios, vecinos, trabajadores o interfieran con la protección civil, y

V. Cuando el establecimiento mercantil opere con un giro distinto al autorizado.

Cuando proceda la Suspensión Temporal de Actividades, el verificador administrativo deberá comunicarlo a la persona con la que entienda la diligencia. Los sellos de suspensión deberán ser colocados en forma

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