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Riesgo De Trabajo


Enviado por   •  22 de Abril de 2013  •  4.219 Palabras (17 Páginas)  •  307 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Es cierto que gran parte de los trabajos en el medio laboral están libres de sufrir graves riesgos; en general, son seguros. Sin embargo, es difícil concebir algún tipo de actividad profesional que esté totalmente libre de alguna clase de riesgo para la salud, por mínimo que este riesgo pueda parecer. Detectar los riesgos laborales, evidentes o no, y señalar las actividades adecuadas para que los riesgos no se materialicen, son las tareas en las que se centra la prevención de riesgos laborales.

Toda actividad de prevención tiene como objetivo final la eliminación de los riesgos en el lugar de trabajo o, si ello no es posible, al menos el control de dichos riesgos para mantenerlos en niveles que no pongan en peligro la salud de los trabajadores. Para lograr este objetivo, se requiere disponer de los conocimientos mínimos sobre los factores que determinan las situaciones de riesgo (factores de riesgo) con el fin de saber identificarlos y tener información sobre qué se puede hacer..

El progreso constante de la tecnología si bien trae consigo mejorías tanto en la eficiencia como en la seguridad del trabajo, también puede crear nuevos riesgos.

Dichos riesgos, derivados de los procesos industriales, no siempre serán evidentes, y muchas veces se encontrarán ocultos, por lo que es importante conocer los peligros y los efectos que cada uno de ellos puede producir en nuestro cuerpo para poder detectarlos y evitarlos tomando las medidas de seguridad e higiene adecuadas

En este trabajo partiremos por lo mas básico como son:

Concepto de Riesgo de trabajo

Son los accidentes y enfermedades que están expuestos los trabajadores en ejerció o con motivo del trabajo.

Concepto de accidente de trabajo

Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sea el lugar y el tiempo en que se presente, así como los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este aquel.

Teorías de la responsabilidad

Incapacidades por riesgos de trabajo

Incapacidad temporal: es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo.

Incapacidad permanente parcial: es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

CLASIFICACIÓN DE RIESGOS DE TRABAJO

 ACCIDENTES AC. TRABAJO

DE TRABAJO AC. TRAYECTO

 ENFERMEDADES DE TRABAJO

ACCIDENTE DE TRABAJO

Toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior; o la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo de trabajo, cualquiera q sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se preste.

ACCIDENTE DE TRAYECTO

También se considera el que se produzca al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo, o de este a aquel.

ENFERMEDAD DE TRABAJO

Todo estado patológico derivado de la acción continuada en una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. En todo caso serán enfermedades de trabajo las consignadas en la ley general del trabajo.

Riesgos en el trabajo de oficina.-

Si bien los riesgos son distintos a los que se presentan en trabajos industriales o los que pueden sobrevenir en las vías públicas u otras actividades laborales, los accidentes se producen.

A continuación se presentará un instructivo de seguridad tipo:

*Establecer normas de seguridad general y específica para la realización de tareas generales de oficina para la prevención de los siguientes riesgos:

-Incendios

-golpes y locantes

-riesgo eléctrico

-resbalones y caídas

-problemas postulares y

-fatiga ocular.

La ley nos menciona en el Art. 79.- Toda empresa o establecimiento de trabajo está obligada a pagar a los empleados, obreros o aprendices que ocupe, las indemnizaciones previstas a continuación, por los accidentes o enfermedades profesionales ocurridos por razón del trabajo, exista o no culpa o negligencia por parte suya o por la del trabajador. Esta obligación rige, aunque el trabajador sirva bajo la dependencia de contratista de que se valga el patrono para la explotación de su industria, salvo estipulación en contrario.

Art. 80.- Se exceptúan, quedando dentro de las previsiones del derecho común, los accidentes sobrevenidos:

• a) Por intención manifiesta de la víctima;

• b) Cuando sea debido a fuerza mayor extraña al trabajo;

• c) Cuando se trata de trabajadores que realizan servicios ocasionales ajenos a los propios de la empresa;

• d) Cuando se trata de obreros que realizan por cuenta de patrono, trabajos en su domicilio particular.

• e) Cuando se trata de accidente por comprobado estado de embriaguez

En nuestra actualidad esta entrando con fuerza lo que es la guerra de la informática por ser un factor indispensable en nuestros días, la tecnología esta acaparando en todo sentido para simplificar la vida del hombre por el cual el mismo debe buscar un equilibrio en tal sentido estudiaremos a continuación la ergonomía y su importancia.

Ergonomía y su importancia:

La ergonomía es un arte que su finalidad es que el hombre y la tecnología trabajen en armonía, diseñando y manteniendo los productos, puestos de trabajo, tareas, equipos, entre otros…, en conciencia con las características, medidas y limitaciones humanas. Dejar de considerar los principios de la Ergonomía llevara a diversos efectos negativos que en general se expresa en lesiones, enfermedades, o deterioro de productividad y eficiencia.

Factores de riesgos: Entre estos tenemos:

*Accidentes por caídas: normalmente son en suelo llano, pero en cualquier de los casos son frecuentes las roturas de brazos y piernas o heridas en la cabeza, y hasta algunos son mortales. Y solo para evitarlos, no hay que correr por los pasillos, simplemente hay que caminar.

*Uso de escaleras: cada año ocurren 5.000 accidentes por caídas en las escaleras y esto ocurre por circular demasiado deprisa, y se puede evitar, no saltando ni correr solo usar los escalones

*Golpes o cortadas con objetos: no tener cerca objetos puntiagudos o cortantes, la tijera debe estar con las puntas hacia adentro, evitar tener plantas puntiagudas y espinosas, prevenir posibles infecciones.

*Orden y limpieza: hay que mantener el orden y la limpieza del lugar de trabajo, ya que puede ocasiona: incendios, golpes al caer de arriba, entre otros.

*Riesgos eléctricos: 2.000 accidentes son ocasionados debido a la electricidad por año, y la mayor parte son de 220 voltios.

*seguridad contra incendios: es casos de incendios hay que evacuar el lugar rápido y seguro, no debe utilizar el ascensor en caso de incendios y salir por puertas de emergencia

Además en nuestra ley general el trabajo afirma .

Art. 84.- La indemnización por accidente solo procede cuando la víctima prestó servicios en la empresa por lo menos 14 días antes, y si la incapacidad para el trabajo excede de seis.

Art. 87.- Las consecuencias de los accidentes o de las enfermedades profesionales que dan derecho a indemnización, se clasifican en:

• a) muerte

• b) incapacidad absoluta y permanente

• c) incapacidad absoluta y temporal

• d) incapacidad parcial y permanente

• e) incapacidad parcial y temporal

Art. 88.- En caso de muerte, los herederos, conforme a la ley civil, tendrán derecho a indemnización igual al salario de dos años, contados por meses de treinta días.

OBLIGACIONES DEL PATRON HACIA EL EMPLEADOR

El empleador tiene obligaciones y derechos que se deben cumplir en su empresa o institución en este caso mostraremos las prestaciones económicas, que tipo incapacidad son las que tiene que pagar con obligación al trabajador por prestar sus servicios.

Prestaciones económicas

Se clasifican en incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes y auxilio funerario.

• Incapacidad temporal

Es cuando a causa de un accidente, el trabajador debe ausentarse de su trabajo por un período de tiempo superior a un día. Durante el tiempo que dure la incapacidad, el afiliado recibirá un subsidio equivalente al 100% de su salario base de cotización. Se reconoce esta prestación por un máximo de dos períodos de 180 días cada uno.

• Incapacidad Permanente Parcial

Es cuando al afiliado se le presenta una disminución definitiva, igual o superior al 5%, pero inferior al 50% de su capacidad laboral, para la cual ha sido contratado o capacitado, se le reconocerá una indemnización en proporción al daño sufrido, equivalente a una suma no inferior a un salario base de liquidación.

• Pensión de invalidez

Es el monto que recibe mensualmente el afiliado que ha sido calificado como inválido como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Este monto varía de acuerdo con:

• Cuando el inválido requiere del auxilio de otra u otras personas para realizar las funciones elementales de su vida, el monto de la pensión equivale a un 15% de incremento en el valor de la pensión.

Esta pensión se ajusta anualmente, el primero de enero de cada año, en el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor total nacional.

• Pensión de sobrevivientes

Es el valor de la pensión que se origina con la muerte de un afiliado como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. Tendrán derecho a esta pensión:

•En forma vitalicia, el cónyuge o compañero(a) permanente.

•Los hijos menores de 18 años y hasta 25 si son estudiantes.

•Los hijos inválidos en forma vitalicia.

•A falta de cónyuge e hijos serán beneficiados los padres que dependieran económicamente del afiliado.

•A falta de cónyuge, compañero(a) permanente, padres e hijos con derecho, serán beneficiarios los hermanos inválidos si dependieran económicamente del afiliado.

Menciona el Art. 83.- Si la enfermedad, por su naturaleza o causa, hubiere sido contraída gradualmente el último patrono pagará una parte proporcional de ella, teniendo el trabajador acción para obtener el resto de quienes hubieren utilizado sus servicios durante el último año.

Art. 84.- La indemnización por accidente solo procede cuando la víctima prestó servicios en la empresa por lo menos 14 días antes, y si la incapacidad para el trabajo excede de seis.

Cuando un asegurado sufra un accidente o enfermedad en ejercicio o con motivo de su trabajo, o bien un accidente al trasladarse directamente de su domicilio al lugar de trabajo o viceversa, de considerarlo necesario el médico le expedirá un certificado de incapacidad temporal para el trabajo.

Art. 85.- El patrono dará cuenta del accidente dentro de las 24 horas de ocurrido, al Departamento del Trabajo o a la autoridad política más próxima. Tratándose de enfermedades profesionales, la víctima u otra persona avisará al patrono para que lo trasmita a la autoridad indicada. Sin éste aviso, la indemnización se calculará teniendo en cuenta la clase, grado y duración que habría tenido la incapacidad si se hubiera prestado oportunamente atención médica farmacéutica. Las autoridades policiarias que reciban éstos avisos, informarán detalladamente sobre el caso al Departamento del Trabajo.

Art. 86.- Si no se hubiera pactado salario, el cálculo de indemnizaciones se hará sobre la base del mínimo.

El procedimiento para la expedición de certificados de incapacidad por riesgo de trabajo, es el siguiente:

1. El médico deberá entregar al trabajador asegurado la "Copia Asegurado" y la “Copia Patrón" del certificado de incapacidad; ésta última se deberá entregar en la empresa, ya que justifica la ausencia en el trabajo durante el padecimiento. La "Copia Asegurado" del certificado de incapacidad será el documento que deberá presentar en la ventanilla del banco para el cobro del subsidio.

2. Al momento de recibir la primera atención médica el asegurado, o en su caso los familiares, deberán solicitar el formato denominado "Aviso de Atención Médica y Calificación de Probable Accidente de Trabajo". El asegurado o sus familiares deben llevar este formato a la empresa, con la finalidad de que sea llenado, reportando las circunstancias o los motivos que originaron el accidente.

3. Con base en la información que contenga el formato, el médico calificará el accidente o enfermedad como "Si, de trabajo" o "No, de trabajo". En caso de que se califique como "No, de trabajo“, la incapacidad se clasificará como Enfermedad General, y se tendrá derecho al pago de subsidios

Los requisitos que señalan la Ley del Seguro Social y demás normatividad vigente para tener derecho al pago del subsidio por riesgo de trabajo son:

• Estar vigente en el régimen obligatorio como asegurado

• Hacer del conocimiento al patrón para que llene el formato "Aviso de Probable Accidente de Trabajo".

• Que el accidente o enfermedad le sea calificado como "Si de trabajo" por los Servicios de Salud en el Trabajo.

Art. 97.- Se instituirá para la protección del trabajador en los casos de riesgo profesional, el Seguro Social Obligatorio, a cargo del patrono. Abarcará también los casos de incapacidad, incluso aquellos que no deriven del trabajo, en cuyo caso las cargas recaerán sobre el Estado, los patronos y los asegurados.

Art. 98.- La institución aseguradora responderá del pago total de las indemnizaciones, rentas y pensiones, quedando entonces relevado el patrono de sus obligaciones por el riesgo respectivo.

Conociendo el concepto de riesgo de trabajo y los pasos mas generales para poder partir hacia la formulación de las preguntas científicas.

¿Cuáles son las concepciones que en los entornos laborales se tiene del riesgo profesional y los factores de riesgo que los ocasionan?

Se entiende por Riesgo Profesional, el accidente que se produce como consecuencias directa del trabajo o labor desempeñada y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.

Es importante tener en cuenta que durante la ejecución de cualquier actividad de tipo laboral, pueden generarse Riesgos Profesionales, ya sean accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales, que afectan la salud de los trabajadores y por lo tanto, requieren de ciertas medidas de prevención, para reducir los efectos producidos.

De igual manera el Programa de Salud Ocupacional busca la protección y el mejoramiento de la salud física, social y mental de los trabajadores en sus puestos de trabajo. Para ello se hace necesaria la planeación y ejecución de actividades de medicina preventiva, seguridad e higiene industrial que requiere apoyo de la institución y la participación de los trabajadores.

¿Cuáles son las aplicaciones a la normatividad sobre los riesgos en el trabajo?

Como primera medida la aplicación de medidas adecuadas para prevenir y controlar los riesgos en el medio ambiente del trabajo. Las normas y reglamentos si no se aplican, carecen de utilidad para proteger la salud de los trabajadores, y su aplicación efectiva suele exigir la implantación de estrategias tanto de vigilancia como de control. La ausencia de unas normas obligatorias por ley no debe ser obstáculo para la aplicación de las medidas necesarias a fin de prevenir exposiciones nocivas o de controlarlas para que se mantengan a nivel mínimo posible.

¿Cuáles son las acciones de seguimiento que se realizan en los entornos laborales para los riesgos en el trabajo detectados?

El enfoque mas eficiente para prevenir los riesgos en el trabajo consiste en introducir controles técnicos que eviten las exposiciones profesionales actuando en el medio ambiente de trabajo y en consecuencia, reduciendo la necesidad de que los trabajadores o las personas que puedan verse expuestas tengan que poner algo de parte.

Por otra parte cuando se ubica el riesgo existe la medida técnica, la cual exige la modificación de algunos procesos o estructuras mecánicas, es importante tener en cuenta que la finalidad es eliminar o minimizar el riesgo.

Para concluir una medida preventiva es la formación y educación en cuanto a Higiene Personal se refiere, cabe anotar que si un trabajador no tiene muy claro el concepto de seguridad e higiene industrial, es muy difícil que maneje un entorno laboral adecuado.

¿Cuales son las relaciones entre riesgo profesional, riesgo, factor de riesgo, condición de trabajo fuente de riesgo y peligro?

Las relaciones es que todas se presentan en diferentes sitios y entornos de trabajo diferentes, afectando directa o indirectamente la salud del trabajador. Existen situaciones de riesgo en los puestos de trabajo como la tecnificación de la actividad laboral que da lugar a la aparición de máquinas con más variadas funciones, sustancias químicas, fuentes de energía diversas, etc. Como aspecto particular de la vida humana, el ambiente de trabajo refleja las condiciones en las cuales el trabajador debe desempeñar su oficio en una empresa y su ocupación especifica en su puesto de trabajo.

Esta determinado por todos los aspectos físicos, químicos, biológicos, tecnológicos, sociales y sicológicos que rodean el puesto de trabajo y la ocupación que ejecuta el trabajador, estos aspectos son las Condiciones de Trabajo.

La calidad del ambiente de trabajo esta muy relacionado con los riesgos a los cuales esta sometido todo trabajador y la carga de trabajo que debe asimilar.

Un buen ambiente de Trabajo hace que la ocupación laboral genere una mínima carga de trabajo y que por lo tanto ocasione menos fatiga o cansancio a nuestro cuerpo los cual redundaría en menores riesgos para nuestra vida.

Una adecuada planificación del ambiente del trabajo permite disminuir la carga de trabajo, eliminar muchos riesgos innecesarios, y reducir al mínimo otros, con lo cual se evitan accidentes laborales y se preserva la salud del trabajador.

¿Cuales son los aportes significativos que hace nuestra ley a la determinación de la enfermedad profesional?

En caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador afiliado cuenta con:

1 • Prestaciones asistenciales

Son las prestaciones a las que tiene derecho un trabajador en el momento de sufrir un accidente o detectar una enfermedad profesional, que requieran atención médica. Las prestaciones a que se tiene derecho son:

 Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.

 Servicios de hospitalización.

 Servicio odontológico.

 Suministro de medicamentos.

 Servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento.

 Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de deterioro o desadaptación, cuando a criterio del rehabilitador se recomiende.

 Rehabilitaciones física y profesional.

¿Serían importantes los modelos estadísticos y los sistemas de vigilancia epidemiológica como estrategias de seguimiento y evaluación permanente al desarrollo de la salud ocupacional en los entornos laborales?

Históricamente los sistemas de vigilancia epidemiológica han surgido como instrumentos para evitar situaciones críticas en salud que puedan repercutir a nivel local y mundial. Actualmente la tecnología disponible permite que una gran cantidad de información sea almacenada, posibilitando con ello el relacionamiento de datos. Los esfuerzos de los países por mantener a sus poblaciones sanas los lleva a instalar sistemas de vigilancia cada vez más completos y sofisticados; estos sistemas nos pueden permitir conducir investigaciones epidemiológicas para entender el origen de los problemas y las formas de controlarlos.

Entre los objetivos que persigue un programa de vigilancia, uno de los fundamentales es la descripción epidemiológica de problemas de salud con el fin de monitorear tendencias en la tasa de aparición de una enfermedad y proveer una perspectiva histórica de estas tendencias: la detección de un aumento en los eventos adversos a la salud pueden alertar a los organismos de salud y generar la necesidad de mayor investigación.

Los sistemas de vigilancia ocupacional no proporcionan grupos de comparación de trabajadores sin el problema de salud en cuestión; sin embargo, una de las ventajas es que pueden permitir comparaciones entre grupos definidos claramente por variables socio demográfico, e incluso si se proporcionan grupos de referencia es posible el cálculo de tasas. A diferencias de otras fuentes de datos, los sistemas de vigilancia ocupacional son útiles en estudios ecológicos que analizan la frecuencia de la enfermedad o problema de salud en una perspectiva colectiva espacial muy bien definida. Dado lo anterior y cuando el propósito es investigar usando bases de datos de vigilancia epidemiológica ocupacional, resulta ser un medio bastante económico para aclararnos algunas hipótesis investigativas de carácter nacional o mundial.

¿Qué podemos decir acerca del trabajo infantil?

Los elevados índices de pobreza desde hace varios años han afectado la esfera de ocupación de las mujeres, los niños, niñas y adolescentes, situación que se refleja en “el padrón de ocupación laboral que se modificó sustancialmente, provocando una masiva inserción de mujeres, jóvenes y niños al mercado laboral

¿Cuántas niñas y niños trabajadores hay en Bolivia?

De acuerdo a los índices oficiales, actualmente existen 171 millones de niños trabajadores en todo el mundo. Situación que también se refleja en la realidad boliviana, donde según el Programa de las Naciones Unidas “4 de cada 10 niños trabajan”.

Pero un aspecto que llama la atención es que los datos oficiales en Bolivia se contradicen ya que existe una “falta de coincidencia entre las distintas fuentes oficiales, por ejemplo, en el año 2001, la MECOVI reportaba la existencia de más de 725 mil niños, niñas y adolescentes trabajadores en Bolivia, mientras que el censo 2001 registraba 313 mil en el país”

Además, “los datos del Censo de Población y Vivienda subestiman la verdadera magnitud de niños, niñas y adolescentes insertos en la actividad económica” y este hecho marca el principio de la invisibilidad y la alta vulnerabilidad a la que se enfrentan, ya UNICEF hablaba de la invisibilidad de la que son sujetos.

¿Qué hacer para abordar la situación?

Particularmente las entidades públicas hasta la fecha han desarrollado actividades puntuales y aisladas, sin seguir una estrategia, realizando acciones de poco impacto, que no atienden las causas estructurales del trabajo infantil y por tanto no repercuten significativamente en una solución verdadera a la situación de los niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo, actualmente no existe ninguna estrategia de eliminación del trabajo forzoso, ni programas puentes de erradicación del trabajo infantil, exceptuando el programa “Mi primer empleo digno” dirigido a mayores de 15 años, dejando de lado la atención de miles de niños y niñas menores de 14 años que cada día se ven en la necesidad de trabajar.

Los niños y niñas tienen derecho a ser protegidos y atendidos por el estado, ya que de acuerdo al Código niño, niña y adolescente “las defensorías de la niñez y adolescencia y las dependencias pertinentes a las direcciones departamentales de trabajo, tienen la responsabilidad de velar y asegurar para que se efectivicen los derechos y la protección integral establecidos para el derecho a la protección en el trabajo”.

Frente a esta realidad el Observatorio de Derechos Humanos y Centro de Recursos de Información, que es una red de 27 organizaciones de la sociedad civil (ONG, fundaciones y organizaciones sociales) y entidades públicas y del estado (como la Defensoría del Pueblo y la Jefatura Departamental de Trabajo) ha conformado una Comisión de Niñez, Adolescencia y Juventudes, que tiene como una línea prioritaria de atención el Trabajo Infantil, y en una fecha tan particular como el 12 de junio, Día Mundial contra el trabajo infantil, en el marco de la campaña de sensibilización e incidencia pública por los derechos Todos x Todas. Tod@s x los derechos .

CONCLUSIÓN.-

Según planteadas estas preguntas científicas se da la posible solución de mejorar nuestro entorno para así tener un país digno soberano y sobre todo con buena base de cultura de seguridad en cuanto a riesgos de trabajo

Aunque ya en 1989 la Convención de los Derechos de la Infancia especifica los derechos infantiles destacando “el derecho de todo niño y niña a ser protegido/a contra cualquier explotación económica y realizar trabajos peligrosos o que puedan interferir en su educación”, la realidad nos muestra que día a día los niños, niñas y adolescentes en situación de trabajo sufren explotación y la violación de sus derechos fundamentales como el derecho a la educación a la salud y a la protección departe del estado, los empleadores y los propios padres y madres.

Aun no se tiene una buena base sobre lo que significa seguridad e higiene porque aun no hay conocimiento de las leyes que da el gobierno. En los casos de los niños/as adolescentes y jóvenes se tiene que tener un conocimiento y valoración hacia a ellos porque nuestra realidad en el país es cruda mucho trabajo con salario ínfimo por la inflación y el alza de precios afectan y devastan a esta generación para poder tener un nivel de vida digno.

Y hacer recuerdo a las autoridades gubernamentales y municipales que tomen en cuenta el pronunciamiento emitido por la Defensoría del Pueblo con el apoyo del Observatorio de Derechos Humanos y Centro de Recursos de Información que especifica sobre los riesgos de trabajo. También para complementar realizar una actualización sobre las diferentes leyes, códigos, decretos existentes en el país como en el caso de LA LEY GENERAL DEL TRABAJO.

Recomendaciones:

Política de Prevención de Riesgos Laborales.- Para tener una buena seguridad en cualquier espacio de trabajo se debe tomar en cuenta

• Iluminación: el calor, de la luz se erigirá el blanco neutro o el blanco caliente, el blanco caliente crea un ambiente luminoso agradable y aumenta el confort visual

• calidad de aire: ventilar en forma correcta, dependiendo, sea invierno la calefacción y en verano el aire acondicionado.

• Contaminación: mantener las maquinas químicas lejos, aumentar la velocidad de los ventiladores de entrada de aire, si se es alérgico pedir que no utilicen velas perfumes a los compañeros.

• Ruidos: disminuir el sonido de celulares, teclados, ventiladores entre otras maquinas ruidosas

• *Establecer normas de seguridad general y específica para la realización de tareas generales de oficina para la prevención de los siguientes riesgos:

 -Incendios

 -golpes y locantes

 -riesgo eléctrico

 -resbalones y caídas

 -problemas postulares y

 -fatiga ocular.

Por otro lado, el proyecto de directrices técnicas de la OIT sobre Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, señala que el empresario debe exponer por escrito la política en materia de seguridad y salud, que debe reunir los siguientes requisitos:

a) Ser específica para la organización así como adecuada y coherente con su tamaño y con la naturaleza de sus actividades.

b) Ser concisa, estar redactada con claridad, estar fechada y hacerse efectiva mediante la firma, o procedimiento equivalente, del empleador o de la persona e mayor rango de la organización.

c) Ser difundida y fácilmente accesible para todos los miembros de la organización, incluyendo los trabajadores y/o sus representantes.

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