Rrupción en las compras estatales en Panamá “Caso Odebrecht”
valeria.astorgaEnsayo30 de Septiembre de 2019
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Corrupción y empresas
[pic 1]Ciclo 2018-1
Trabajo Final
Corrupción en las compras estatales en Panamá
“Caso Odebrecht”
Integrantes
Valeria Astorga
Maria Jose Fernandez
Suemi Gushiken
Claudia Yupari
Macarena Duharte
Docente
Cesar Aguilar Surichanqui
LIMA-PERÚ
2018
ÍNDICE
1. Introducción 3
2. Legislación en Panamá 6
2.1 Contraloría General de la República de Panamá 7
2.2 Dirección General de Contrataciones Públicas 8
2.2.1 Semejanzas y Diferencias entre la Contraloría y el DGCP 8
2.2.2 Vinculación del tema con Caso Odebrecht 9
2.3 Ley de Contrataciones Públicas 9
2.3.1 Ley 22 del 2006 9
2.3.2 Ley 22 del 2018 10
3. Caso Odebrecht 11
3.1 Desarrollo del Caso 12
3.2 Proyectos Pendientes de Odebrecht 14
3.3 Involucrados en caso Odebrecht 16
3.4 Acuerdo “Colaboración Eficaz” 18
3.5 Resolución del Caso Odebrecht hasta la fecha 18
4. Consecuencias Económicas 23
5. Conclusiones 28
6. BIbliografía 31
Índice de Tablas
Tabla 1: Índice de percepción y ranking de la corrupción en Panamá (2001 - 2017) 4
Tabla 2: Evolución del PBI Per Cápita de Panamá 24
Tabla 3: Evolución de la deuda en Panamá 26
Tabla 4: Índice de Gini de Panamá 27
Índice de Gráficos
Gráfico 1: Índice y Percepción de la corrupción en Panamá 5
Gráfico 2: Precio total (obras 2019) vs. Multa 15
Gráfico 3: Evolución del PBI Per Cápita de Panamá 25
Gráfico 4: Evolución de la deuda de Panamá 26
Gráfico 5: Índice de Gini de Panamá 27
Indice de Imagenes
Imagen 1: Investigados en Panamá - Escándalo Odebrecht 16
Imagen 2: Lista de implicados por caso de Odebrecht 20
Imagen 3: Contratos adjudicados a la constructora Odebrecht en el 2018 22
1. Introducción
En el año 2017, Panamá obtuvo 37 puntos en el Índice de percepción de la Corrupción según los resultados publicados por la Organización para la transparencia Internacional. Su puntuación descendió con respecto al último informe, lo que significa que los panameños han percibido un incremento de la corrupción en el sector público del país durante los últimos años. El índice de percepción de la corrupción clasifica a los países puntuándolos de 0 (percepción de altos niveles de corrupción) a 100 (percepción de muy bajos niveles de corrupción) en función de la percepción de corrupción del sector público que tienen sus habitantes.
Además, esto originó que su posición respecto al resto de países empeore, colocándose en el puesto número 96 de los 180 países que conforman el ranking de corrupción gubernamental. Asimismo, no solo es un problema que afecta a la economía del país, sino que también tiene una repercusión en la democracia del mismo y también a nivel internacional.
2. Legislación en Panamá
2.1 Contraloría General de la República de Panamá
En Panamá, la entidad fiscalizadora superior es la Contraloría General de la República de Panamá. Ésta, desempeña diversas funciones, pero en general se encarga de controlar la legalidad de los actos de la Administración Pública, investigar y regular los movimientos de los ingresos y las inversiones de los diversos fondos, como fiscales y de los otros entes que decreten las leyes, examina y juzga las cuentas de los funcionarios públicos, entidades o personas que manejen bienes fiscales y municipales y se encarga de operar la contabilidad general de la Nación.
La Contraloría General de la República de Panamá, tiene la potestad para investigar los casos de corrupción en el país, de hecho, esa es su función principal. Si es que ocurriese uno, la contraloría, además de investigar, tiene la capacidad de imponer o recomendar sanciones administrativas para luego pedir a la entidad encargada, en este caso, el Ministerio Público de Panamá o Fiscalía de Panamá, la uaplicación de la sanción debida. La Fiscalía de Panamá, es un organismo autónomo, la cual tiene como función presidir la investigación de los delitos y en caso encuentre algún caso culpable, impone la accion penal publica de acuerdo a las estipulaciones de la ley, además tiene como función disponer medidas de protección para las víctimas y los testigos.
De acuerdo a la ley Orgánica de la Contraloría General de la República, según el artículo 68 “POTESTAD PARA ORDENAR Y RECOMENDAR SANCIONES”: La Contraloría General de la República, sin perjuicio de otras sanciones previstas por ley, cuando en el ejercicio de sus potestades determine que un servidor de los sujetos pasivos ha cometido infracciones a las normas que integran el ordenamiento de control y fiscalización contemplado en esta Ley o ha provocado lesión a la Hacienda Pública, recomendará al órgano o autoridad administrativa competente, mediante su criterio técnico, que es vinculante, la aplicación de la sanción correspondiente de acuerdo con el mérito del caso. La Contraloría formará expediente contra el eventual infractor, garantizando, en todo momento, un proceso debido y la oportunidad suficiente de audiencia y de defensa en su favor. La autoridad competente del sujeto pasivo requerido deberá cumplir, dentro del plazo que le establezca la Contraloría, con la recomendación impartida por esta; salvo que, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la comunicación del acto, se interponga una gestión de revisión, debidamente motivada y razonada, por parte del jerarca del sujeto pasivo requerido. En este caso y una vez resuelta la gestión indicada, deberá cumplir, sin dilación, con lo dispuesto en el pronunciamiento técnico jurídico final de la Contraloría, so pena de incurrir en el delito de desobediencia, sin perjuicio del régimen de prescripciones contemplado en esta Ley.
2.2 Dirección General de Contrataciones Públicas
Así como en el Perú existe la OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado), el cual se encarga de proponer mejoras en los procesos de contratación con el Estado para impulsar transparencia y lucha contra la corrupción, en Panamá, existe la Dirección General de Contrataciones Públicas. Esta entidad, tiene como función administrar el Sistema Electrónico PanamaCompra, es una entidad independiente, la cual tendrá la capacidad de regular, analizar, investigar y asesorar en los procedimientos de selección de contratista que elaboran luego los establecimientos estatales y se encuentra sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de la República y a las políticas del Órgano Ejecutivo, lo cual será el vínculo con el Ministerio de Economía y Finanzas.
El sistema PanamaCompra, es un Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas de la República de Panamá, el cual fomenta la transparencia, eficacia y eficiencia en las compras estatales. A través de este sistema, se puede obtener información sobre los productos y servicios que son necesitados por el sector público de Panamá, por esa razón, aquí se encuentran los compradores y proveedores del Estado, los cuales pueden examinar las opciones de negocio existentes y elaborar sus transacciones comerciales. Además, por medio de este sistema se puede saber qué es lo que compra el Estado, a quien le compra y cuanto es el monto de la compra, para de esta manera, poder exponer todo a los ciudadanos y ser transparentes. Sin embargo, en este sistema, pueden postular empresas de ciertos bienes y servicios, no de todos, como por ejemplo, agencias de turismo. Por ejemplo, aquí no podrían postular empresas constructoras que quieran participar por una licitación, puesto que en el sistema no está incluido el rubro de construcción.
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