SITUACIÓN ACTUAL E IMPACTO DEL ABORTO CLANDESTINO EN EL PERÚ
Jaime QGInforme24 de Mayo de 2020
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FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
Administración de Empresas
SITUACIÓN ACTUAL E IMPACTO DEL ABORTO CLANDESTINO EN EL PERÚ
DANAE YSABELLA BARDALES TRAUCO
SHARIE ALEJANDRA BARDALES YARICAHUA
ALVARO FRANCO BELLIDO GARCIA
JAIME ENRIQUE QUISPE GONZALES
KIARA BRUNELLA ROQUE REYES
SARA FIORELLA SALAZAR LAGUNA
Lima-Perú 2019
ARGUMENTACIÓN
Abordaremos el presente tema hablando de la situación actual del país respecto al aborto clandestino. En el Perú se está atrasando cada vez más en normativas que prevalezcan la integridad de la mujer en casos de aborto, puesto que la única forma legal de esta práctica es el aborto terapéutico, el cual, según Valenzuela:
Es la interrupción del embarazo cuando el feto no es viable, o a la muerte provocada de un ser humano in utero porque ese embarazo o ese ser humano compromete gravemente la vida de la madre y, de no proceder en esta forma moriría la madre con ese humano en gestación y, en algunos casos, los mellizos o gemelos acompañantes (2003).
Dicha situación, no corresponde a todos los casos de mujeres que quieren abortar, ya que para aquellas que forman de este grupo y abortan por casos de violación o por daños eugenésicos; el primer código penal de Perú, de 1863, les otorga pena reducida por móvil de honor para así proteger la reputación de las mujeres y, sobre todo, de la familia a la que pertenecían. Sin embargo, lo que estas mujeres quieren es la legalidad de poder abortar para así poder encontrar establecimientos especializados en el tema que las puedan atender sin importar las razones y así perder menos vidas por casos en que se dirigen a personas que no tienen las competencias necesarias ni los estándares médicos para atenderlas. Estas acciones traen terribles consecuencias como las mencionadas por Taype, quien indica que:
A pesar de que en Perú no se cuentan con cifras sobre el impacto del aborto inseguro, se estima que cada año causa 28 652 hospitalizaciones y 58 muertes. Además, la no despenalización del aborto traería como consecuencia 27 166 hospitalizaciones y 54 muertes al año en el Perú, cifras que merecen ser tomadas en consideración al debatir este tema. (2016, p. 829).
Por otro lado, aunque en el Perú sea legal la forma terapéutica de aborto, esta está frente a la inexistencia de una norma que determine el procedimiento de su ejecución, el Estado Peruano ha pasado por dos demandas en tribunales internacionales por dos hechos relacionados con la inestabilidad de la ley en pro del aborto. De los dos, el más destacado es el de Noelia Karin Llanto, quien a sus 17 años (2001) se realizó una ecografía en el Hospital Nacional Arzobispo Loayza por su embarazada, en el cual se le detectó el feto anencefálico. Tras la dura noticia, Karin decidió realizarse un aborto en el mismo hospital donde se realizó la ecografía, sin embargo, este se le fue negado. Pasados los 9 meses, Noelia da a luz al bebé quien muere a los 4 días de nacido, situación que afectó a la madre, puesto que le causó daños en su salud mental. Es por estos hechos que Noelia Karin Llantoy Huamán (representada por las organizaciones DEMUS, CLADEM y Center for Reproductive Law and Policy) denuncia al Estado Peruano, ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) por la resistencia de la comunidad médica, a cumplir con la disposición legal para autorizar el aborto terapéutico, en el cual expuso que se fueron violados los artículos 2º, 7º, 17º y 24º del Pacto Internacional por los Derechos Civiles y Políticos. De esta manera Llantoy propuso se le brinde recurso en efectivo, que incluya una indemnización, pero además la obligación de adoptar medidas para evitar que se comentan violaciones semejantes en el futuro. El 17 de noviembre de 2015, Noelia Karin Llantoy Huamán, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, llegaron a una conciliación ante un Centro de Conciliación Gratuito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en el que se le brindó lo solicitado con una indemnización de S/166,000.00 (Suarez, 2016).
No obstante, tras este antecedente, el cual no es el único, nuestras autoridades no han tomado cartas en el asunto, sin importar la cantidad de vidas que se pierde cada año por el aborto clandestino. Si la legalización del aborto no es la solución, ¿cuál la es?
Asimismo, el aborto es noticia de todos los días y gracias a la globalización nos podemos enterar de todo lo que pase en el mundo. El aborto tiene un efecto muy delicado, ya que no tenemos las tasas exactas de cuantos se producen y se realizan en el sector público como el privado, al igual, que legal y clandestino. Según la Organización Mundial de la Salud y el instituto Guttmacher refiere que:
De 2010 a 2014 se produjeron en todo el mundo 25 millones de abortos peligrosos (45% de todos los abortos) al año, según un nuevo estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Instituto Guttmacher publicado hoy en The Lancet. La mayoría de abortos peligrosos (97%) se produjo en países en desarrollo de África, Asia y América Latina. (2017)
Un artículo del diario La Semana nos relata que la mayor cantidad de abortos en el mundo suceden en lugares que están en camino de cambio de legislación o donde el aumento del aborto clandestino es severo por las restricciones de cada país por las leyes estrictas e irrefutables, ya que solo actúan en situaciones específicas. (ver en Anexo 1)
El primer país que legalizó el aborto fue Rusia en 1920 durante la revolución de 1917 para evitar los abortos clandestinos y defender los derechos de la mujer. En 134 países del mundo permiten el aborto bajo condiciones estrictas y solo 5 países lo prohíben totalmente los cuales son El Vaticano, Malta, República Dominicana, El Salvador y Nicaragua. (2003) (ver en Anexo 2) https://www.reproductiverights.org/sites/crr.civicactions.net/files/newsletter/crr_spanish_globalview.pdf
https://www.guttmacher.org/sites/default/files/factsheet/fs-aww-lac-es.pdf
Del mismo modo para el caso latinoamericano donde El Comercio nos muestra una postura que los países ya están cambiando su forma de pensar o actuar sobre el aborto. Actualmente, los países latinoamericanos están poniéndose al corriente de la modernidad a pesar de tener 2 de los países más estrictos en el mundo aceptando la importancia del derecho de decidir de la mujer.
https://www.researchgate.net/profile/Susheela_Singh/publication/237283404_La_Incidencia_del_Aborto_Inducido_a_Nivel_Mundial/links/0deec525dac38390d8000000.pdf
En 2017, Chile puso fin de 30 años de prohibición total del aborto, pero solo lo permite en tres casos que son violación, problemas con el feto o riesgo de muerte de la madre. Además, en América Latina tenemos países que siguen la misma legislación como en México, Perú, Brasil y Ecuador, pero en Uruguay, Cuba y Puerto Rico no hay ninguna restricción. En los últimos 60 años, muchos países han cambiado su legislación para permitir el aborto a raíz de las situaciones ocurridas en todo este tiempo. (2019)
En conclusión, las restricciones de aborto no reducen la tasa de aborto sino la disminución de la tasa del riesgo de muerte de mujeres, según la OMS. La mejora en el apoyo de los derechos hacia las mujeres permite que cada persona tenga voz, es decir, que se sientan partícipes del cambio.
Siguiendo con la línea del tema, presentaremos el marco legal del aborto en el Perú. Actualmente en el Perú es legal el aborto terapéutico, en el cual se interrumpe el embarazo donde peligra la salud de la mujer gestante, así evitando daños graves y permanentes en ellas. Sin embargo, no todas las realizaciones de abortos son dados en esta manera, ya que algunas mujeres que toman la decisión de abortar por otros motivos. Y estos lo hacen de manera clandestina. El Ministerio de Salud presentó el siguiente proyecto respecto a esta problemática:
“Guía Técnica Nacional para la estandarización del procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado en el marco de lo dispuesto en el artículo 119° del Código Penal” (2014)
Sin embargo, despenalizar el aborto es dejar de considerar delito la interrupción de un embarazo cuando se realiza por libre decisión de la mujer y, por ende, dejar de perseguir penal o judicialmente a mujeres que realizan el procedimiento. Significa respetar la decisión de las mujeres con respecto a la maternidad, para que esta no sea tomada como una obligación. También, se debería dejar de impulsar a evitar prácticas clandestinas de aborto donde las condiciones son inseguras, poniendo en riesgo su integridad, su salud y su vida. De acuerdo a lo referido en trabajo de Singh se entiende que:
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