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Sentencia Bosman


Enviado por   •  17 de Abril de 2022  •  Trabajos  •  1.288 Palabras (6 Páginas)  •  39 Visitas

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REFLEXIÓN SENTENCIA BOSMAN

El 15 de diciembre de 1995, Jean-Marc Bosman cambió el fútbol europeo. Bosman era un jugador belga, que pertenecía al real Fútbol Club de Lieja, primera división de su país, en 1990 se le intenta renovar el contrato, pero en él se fijan unas condiciones perniciosas, con un contrato a la baja donde se le reduce un 75% el salario con respecto al año anterior, asimismo estableció una indemnización de 11.743.000 francos belgas por su cesión, lo que correspondería a 400.000 euros en la actualidad.

En Francia el club de fútbol USL Dunkerque estaba interesado en contratar al jugador, pero no podían asumir esa indemnización. Fue entonces cuando Bosman inicia un pleito en contra de la UEFA (Unión de Asociaciones Europea de Fútbol), considerando injusto el denominado “derecho de retención”, que establecía que el equipo que quería reclutar a un jugador de fútbol profesional miembro de la Unión Europea debía abonar una compensación en concepto de transferencia, formación o promoción, una vez finalizada la relación contractual, poniendo trabas al progreso y ascenso de los trabajadores, un futbolista tiene una relación laboral especial, pero siguen siendo empleados contratados por una “empresa”.

Por aquel entonces, se limitaba la libre circulación de trabajadores estableciendo un número restringido de jugadores nacionales de otros países de la Unión Europea, concretamente se permitían un máximo de tres jugadores extranjeros.

La incesante lucha de Bosman no desiste, empeñado en combatir el Statu quo de las normativas jurídicas-deportivas, recurre en última instancia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea con sede en Luxemburgo para poner fin a dicha cuestión, se decretó que el artículo 48 del Tratado de Roma se opone “a la aplicación de las reglas dictadas por las asociaciones deportivas por las que un jugador de fútbol profesional procedente de un Estado miembro, cuando su contrato con un club expira, no puede ser empleado por otro club de un Estado miembro si este no ha entregado al club de origen una indemnización por traspaso, formación o promoción.”, es decir, se declara contraria a las indemnizaciones por traspasos, considerando que el límite de jugadores extranjeros no se puede aplicar a los ciudadanos europeos.

Esta sentencia se sostiene en una de las tres libertades fundamentales de la Unión Europea, la libre circulación de personas.

La libre circulación de personas; es esa posibilidad y derecho que tiene los ciudadanos de la unión europea para desplazarse de un país a otro sin necesidad de visados y de más trabas fronterizas. Hay una excepción solo incluye a los países firmantes del Acuerdo Schengen, pero de esta libertad se desglosan otras dos libertades más específicas.

  • Libre circulación de trabajadores: que siempre será dentro del contexto del trabajo por cuenta ajena. 
  • Libre circulación de profesionales: empleados por cuenta propia, crean puestos de trabajo.

Las otras dos libertades fundamentales son la libertad de mercancía que es una libertad indispensable, básica para el gran mercado, la Unión Europea mediante ésta los productos circulan libremente sin ninguna traba impositiva y la libre circulación de capitales esta libertad complementa esa integración económica y monetaria de la Unión Europea, tiene algunas excepciones entre ellas las que derivan del blanqueo de dinero.

El artículo 45 del Tratado Constitutivo de la Unión Europea regulaba la libre circulación de los empleados dentro del territorio europeo, prohibiendo expresamente la discriminación por razón de nacionalidad de los ciudadanos europeos.

Esta sentencia generó efectos jurídicos en el fútbol y los deportes en general.

“La Ley de Bosman” causó mucho revuelo, en un primer momento la UEFA se negaba a la aplicación de la misma, en la actualidad se favorece la libertad entre los comunitarios, a partir de esta sentencia los jugadores europeos pasaron de ser extranjeros a ser considerados nacionales.

Sus efectos se manifestaron a medio y largo plazo. Se originaron contratos televisivos millonarios, en España se dobló el número de jugadores foráneos, con el considerable gasto.

Los clubs más beneficiados fueron aquellos con más poder adquisitivo, como el Real Madrid, Barcelona, Juventus Manchester Unite y Manchester City.

En España se proliferó la libre circulación de futbolistas hispanoamericanos, debido al acuerdo de nacionalización en el que tras dos años continuados residiendo legalmente en España se obtiene la nacionalidad española, ergo se convierten en ciudadanos comunitarios de pleno derecho, también se aplica en Italia.

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