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Sintesis De La Ley Del Chaco


Enviado por   •  2 de Diciembre de 2014  •  1.585 Palabras (7 Páginas)  •  191 Visitas

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Ley del chaco

Por unanimidad, la Legislatura aprobó la ley de EducaciónEn una sesión extraordinaria, la Cámara de Diputados sancionó por unanimidad la ley Nº 6691 que regula la Educación de la Provincia del Chaco. El ministro Romero estuvo en el recinto. Los legisladores destacaron el nivel de consenso alcanzado.

La ley tuvo un amplio debate en la ciudad capital y en el interior provincial, en extensas jornadas donde los propios actores del sistema educativo aportaron sus propuestas las que fueron consideradas por los integrantes de la Comisión de Educación, Cultura y Biblioteca Legislativa, que preside Elba Altamiranda, y ocupa la Vicepresidencia María Lidia Cáceres, y la integran Avelino Milar, María Dolores Cristófani, Beatriz Vásquez, Wilma Molina, Delia González y Carlos Martínez, que dieron el despacho favorable a la propuesta que partió del Ejecutivo Provincial a través del proyecto de ley 3559/09, a la que se agregaron iniciativas de diversos sectores que fueron consensuadas en el ámbito de la cartera educativa.

La aprobación de esta importante norma contó con la presencia en el recinto de Sesiones “Deolindo Felipe Bittel” del ministro de Educación de la Provincia Francisco Romero, la Subsecretaria de Educación Norma Papinutti, la Subsecretaria de Educación Plurilingüe Elizabeth Guadalupe Mendoza, la diputada nacional María Inés Pilatti Vergara, primera ministra de Educación de la gestión Capitanich, integrantes del Congreso de Educación y representantes de los gremios docentes provinciales.

SINTESIS DE LA LEY

Principios, Derechos y Garantías

En primer término la ley determina los principios derechos y garantías, y al respecto establece que esta ley regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en todo el territorio de la Provincia del Chaco, consagrado por la Constitución Nacional en sus artículos 14 y 75 -tercer párrafo del inciso 19-, y los tratados internacionales incorporados a la misma; el derecho a la educación por la Constitución Provincial 1957-1994- en su artículo 79, por los principios y garantías de la ley de Educación Nacional Nº 26.206, las leyes de Educación Técnico Profesional y de Educación Superior en vigencia.

Paralelamente define que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal, social e inalienable, garantizado por el Estado Provincial, asegurando condiciones de equidad e igualdad.

Por otra parte la considera una prioridad provincial y se constituye en política de Estado para reafirmar la soberanía e identidad nacional y provincial, en el marco de la diversidad cultural y lingüística, para profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social sustentable de la Provincia.

Además fija que el Estado Provincial tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación pública integral, intercultural, permanente y de calidad para todos los habitantes de la Provincia, garantizando la igualdad, gratuidad, laicidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las familias, de las organizaciones sociales y de pueblos indígenas.

En este marco del estado de derecho y de una democracia participativa, el Estado Provincial garantiza, organiza, administra y financia la política educativa provincial, en concordancia con la política educativa nacional, y fiscaliza su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional e identidad provincial, sin perjuicio de la activa participación democrática de la comunidad educativa.

También es facultad del Estado provincial garantizar el Servicio Bibliotecario en todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo.

Fines y objetivos de la política Educativa

La norma fija los fines y objetivos de la política educativa provincial, hacia una educación de calidad, una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, cooperación, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural, objetivos que se detallan en 37 incisos en los que es válido destacar que se respeta la lengua y la identidad cultural, de los pueblos indígenas, promoviendo la valoración de la interculturalidad en la formación de los todos los educandos.

En otro de los puntos aseguran el respeto de la Lengua de Señas Argentina (LSA) y de la identidad de comunidades de personas sordas e hipoacúsicas.

Un párrafo está dedicado al compromiso social, ético y responsable, por parte de los medios masivos de comunicación, en la transmisión de contenidos y valores.

Sistema Educativo

La estructura del Sistema Educativo Provincial comprende 4 Niveles: 1) Educación Inicial. 2) Educación Primaria. 3) Educación Secundaria y 4) Educación Superior-, y diez (10) Modalidades.

A los efectos de la presente ley, constituyen Modalidades del Sistema Educativo Provincial aquellas opciones organizativas y curriculares de la educación, dentro de uno o más niveles educativos, que procuran dar respuesta a requerimientos específicos de formación y atender particularidades de carácter permanente o temporal, personales y contextuales, con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho a la educación y cumplir con las exigencias legales, técnicas y pedagógicas de los diferentes niveles educativos. Son Modalidades: 1) Educación Técnico Profesional;

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