Sociologia Y Derecho
luzita.quintana25 de Julio de 2014
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Sociología Jurídica.
Para comenzar este trabajo tendríamos primero que saber que es sociología, La Sociología es la ciencia que estudia los fenómenos socioculturales que surgen de la interacción entre los individuos y entre los individuos y su medio. Esta ciencia fue fundada por filósofo francesa Augusto Compte, nacido en Montpelier en el año 1798. Compte sentó las bases del Positivismo en su "Curso de filosofía Positiva" editada entre los años 1830 al 1842, y definió la sociología como ciencia.
La palabra derecho proviene del vocablo latino "directum" que significa en su primer origen, "lo que es bien dirigido" o "lo que no se aparta del buen camino".
Desde que conoci el derecho se me enseño esta definición: conjunto de normas En este tema me gustaría utilizar más la definición de sistema de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actuar social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común; ya que está mas relacionada y enfocada en la sociedad.
La sociología se subdivide mezclándose con el derecho formando la Sociologia Juridica o la Sociología del derecho; La Sociología Jurídica es una rama de la Sociología General que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho. La Sociología Jurídica parte del principio de que todos los fenómenos jurídicos son fenómenos sociales aunque no todos los fenómenos sociales son fenómenos jurídicos. También existen los fenómenos sociales no jurídicos, como son los fenómenos de usos sociales o costumbres que son de gran importancia para la vida en sociedad.
El fundador de esta disciplina lo fue el gran jurista Eugene Ehrlich, quien nació Czrnowitz, en ese tiempo parte de los antiguos territorios del desaparecido Imperio Austro-Húngaro, y que hoy pertenecen a la republica de Ucrania. El objeto en sí, de la sociología jurídica es el de descubrir las leyes o las causas que explican el nacimiento o génesis, el desarrollo y los diferentes sistemas e instituciones del derecho, y para esto trabaja dentro del marco de la Sociología General.
1. Características y temas relevantes.
Como principales características de la sociología jurídica podemos decir que es la existencia de orden social pacífico y espontáneo, contencioso, que se forma por libre arreglo de las voluntades individuales o colectivas, y que aunque, por lo regular surge conflicto, esto resuelven en buena parte sin necesidad de recurrir a normas abstracta, a través de la apreciación de la justicia del caso. Podemos señalar que la sociología jurídica es una rama de la sociología general, y tiene por objeto una variedad de fenómenos sociales, particularmente los fenómenos jurídicos o fenómenos de derecho. La sociología jurídica parte del principio que todos los fenómenos jurídicos son fenómenos sociales aunque no todo los fenómenos sociales no son jurídicos.
Soriano enumera siete características de la sociología del derecho:
No es paradigmática
* Es autónoma
* Es independiente
* Es interdisciplinaria
* Es informativa y crítica
* Es teórica-empírica
* Es omnicomprensiva y acumulativa
No es paradigmática.
La sociología es una ciencia abierta, por lo que no recorre todavía todo su camino temático y que sus conclusiones se presentan en el marco de la probabilidad, y no en el de la seguridad y certeza. Lo que no quiere decir que sea carente de cientificidad. Aunque la práctica de la sociología jurídica sea todavía muy marginal entre las ciencias sociales.
Es autónoma.
Una de las críticas a la sociología jurídicas es la falta de autonomía ya que depende tanto de la sociología general como de la ciencia jurídica. La autonomía se refiere estrictamente a aspectos metodológicos. Pero el hecho de que se llegue a consolidar la autonomía del carácter metodológico no convierte a la sociología jurídica en una ciencia independiente.
Es independiente.
La sociología del derecho debe ser una ciencia independiente que tenga como propósito estudiar las implicaciones que hay entre la sociedad y el derecho y la solución de los problemas derivados de esa interacción.
Es interdisciplinaria.
La interdisciplinariedad de la SJ (Sociología Jurídica) implica la apertura del investigador hacia los avances de la ciencia, teorías y descubrimientos. Segundo implica incorporar métodos de otras ciencias y tercero la colaboración solidaria de sociólogos y juristas.
Es Informativa y crítica.
El sociólogo es quien mejor conoce la realidad social y puede aportar soluciones reales y adecuadas a los problemas de la sociedad. Puede el sociólogo desarrollar una crítica social que surge de su trabajo investigativo. Y por sus temas de análisis se conecta con los intereses generales de la sociedad.
Es teórico empírica.
El carácter inicial de la sociología fue eminentemente teórico. Luego la investigación empírica derivó en una escasa producción teórica. La síntesis significa la tendencia actual a que la sociología jurídica adquiera ese equilibrio entre lo teórico-especulativo y lo empírico.
Es omnicomprensiva y acumulativa.
La sociología jurídica abarca todas las formas de interacción entre la sociedad y el derecho, además tiene un contenido acumulativo y en continuo crecimiento.
La sociología jurídica es rama de la sociología general, con el mismo título que los es, por ejemplo, la sociología religiosa, la sociología económica, la sociología de la educación. Esta rama de sociología jurídica tiene como objeto una variedad de fenómenos sociales.
Podemos precisar que la sociología jurídica o del derecho es una rama que trata de descubrir, explicar y predecir las distinta manera como las personas interactúan tomando como referencia positiva o negativa un conjunto de normas jurídicas.
De ahí, que la sociología estudia la interacción social, la que se encuentra, de acuerdo Felipe Bucito, conducida por un sistema de expectativas normadas socialmente, que definen posiciones sociales y a través de estos, losa comportamientos. La sociología general reconoce mucho menos fácil lo que viene o lo que puede venirle de sociología jurídica. A decir verdad, lo que está en cuestión, por intermedio de la sociología del derecho es la aportación del derecho mismo.
Las investigaciones de Sociología Jurídica han tenido un gran desarrollo en América y Europa principalmente, ocupándose de diversos temas y variedad de problemas sociológico-jurídicos que si bien por un lado enriquecen su conocimiento, de otro lado, le dan un carácter provisional a cualquier intento de explicar sus contenidos.
Admitiendo las limitaciones advertidas para dar cuenta de las principales investigaciones, consideramos que los campos de aplicación de la Sociología Jurídica son los siguientes:.
Subdivisión de las investigaciones.
Norberto Bobbio señala que las ramas tradicionales del Derecho tienen a su lado alguna disciplina del comportamiento humano como si fuera su propia sombra: el Derecho Constitucional, la Ciencia Política (o Sociología Política), el Derecho Administrativo, la Ciencia de la Administración, el Derecho Penal, la Sociología del comportamiento desviado, la Antropología Criminal, etc.[9]
En la Sociología Jurídica, Jean Carbonnier, citado por Renato Treves, ha demostrado que se puede romper la unidad de este conocimiento especializado e iniciar un proceso de subdivisión del mismo en muchas sociologías jurídicas particulares sobre el modelo de la subdivisión de la sociología en sociologías especiales, se puede así suponer que "detrás del Derecho Civil, del Derecho Mercantil, del Derecho Financiero, del Derecho Internacional Privado y Público, etc, está la posibilidad, si no la existencia, de otras tantas sociologías autónomas correspondientes".[10] Esta subdivisión permite distinguir que de las diversas ramas de la Sociología Jurídica, surgen nuevas ramas nacidas de las viejas, prácticamente más grandes y están mas desarrolladas que el árbol mismo. De estas últimas ramas destacan:
• 1) La Ciencia Política moderna,
• 2) La Ciencia de la Administración; y,
• 3) La Sociología Criminal junto con la Criminología en sus diversas acepciones.
2. Utilidad y vías de aproximación al derecho.
Entre las utilidades más específicas y significativas de esta ciencia esta que la socióloga jurídica se relaciona con otras disciplinas auxiliares del derecho como la historia del derecho, que incluye el derecho romano y el derecho comparado. Esta son disciplina auxiliares del derecho y sus autores estudian sistema jurídico.
El derecho romano constituye un sistema jurídico privilegiado porque es una parte del derecho positivo.
Por su parte, el derecho comparado tiene por objeto la búsqueda de los mejores modelos para reforma, ya sea esta legal, jurisprudencia o práctica, de los derechos nacionales, y en ningún caso intentan descubrir correlaciones entre los fenómenos jurídicos para establecer leyes científicas.
La jurídica es el intento de algunos tratadista de agrupar las disciplina sociológica jurídica, históricas del derecho comparado, para oponerla a la ciencia tradicional, puramente dogmática. La característica principal seria la aplicación del método comparativo a los fenómenos jurídicos.
En el
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