Sucesiones intestamentarias
gabriela.tellez14 de Septiembre de 2014
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LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA SUCESION LEGITIMA
El derecho de las sucesiones es parte de los Derechos Reales y se encarga del estudio y aplicación del patrimonio, cuya permanencia jurídica, permite que a lamuerte de su titular, sea asignado otro, con el reconocimiento que la ley, laautoridad judicial y los herederos, coherederos y legatarios quieran darle. Así tenemos que en las sucesiones participan:
El primer grupo lo supone la familia, en términos generales o de las personas allegadas al difunto, por tanto se refiere al caso de:
El de cujus o titular de la herencia, el fallecido de quien trata la sucesión
Los herederos, que constituyen hijos, esposa, padres, tíos y primos hasta el cuarto grado
Personas que no forman parte del grupo familiar, e inclusive asociaciones, fundaciones y en general personas morales.
Los legatarios
El o los albaceas
Los interventores
El segundo grupo de quienes participan en la sucesión
Los órganos ya sean del estado o que de él se obtiene la patente como elcaso de:
El notario
Órganos, Como el Archivo de Notarias
La Secretaría de Salud
La Beneficencia Pública, que representa los intereses de los genéricamente desprotegidos: los huérfanos, los pobres, los enfermos etc. Aquienes se acostumbra heredar de manera inespecífica.
El juez, en el D.F. en materia familiar
El D .I. F.
En general, los auxiliares de la Administración de Justicia
LOS ASPECTOS DE DERECHOS REALES
Desde luego, el patrimonio bajo la forma de masa hereditaria
El o los legados que se dispongan
Todo aquello que pueda conformar una masa hereditaria, inclusive derechos personales.
Históricamente han existido las sucesiones
inter vivos:
entendiéndose como la consecución de la cesión de los derechos del patrimonio entre personas presentes. En cambio la sucesión y mortis causa es de la que trata la sucesión en cuyo requisito está el que el titular precisamente haya fallecido para que dicha transmisión se pueda realzar, por tanto, está sometida dicha transmisión a la condición suspensiva del acontecimiento del fallecimiento del titular de esos bienes.
Respecto de las especies de sucesiones
mortis causa:
Las que provienen de la previsión del titular de los bienes, es decir del testamento.
De las que el titular no previó la forma en que sus bienes sean trasmitidos,es decir la legítima, por disposición de lo que la ley prevea, artículo 1282.
TIPOS DE SUCESIONES.
La existencia de la herencia a título universal, si el testador no designó específicamente a quienes deja sus bienes.
En el supuesto de que el de cujus hubiese dispuesto tanto de sus bienes,como de los herederos a quienes les correspondan, de manera formal, entonces estamos en presencia de la figura del legado.
El caso de que el testador haya previsto y designado tanto a las personas como los bienes sobre los cuales operaría la sucesión, en este caso es la sucesión testamentaria la que se aplica.
Cuando el testador, no previó la totalidad del patrimonio que habría desuceder y entonces se hace necesaria la aplicación de la legitima sucesión a pesar de la testamentaria.
El heredero responde inclusive de las cargas de la herencia.
El sentido opuesto, el legatario solo responde de aquellas cargas inherentes y específicas de su legado. El legado, las cargas y legatarios son
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