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Síntesis ilustrada de le la Ley Federal sobre Monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e históricas


Enviado por   •  19 de Marzo de 2021  •  Ensayos  •  1.063 Palabras (5 Páginas)  •  160 Visitas

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Síntesis ilustrada de le la Ley Federal sobre Monumentos y zonas arqueológicas, artísticas e históricas.

CAPITULO I

Disposiciones Generales

En este capítulo se abordan puntos generales acerca de algunos lineamientos que hay que tomar en cuenta a la hora de querer conservar o bien, restaurar un bien inmueble, los permisos que se deben de solicitar, pero también la importancia y ventajas que tiene el conservar este tipo de inmuebles. De igual manera se trata de fomentar el conocimiento y respeto a dichos monumentos ya que forman parte importante del país, es por ello que se crean leyes para impedir todo tipo de saqueos o daños a dichas obras.

Se mencionan algunas autoridades encargadas de tener un control de estas obras y de mantenerlas en un óptimo estado, además de quien es el encargado de declarar un monumento como histórico.

Entre los artículos más destacados se encuentra el 6º donde se indica que los propietarios de monumentos históricos deben de conservarlos o en su caso restaurarlos y que los propietarios de bienes colindantes, deben de obtener un permiso con las autoridades pertinentes para poder realizar cambios o remodelaciones.

De igual manera también el artículo 7º menciona que las autoridades deben de obtener un permiso por parte del INAH para poder restaurar o conservar algún monumento histórico.

El artículo 10º dice que, si el propietario de un bien inmueble no le realiza las obras de conservación necesario para mantenerla en buen estado, estas las podrá realizar el instituto competente y el 11º menciona que, si un propietario ya realizo dichas obras, le es posible solicitar una exención de impuestos prediales, esto siempre y cuando mantenga el bien inmueble en buen estado.

Basándonos en el artículo 12º nos queda claro que será suspendida toda obra de restauración o conservación realizada a cualquier monumento histórico que no cuente con autorización previa.

CAPITULO II

De registro

En este capítulo se habla únicamente de los lineamientos que hay que tomar en cuenta para registrar un monumento como histórico, se debe de inscribir de oficio o a petición de la parte interesada, sin embargo, para proceder deberá de notificarse con anterioridad de forma personal al interesado.

Como se menciona en el artículo 24º la inscripción de este no determina la autenticidad del bien a registrar, esta autenticación se expide a través de un procedimiento que dicta el reglamento respectivo.

CAPITULO III

De los Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Se abordan datos que hay que tomar en cuenta acerca de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, tales como que todo monumento arqueológico ya sea mueble o inmueble, le pertenece a la nación, además de que todo producto de culturas prehispánicas, así como restos humanos son declarados monumentos arqueológicos. Un artículo importante es el 29º que declara que los monumentos arqueológicos no podrán ser transportados o exhibidos sin una previa autorización del instituto competente. En este capítulo también se menciona que los trabajos de exploración o descubrimiento de monumentos arqueológicos correrán por parte del INAH y según el artículo 32º es esta misma organización quién también se encargara de suspender toda clase de trabajos que se realicen en dichos monumentos sin una previa autorización.

En el artículo 33º se abordan las características

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