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TEMA 2 DE INSTITUCIONES


Enviado por   •  1 de Mayo de 2013  •  1.728 Palabras (7 Páginas)  •  305 Visitas

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Tema 2

2.- Significado y naturaleza de la unión

La unión europea es una organización internacional que asume todo el acervo de integración y sucede a la comunidad europea, se fundamenta en el tratado de la UE y en el tratado de funcionamiento de la UE, la realidad política, jurídica, económica, social de la UE se sustenta en la realizaciones conseguidas mediante las antiguas comunidades europeas.

Los estados crearon la unión europea sobre el edificio jurídico-político de las comunidades europeas. La unión no es la meta misma de la integración sino una nueva etapa en el proceso creador de una unión, cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa.

La unión es una organización internacional constituida por estados democráticos de los que recibe las competencias para alanzar los comunes que quieren lograr. Se enuncia: el principio de atribución de competencias. Son los estados, quienes han dotado de competencias a la unión, no ha sido ni es un poder originario creado a partir de un acto constituyente popular.

La UE no es un estado federal, es una organización internacional intergubernamental muy distinta a las organizaciones clásicas, no tiene el horizonte de sustituir a los estados soberanos, sigue siendo una asociación voluntaria a la que se dota de competencias concretas y limitadas que puede ejercer en los tratados internacionales.

Sin un pacto entre los estados no se da vida a normas originarias o constitutivas. Nuestros estados, nuestros gobiernos democráticos, son el poder constituyente intergeneracional constante.

5.- Los valores de la unión

El tratado de la unión expresa los valores que nos unen, que son:

- Dignidad humana

- Libertad

- Democracia

- Igualdad

- Estado de derecho

- Respeto a los derechos humanos

Esos conceptos son los presupuestos esenciales del sistema en los que inspira el procesa jurídico-político y a los que se debe subordinar. El respeto es una obligación común para las instituciones europeas.

El tratado de Lisboa de 2007 incluyó la dignidad humana, la igualdad y el respeto de los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

La construcción europea no se limita al proceso económico sino su objetivo es crear un espacio de paz, condición de ingreso y permanencia en la UE.

6.- Objetivos

Justifican su propia existencia y su acción en beneficio de los ciudadanos. Son objetivos generales diferenciables de los específicos, acepta decidir en común a cambio de lograr esos objetivos y garantizar el respeto a los valores superiores.

La paz, la defensa de los valores de la dignidad humana y el bienestar son también las coordenadas en las que se trabó la declaración Schuman.

El conjunto de objetivos representan valores meta, como el espacio de libertad, seguridad y justicia el crecimiento equilibrado… los objetivos están precisados en el TFUE.

7.- Los principios fundamentales de la unión

7.1 El principio de la democracia

La unión y sus estados miembros se comprometen con el principio de la democracia. La condición democrática es un requisito para el ingreso como el sufragio universal directo.

La UE es una democracia representativa, los estados miembros están representados directamente en el parlamento europeo, mediante elecciones cada 5 años por sufragio universal directo, indirectamente en el consejo europeo por el presidente del gobierno de cada país y en el consejo por un miembro del gobierno de cada estado.

7.2 El principio del respeto a los derechos humanos

Un eje básico de las relaciones del triangulo federal (unión, estados, ciudadanos) es el compromiso de la unión con el principio de respeto a los derechos fundamentales. Todo acto de la unión para ser conforme a derecho debe respetar los derechos fundamentales.

El respeto a los derechos humanos se vio fortalecido tras la aprobación en Niza de la carta de los derechos fundamentales de diciembre de 2000.

El respeto a los derechos humanos y al principio democrático es una exigencia para permanecer en la UE.

7.4 El principio del respeto a la identidad nacional de los estados miembros y a sus funciones esenciales

Se concretan los elementos fundamentales de la identidad nacional:

Comprenderá las estructuras políticas y constitucionales de los estados, incluidas la organización de los poderes públicos en los planos nacional, regional y local, dicha seguridad es competencia exclusiva del estado miembro.

La pertenencia a la unión no disminuye el derecho de auto-organización de cada estado miembro. La personalidad política, lingüística, étnica y cultural de cada uno de los pueblos de la unión tiene cabida dentro de esta. Los ámbitos de competencias de la unión son muy amplios y complejos y penetran sutilmente en todo el tejido económico, social y jurídico-político y condicionan tradiciones, fueros y autonomías fiscales.

La UE se basa en la permanencia de los estados miembros como estados independientes y soberanos que han decidido libremente ejercer conjuntamente algunas de sus competencias en el respeto a su identidad y a sus funciones. Esos elementos de identidad nacional deberán respetarse por la unión cuando ejerza sus competencias.

7.5 El principio de cooperación leal

El principio de cooperación leal rige con carácter general, es un principio constitucional porque refleja la estructura política, jurídica y económica y facilita la organización de los poderes.

Tres deberes generales:

- Colaboración activa o deber de adopción de todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento del derecho de la unión (originario y derivado)

- Deber de abstención de adoptar

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