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TRABAJO SOBRE GARANTIAS CONSTITUCIONALES


Enviado por   •  14 de Octubre de 2017  •  Ensayos  •  900 Palabras (4 Páginas)  •  211 Visitas

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TRABAJO PRÁCTICO SOBRE GARANTÍAS

PAUTAS DE CONFECCIÓN:

LETRA: “ARIAL NARROW”

TAMAÑO: “12”

MÁRGENES: “SUPERIOR E IZQUIERDA: 3 cm.” -  “INFERIOR Y DERECHA: 2 cm.”.

EXTENSIÓN MÁXIMA: 4 CARILLAS.

¡INCLUIR CARÁTULA!

FECHA DE ENTREGA EN SOPORTE PAPEL: JUEVES 8 DE JUNIO DE 2017

EN CASO DE INCUMLPIMIENTO DE LOS PARÁMETROS SENTADOS CON PRECEDENCIA, SE CONSIDERARÁ EL TRABAJO COMO NO PRESENTADO.

Analicen los siguientes casos y cumplan con las consignas indicadas para cada uno:

CASO 1:

Juan Perez es miembro de una asociación civil. El órgano directivo de la asociación lo acusa de una inconducta y promueve en su contra un sumario administrativo. El Estatuto de la asociación dispone que los miembros de la asociación gozan del derecho al debido proceso, sin embargo, no contempla un procedimiento específico para la sustanciación de sumarios. El órgano deliberativo de la asociación dispone que el sumario se rija por las normas establecidas para los sumarios administrativos en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, esto es, por Decreto- Ley 3369/68.

El órgano deliberativo designa una comisión de sumariantes integrada, entre otros, por miembros del órgano directivo, que fueron justamente quienes acusaron a Juan Perez de una inconducta que todavía no se le precisó.

La comisión de sumariantes le notifica a Juan Perez la acusación a fin de que se defienda y ofrezca prueba en su favor. La inconducta que se le achaca consiste en que se ha descubierto que el señor Perez integra la comunidad LGBTI, con lo cual ha deshonrado los fines de la asociación.

Juan Perez se defiende alegando, en primer lugar, que los miembros del órgano ejecutivo no pueden integrar la comisión de sumariantes, puesto que no pueden ser jueces y partes ya que ello violaría el debido proceso que le garantiza el estatuto. Asimismo, rechaza la acusación amparado en su derecho a la igualdad y no discriminación. El señor Perez expresa que no ha hecho más que ejercer los derechos que le reconoce la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos vinculantes para la República Argentina.

Recibida la defensa del señor Perez por la comisión de sumariantes, ésta última sostiene que no hay óbice para que los integrantes del órgano ejecutivo integren la comisión. Es más, resulta muy conveniente por los conocimientos que tienen del hecho denunciado. Finalmente, desestiman las defensas interpuestas por el señor Perez, fundándose precisamente en las opiniones de los sumariantes (miembros del órgano ejecutivo), ya que, son personas muy respetadas, entre otras cosas, por haber fundado la asociación.

La comisión de sumariantes recomienda al órgano deliberativo expulsar al señor Perez de la asociación. El órgano deliberativo así resuelve.

No existe apelación interna ni tampoco una instancia administrativa para que el señor Juan Perez pueda recurrir la decisión.

EL SEÑOR PEREZ LES REALIZA UNA CONSULTA COMO ABOGADO/AS.

RESPONDAN:

1- ¿Qué derechos se encuentran afectados? ¿Qué normas los tutelan?

2- ¿Qué acción/es podría interponer el señor Perez? ¿De qué modo? ¿Contra quién? ¿Ante quién? ¿Qué tratamiento debiera dársele? ¿Cómo debiera resolverse? Fundamenten jurídicamente su respuesta.

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