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TRATADOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES DE LA REPUBLICA DOMINICANA Y LAS NACIONES UNIDAS DESdE 1844 HASTA 1998


Enviado por   •  15 de Agosto de 2018  •  Trabajos  •  1.606 Palabras (7 Páginas)  •  592 Visitas

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Universidad Autónoma de Santo Domingo[pic 1][pic 2]

(UASD)

[pic 3]

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Escuela de Derecho

Tema:

TRATADOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES DE LA REPUBLICA DOMINICANA  Y LAS NACIONES UNIDAS DESdE 1844 HASTA 1998

Asignatura:

Derecho Internacional Privado II

Seccion:

03

Presentado por:

100215897

Abril de 2017


TRATADOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES DE LA REPUBLICA DOMINICANA E INGLATERRA. 1844-1998

        A continuación presentamos un resumen de los tratados y acuerdos internacionales que ha celebrado la República Dominicana a partir de 1844 al 1998, en materia de Derechos Humanos:

        Primeramente tenemos el Convenio de Ginebra para el mejoramiento de los heridos y enfermos en los ejércitos en campaña, el cual se firmó el 6 de julio de 1906 y con vigencia indefinida.

        El mismo tenía como propósito reconocer como neutrales las ambulancias y los hospitales, los cuales serán protegidos y respetados por los beligerantes, mientras haya en ellos enfermos.

        El personal de los hospitales y de las ambulancias, intendencia, servicio de salvedad, de administración, de transporte de heridos, así como capellanes, participarán del beneficio de la neutralidad. Igualmente, la Convención para el mejoramiento de la suerte de los heridos y enfermos en los ejércitos en campaña, establece que los militares y las demás personas oficialmente agregadas a los ejércitos que estén heridos o enfermos, deberán ser respetados y asistidos, sin distinción de nacionalidad por el beligerante.

        Igual tratamiento de asistencia debe ofrecerse a los enfermos y heridos de un ejército que hayan caído en poder del otro beligerante. Se establece le signo de la Cruz Roja sobre fondo blanco en homenaje a Suiza como emblema y signo distintivo de servicio sanitario de los ejércitos, el cualelevarán en los lugares donde operen estos centros, así como en los vehículos y ambulancias.

        Otro es la Convención sobre deberes y derechos de los Estados en caso de luchas civiles adoptada en la sexta Conferencia Interamericana de La Habana, de tipo multilateral y los países firmantes fueron los miembros de la Unión Panamericana, en fecha 20 de febrero de 1928.

        El objetivo de esta Convención las partes se obligan a emplear los medios a su alcance para evitar que los habitantes de su territorio, nacionales o extranjeros, tomen parte, reúnan elementos, pasen la frontera o se embarquen en su territorio para iniciar o fomentar una lucha civil; a desarmar e internar toda fuerza rebelde para iniciar o fomentar una lucha civil; a desarmar e internar toda fuerza rebelde que traspase sus fronteras; prohibir el tráfico de armas y material de guerra y evitar que en su jurisdicción se equipe, arme o adapte para un uso bélico, cualquiera o cualquier embarcación destinada a operar en interés de la rebelión. La calificación de piratería, emanada del gobierno de un país, contra buques alzados en armas, no obliga a los demás Estados.

        El Estado que sea agraviado por depredaciones provenientes de buques insurrectos tiene derecho a adoptar las siguientes medidas: si los causantes del hecho lesivo son naves de guerra, pueden capturarlos y entregarlos al gobierno del Estado a que pertenecen, el cual los juzgará. Si provienen de buques mercantes, ese Estado puede capturarlos y aplicarles las leyes penales del caso.

        El Convenio sobre la administración de las Naciones Unidas para el socorro y la rehabilitación, celebrado en Washington, D. C., Estados Unidos de América, firmado el 9 de noviembre de 1943.

        Su objetivo principal fue la administración de las Naciones Unidas para suministrar a los territorios abatidos por la guerra, a la retirada de las tropas enemigas ayuda, socorro, ropa y albergue, así como asistencia en la prevención de epidemias y en la recuperación de la salud del pueblo, así como para el regreso a sus hogares de prisioneros y exiliados.

        Fueron miembros de esta Convenio países de América Latina, Europa, Asia, África, entre otros.

        Otro fue el Acuerdo Provisional acerca de las medidas que se han de adoptar respecto a los refugiados y personas desalojadas, firmado el 17 de diciembre de 1946.

        El objetivo de este Acuerdo Provisional fue establecer una comisión preparatoria para la Organización Internacional de Refugiados, que tomará las medidas necesarias y viablespara poner en funcionamiento efectivo a la Organización; hacer los arreglos para la convocatoria de la primera reunión del Consejo General; preparar el orden del día provisional para el primer período de sesiones; sugerir planes para el programa que se ha de desarrollar durante el primer año de la Organización; preparar proyectos de reglamentos financieros y para el personal, así como para el consejo general y el comité ejecutivo.

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