Vicios Del Derecho
elvira_aquino29 de Junio de 2015
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RESPUESTAS:
1- estos tres vicios de la justicia son considerados formas patológicas del Derecho.
LA INJUSTICIA: es el vicio que se opone directamente a la virtud de justicia,considerada esta en su aspecto moral. Es injusto , por consiguiente , todo lo que es contrario tanto al derecho natural como a las determinaciones del derecho positivo que no lo contradigan. La injusticia reside en no atribuír a cada uno lo que corresponda.
Ej: negar el acceso a un establecimiento por la sola razón de ser negro a una persona en sudafrica invocando la legislación vigente. Este acto viola el derecho natural y universal en el cual todas las personas somos iguales.
ILEGALIDAD: la ilegalidad es , generalmente una especie de injusticia , ya que consiste en obrar en contra del derecho positivo. Y como este ultimo concuerda casi siempre con los dictados de la justicia , la ilegalidad se vincula con la injusticia. Pero también habría ilegalidad , es decir , la oposición a la norma jurídica a la norma vigente jurídica , aun en los casos excepcionales en que el derecho positivo fuera injusto. Es ilegal , por lo tanto , toda norma contraria a la superior y todo acto contrario al derecho.
EJ: portar un arma sin la debida documentación es una infraccion a la ley 25886 del código penal argentino.
ARBITRARIEDAD: consiste en un abuso del poder que tienen los gobernantes , que en el ejercicio de sus cargos obran por interés , odio , capricho o maldad , y realizan actos de contrarios a la razón y a la justicia aunque encuadren dentro del marco del derecho.
EJ: contemporáneamente hablando , los últimos polemicos fallos del DR Piombo donde se ven atenuadas las condenas a violadores , si bien tienen una sanción moral por parte de la sociedad , está abalado dentro del derecho y el magistrado obrando en valga la redundancia derecho. Se estarían dando los factores para encuadrar estas resoluciones en arbitrarias.
2- LA EQUIDAD: es el perfeccionamiento de la justicia en su aplicación a los casos concretos que puedan presentarse en la vida del derecho.
El acto de justicia , en efecto , tiene que atender mas al espíritu de la ley que a la forma empleada. Y cuando la aplicación de literal de sus términos condujera a resultados notoriamente contrarios a la razón de la ley , corresponde a la equidad rectificarla dando la solución cabalmente justa.
La equidad es , por consiguiente , un correctivo del derecho positivo , que se emplea cuando es preciso aplicar sus formulas generales a lo casos concretos que pueden presetarse.
3- La paz social deriva de la justicia , y la seguridad es el resultado del orden.
La justicia contribuye , en efecto , a implantar ese estado de tranquilidad que el derecho debe tratar de conseguir.
Gracias al ejercicio de la justicia distributiva , mediante la cual se da a cada parte de la comunidad nacional o internacional los bienes comunes necesarios a su adecuado desarrollo.
La seguridad constituye asi un efecto del orden social. La existencia de una organización jurídica determina. En los sujetos a los cuales se le aplica , esa idea de que sus derecho –subjetivos- han de encontrar amparos eficaz , de que , aun cuando sean desconocidos y vulnerados. El poder judicial restablecerá el orden imperante; y de que las relaciones sociales serán siempre regidas por las normas jurídicas vigentes. Esta seguridad permite prever lo que ha de ocurrir en las transacciones y anticipar el resultado de los actos humanos ; porque al tener la certeza de que la norma ha de ser aplicada , la conducta de cada uno se adaptara a lo que esa norma le sugiere.
4- EL BIEN COMUN: consiste en el perfeccionamiento de la sociedad y en el de los individuos en cuanto son partes de esa sociedad , pues tampoco podría concebirse que el bien de esta ultima hiciera la desgracia de sus miembros.
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