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Violencia De Genero


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  28.165 Palabras (113 Páginas)  •  361 Visitas

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TEMA 1: DERECHO REGISTRAL

1.- CONCEPTO:

Para Martínez Alegría: es "la disciplina jurídica que estudia los mecanismos y las situaciones jurídicas encargadas según el ordenamiento positivo de la publicidad de las relaciones y de os hechos jurídicos relativos a las personas y a los bienes, con la finalidad general de conservar el orden y la seguridad jurídica dentro del Estado".

El Derecho Registral ha sido conceptuado como el conjunto de normas que regulan los mecanismos e instituciones que realizan la publicidad registral de los hechos y relaciones jurídicas referentes a las personas y los bienes.

Pascual Martín Pérez: " El Derecho Registral Objetivo es el conjunto de normas reguladoras de aquellos bienes aptos para engendrar titularidades Erga Omnes, mediante la publicidad del registro.

El concepto viene de tres premisas:

1.- La publicidad es necesaria para garantizar los cambios en la titularidad de todos aquellos bienes susceptibles de ser objeto de garantías.

2.- La publicidad es indispensable, asimismo para determinar y garantizar una serie de patrimonios que aparecen como un todo orgánico y al admitirse como objeto del tráfico jurídico, exigen un instrumento registral adecuado para su constatación. Las necesidades apremiantes del momento actual del tráfico jurídico nos demuestran que los conceptos de derechos reales y derechos personales no son absolutos y tienden a ser superados en la cambiante realidad jurídica. En su obra: "Introducción al Derecho Registral", pensó en que si pudiese existir un organismo registral único; el mismo sería creado por una

Ley General con un carácter puramente jurídico, prescindiendo de la distinción entre muebles e inmuebles, se diese publicidad a los cambios que tienen lugar en la titularidad de estos bienes.

Para Cabanellas: "Es el conjunto de normas reguladoras de las relaciones jurídicas relativas a aquellos bienes aptos para engendrar titularidades "Erga Omnes", mediante la publicidad del registro". Gran similitud entre la definición del Derecho Registral que nos da el Diccionario de Derecho Usual del Cabanellas y ésta del profesor Martín Pérez, conteniendo ambos elementos importantes que las hacen muy parecidas, sobre todo en el sentido de que "El Derecho Registral se encarga de engendrar titularidades "Erga Omnes", que valen contra todos".

2.- CONTENIDO.

Los elementos de estudio del Derecho Registral y que van a conformar su contenido son:

1.- Los Sistemas Registrales (establecidos por las leyes).

2.- Los Principios Registrales.

3.- Los Organismos Registrales (creados por los instrumentos legales).

4.- La Publicidad Registral:

5.- Los Procedimientos necesarios para obtener la publicidad registral, haciendo énfasis en los aspectos técnicos.

6.- Los Hechos y Relaciones Jurídicas tuteladas por el Derecho Registral y efectos jurídicos de los mismos.

3.- PRINCIPALES CARACTERES:

1.- Es un Derecho Regulador de la publicidad, consiste en la divulgación de una situación jurídica a objeto del conocimiento de los interesados para la tutela de derechos y seguridad del tránsito jurídico. La publicidad registral se extiende a las personas y bienes.

2.-

Es un Derecho Legitimador, impone la credibilidad en el Registro. Acredita en forma indubitada la existencia y legalidad del Título del cual procede.

3.- Es un Derecho Protector, asegura y protege la confianza en la apariencia registral, dando lugar a que el contenido registral prevalezca incontrovertible sobre la realidad jurídica discordante.

4.- Carece de Sustantividad, el Derecho Registral no puede considerarse como una disciplina jurídica independiente, sino como parte integrante del Derecho Civil.

4.- NATURALEZA JURÍDICA. POSICIONES Y CRÍTICAS:

Existen tres posiciones doctrinales básicas acerca de la ubicación del Derecho Registral en el Derecho Público o en el Derecho Privado.

1.- Se considera como una disciplina independientemente del derecho, puede estar tanto en el Derecho Público como en el Derecho Privado, debido a sus características especiales.

Crítica: Esta teoría es muy poco propicia para dar lugar a una visión exacta de su contenido, caracteres y fines, más que todo por su amplitud.

2.- Los que opinan que el Derecho Registral carece de autonomía, pertenece éste al Derecho Público o al Derecho Privado. Los que lo ubican en este último, lo hacen en el Derecho Civil (Derecho de las Cosas).

Crítica: Sus partidarios se basan en el Código Civil como fuente del Derecho Registral, por contemplar al Registro Civil y al Registro Público. Aquí sólo se contempla parte de su contenido, pues el Derecho Registral no es solo el Registro Civil y el Registro Público.

3.- Los que consideran al Derecho Registral como parte

del Derecho Público y lo ubican en el Derecho Administrativo.

Crítica: No toman en cuenta la naturaleza de los hechos y relaciones inscribibles que son de índole privada, ni tampoco que los efectos de los actos registrales no tienen carácter administrativo.

5.- RELACIONES DEL DERECHO REGISTRAL CON OTRAS RAMAS JURÍDICAS:

Muchos autores han manifestado su convicción de que el Derecho Inmobiliario Registral es una rama independiente, dotado de sustantividad propia, observando al mismo tiempo que tal autonomía constituye una nueva manifestación que viene sufriendo el Derecho Civil. El destacado tratadista Oliver, dice los siguiente: "Con la creación de esta nueva rama de la Legislación Positiva, desprendida del gran cuerpo de leyes, conocido tradicionalmente con el nombre de Derecho Civil, se dará lugar a que se formen otras, como las de Derecho de Obligaciones, Derecho Mobiliario, Derecho Familiar y Derecho Sucesoral; las cuales llegarán a constituir en el provenir ramas autónomas".

Los especialistas Morrel y ferry creen que la sustantividad del

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