Administrativo
javierdiaz18118412 de Junio de 2013
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DERECHO PROCESAL CIVIL
GUIA DE ESTUDIO
1. ESTRUCTURA DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL:
a. Decreto Ley No. 107
b. Fecha de Vigencia: 01 de julio de 1964
c. Seis Libros
d. 635 Artículos
2. NOMBRES DE LOS LIBROS DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y MERCANTIL CON SUS RESPECTIVOS TITULOS:
I. DISPOSICIONES GENERALES
• Jurisdicción Ordinaria
• Personas que intervienen en los procesos
• Del ejercicio de la pretensión procesal
• Los actos procesales
II. PROCESOS DE CONOCIMIENTO
• Juicio Ordinario
• Juicio Sumario
• Juicio Oral
• Juicio Arbitral (Derogado por Dto. 67-95 Ley de Arbitraje)
III. PROCESOS DE EJECUCIÓN
• Vía de Apremio
• Juicio Ejecutivo
• Ejecuciones Especiales
• Ejecución de Sentencias
• Ejecución Colectiva
IV. PROCESOS ESPECIALES
• Jurisdicción Voluntaria
• Proceso Sucesorio
V. ALTERNATIVAS COMUNES A TODOS LOS PROCESOS
• Providencias Cautelares
• Acumulación de Procesos
• Intervención de Terceros
• Inventarios y Avalúos, Consignación y Costas
• Modos excepcionales de terminación del proceso
VI. IMPUGNACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES.
• Aclaración y Ampliación
• Revocatoria y Reposición
• Apelación
• Nulidad
• Casación
3. DEFINICIÓN DE DERECHO PROCESAL:
R. Es el conjunto de normas jurídicas, principios e instituciones que regulan la competencia del órgano jurisdiccional, la capacidad de las partes, los requisitos y eficacia de los actos procesales y las condiciones para la ejecución de las sentencias. En general, regula el desenvolvimiento del proceso.
4. DEFINICIÓN DE DERECHO PROCESAL CIVIL:
R. Es la rama de la ciencia jurídica que estudia la constitución, naturaleza, desenvolvimiento y la eficacia del proceso civil.
5. CUALES SON LOS PRINCIPIOS PROCESALES?
1. Dispositivo 9. De Economía Procesal
2. De Concentración 10. De Publicidad
3. De Celeridad 11. De Probidad
4. De Inmediación 12. De Escritura
5. De Preclusión Procesal 13. De Oralidad
6. De Eventualidad 14. De Legalidad
7. De adquisición procesal 15. De Convalidación
8. De Igualdad 16. De Congruencia
6. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DISPOSITIVO?
R. Es el que otorga a las partes mediante su derecho de acción y no al juez, la iniciativa e impulso del proceso; o sea, que, a las partes corresponde la iniciativa del proceso.
7. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN:
R. Por este principio, se pretende que el mayor número de etapas de un proceso, se desarrollen en el menor número de audiencias.
8. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CELERIDAD?
R. Pretende un proceso rápido y se fundamenta en aquellas normas que impiden la prolongación de los plazos y eliminan los trámites innecesarios.
9. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN:
R. Pretende que el juez se encuentre en una relación directa con las partes.
10. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN PROCESAL:
R. En virtud que el proceso se desarrolla por etapas, por este principio se pretende que concluida una etapa se pase a la siguiente, no pudiendo regresar a la anterior.
11. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE EVENTUALIDAD:
R. Consiste en aportar de una sola vez, todos los medios de ataque y defensa.
12. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE ADQUISICIÓN PROCESAL:
R. Tiene aplicación sobre todo en materia de prueba, y conforme a este principio, la prueba aportada, prueba para el proceso y no para quien la aporta.
13. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD:
R. Se basa en los principio del debido proceso y la legítima defensa, constituye una garantía fundamental para la partes y conforme a este los actos procesales deben ejecutarse con intervención de la parte contraria.
14. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE ECONOMIA PROCESAL?
R. Tiende a la simplificación de trámites y abreviación de plazos, con el objeto de que exista economía de tiempo, de energías y costos.
15. EXPLICACIÓN DEL PRINICIPIO DE PUBLICIDAD:
R. Se funda en el hecho de que todos los actos procesales pueden ser conocidos inclusive por los que no son parte del litigio.
16. EXPLICACIÓN DEL PRINICIPIO DE PROBIDAD:
R. Persigue que tanto las partes como el juez, actúen en el proceso con rectitud, integridad y honradez.
17. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE ESCRITURA:
R. En virtud del cual la mayoría de actos procesales se realizan por escrito.
18. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE ORALIDAD:
R. Prevalece la oralidad como característica de ciertos juicios.
19. EXPLICACIÓN DEL PRINICIPIO DE LEGALIDAD:
R. Los actos legales son válidos, cuando se fundan en un norma legal y se ejecutan de acuerdo con lo que ella establece.
20. EXPLICACIÓN DEL PRINICIPIO DE CONVALIDACIÓN:
R. Regula que se revalida un acto nulo cuando es consentido tácita o expresamente por la parte que pudo sufrir lesión por la nulidad.
21. EXPLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA:
R. Las sentencias deben ser congruentes no solo consigo mismas, sino también con la litis.
22. CUALES SON LAS FUNCIONES DEL ABOGADO?
1. Defensora 5. Auxiliante
2. Acusadora 6. Procuradora
3. Asesora 7. Mediadora
4. Directiva 8. Conciliadora
23. CUALES SON LOS REQUISITOS PARA EJERCER LA PROFESIÓN DE ABOGADO DE CONFORMIDAD A LA LEY DEL ORGANISMO JUDICIAL?
1. El título correspondiente
2. Ser Colegiado Activo
3. Estar Inscrito en el Registro de Abogados que se lleva en la Corte Suprema de Justicia.
4. Estar en el goce de derechos ciudadanos y
5. No tener vigente ninguna clase de suspensión
24. CUALES SON LOS IMPEDIMIENTOS POR LOS QUE NO SE PODRÁ ACTUAR COMO ABOGADO?
1. Los incapacitados
2. Quienes tengan auto de prisión o condena pendiente por el tiempo fijado en la sentencia respectiva.
3. Quienes no puedan ser mandatarios judiciales.
4. Quienes hubieren sido declarados inhábiles de conformidad con la ley.
5. Los funcionarios y empleados de los Organismos Ejecutivo y Legislativo; con excepción de los que ejercen docencia o desempeñen cualquier cargo que no sea de tiempo completo. Los Diputados del congreso de la República no están comprendidos en esta prohibición.
6. Los funcionarios y empleados públicos que laboren a tiempo completo que han sido nombrados precisamente para actuar como Abogados, solo podrán hacerlo para la dependencia en la que presten sus servicios.
25. CUAL ES LA RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO EN DOCUMENTOS QUE AUTORICE CON SU FIRMA?
R. Es responsable del fondo y de la forma del escrito
26. DEFINICIÓN DE JURISDICCIÓN:
R. Es la potestad que la ley le otorga al Estado para administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales.
27. CUALES SON LOS PODERES DE LA JURISDICCIÓN?
a. Notio o de Conocimiento
b. Vocatio o de Convocatoria
c. Coertio o de Coerción
d. Iudicium o de Decisión
e. Executio o de Ejecución.
28. CUAL ES LA FUNCIÓN DEL PODER DE CONOCIMIENTO (NOTIO)?
R. Por este poder, el órgano jurisdiccional está facultado para conocer de los conflictos sometidos a él.
29. CUAL ES LA FUNCIÓN DEL PODER DE CONVOCATORIA (VOCATIO)?
R. Por este poder, el órgano jurisdiccional cita a las partes a juicio.
30. CUAL ES LA FUNCIÓN DEL PODER DE COERCIÓN (COERTIO)?
R. Por este poder, el órgano jurisdiccional decreta las medidas coercitivas, cuya finalidad sea remover aquellos obstáculos que se oponen al cumplimiento de la jurisdicción.
31. CUAL ES LA FUNCIÓN DEL PODER DE DECISIÓN (IUDICIUM)?
R. Por este poder, el órgano jurisdiccional tiene la facultad de decidir; decisión con fuerza de cosa juzgada.
32. CUAL ES LA FUNCIÓN DEL PODER DE EJECUCIÓN (EXECUTIO)?
R. Por este poder, el órgano jurisdiccional impone el cumplimiento de un mandato que se derive de la propia sentencia o de un título suscrito por el deudor y al que la ley asigna ese mérito.
33. EXPLICACIÓN DEL PERPETUATIO JURISDICTIONIS:
R. La jurisdicción y la competencia se determinan desde el momento de la presentación de la demanda, por lo que durante el proceso cualquier situación posterior, no puede interferir al Juez ante quien se planteó inicialmente la demanda, que siga conociendo del asunto
34. DEFINICIÓN DE COMPETENCIA:
R. Es el ámbito determinado por la ley, dentro del cual el órgano judicial puede ejercer jurisdicción.
35. CUALES SON LAS CLASES Y REGLAS DE LA COMPETENCIA?
a. Por razón de la materia
b. Por razón de la cuantía
c. Por razón del territorio
d. Por razón de grado
e. Por razón de turno
36. EXPLICACIÓN DE LA COMPETENCIA POR RAZÓN DE LA MATERIA:
R. La jurisdicción se distribuye atendiendo a la naturaleza del pleito;
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