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Conferencia de el archicologo.


Enviado por   •  27 de Agosto de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.192 Palabras (5 Páginas)  •  284 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ

INFORME DE LA SEGUNDA JORNADA ACADÉMICA DE RED DE ARCHIVOS UNIVERSITARIOS HISPANOAMERICANOS Y DEL CARIBE

Ley 39 del 2 de Diciembre de 2014

Reconoce la Profesión del Archivólogo

GRUPO N*6:

Abner Muñoz 8-902-1695

Jesus Ocaña 8-902-1884

Jonathan sierra E-8-109721

Ruth Pineda 8-923-1821

Rodolfo nimbley 8-918-1843

Miriam Gomez 20-14-3541

Katherine figeroa 8-916-401

Salón: 1EB 703

Administración y Preservación de Documentos

Profesora: Leda Herrera

9 de Junio de 2016.

INTRODUCCIÓN

Esta fue la segunda exposición de la jornada académica de la red de archivos universitario Hispanoamericano y del Caribe, presentada en el Paraninfo de la Universidad de Panamá; la cual fue fusión perfecta de expositores para informarnos sobre la carrera de archivología, experiencias de algunos de sus actores, amenidades, representaciones culturales y una parte legal concerniente.

Fue una muy bien organizada conferencia de ocho horas con la participación del actual rector, el Dr. Gustavo García de Paredes; del secretario general de la Universidad de Panamá, Dr. Miguel Ángel Candanedo; de  Gabriel Vega Yuil; del ingeniero Pascual Gravina Díaz; también expuso la Sra. Diana de Guardia; la Dra. Fulvia de Castillo; el Magister Alex Nieto y el Profesor Dimas González.

El tema giraba sobre la importancia de la carrera archivológica en todas las área de nuestra sociedad, incluso, se planteó la relevancia legal Y la responsabilidad que tiene del archivólogo a través del paso del años.

        

ORQUESTA FILARMÓNICA  DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ

DR. MIGUEL ÁNGEL CANDANEDO

“Patito Feo”,” la carrera de documentos polvorientos y de bibliotecarios”, indicó el expositor como un  término  antiguo con referencia a la carrera de Archivología o al Archivólogo mismo.[pic 1]

Pero actualmente está carrera  ha ido escalando con el esfuerzo de muchos, siendo realmente reconocidas y ha ido escalando a niveles justos.

El ser humano tiene derecho a ser informado y educado, función que también tiene el archivólogo. El archivista es custodio de documentos en apoyo de la investigación judicial, también con evidencia material en disposición de las instancias requeridas.

Se refirió el Dr. Candanedo a casos de corrupción, como: los del Magistrado Erasmo Pinilla, Casos Waked y la compañía Mossack & Fonseca, como ejemplos del requerimiento de un archivólogo para deslindar y disponer en los momentos precisos de la documentación necesaria para los procesos pertinentes.

Por último, infirió a las mejoras estructurales, materiales de uso administrativo y otros acondicionamientos que se puedan dar con el fin de optimizar el  ambiente laboral del archivólogo en la Universidad de Panamá.

MAGISTER GABRIEL YUIL; Secretario General Coordinador Oficina de Implementación del SPA.

“Gestión De La Información! Rol Del Archivólogo  Y  Del Instituto De Medicina Legal Y Ciencias Forenses.”

En el incumplimiento de las normas se aplicará la ley. Presentó las nuevas formas de procedimiento penal acusatorio, esta es utiliza las pruebas científicas en todos los casos. El archivólogo debe saber que tiene funciones: jurídicas, científicas, documental y de almacenamiento.

Mencionó la Ley 13 de 1957, “Orgánica de los Archivos Nacionales de la República de Panamá”: que  Fija normas para formar, organizar, clasificar, guardar, manejar, evaluar y disponer, así como para facilitar el acceso y consulta de documentos existentes en las oficinas de la República y velar por la conservación adecuada de los fondos documentales del  país en cuanto éstos constituyen parte valiosa del acervo cultural panameño.

También la Ley 6 de 22 de enero de 2002, “Que dicta normas para la transparencia en la gestión pública” y aclara los términos de transparencia: mencionando que  la administración pública de exponer y someter al escrutinio de la ciudadanía la información relativa a la gestión pública, al manejo de los recursos que la sociedad le confía, a los criterios que sustentan sus decisiones y a la conducta de los servidores públicos.

Rendición de cuentas: Obligación de todo servidor público de responsabilizarse individualmente de sus actos, esta obligación de rendir cuentas también les corresponde a los cuerpos directivos colegiados de las instituciones públicas.

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