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El Comercio En La Ewpublica Dominicana


Enviado por   •  3 de Octubre de 2012  •  773 Palabras (4 Páginas)  •  393 Visitas

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XV- Consulado del mar: el famoso "Consulat de Mar", elaboración del derecho marítimo común con la cuenca del Mediterráneo, refundición y fusión de infinidad de normas procedentes. Esta colección fue formada para uso de aquella magistratura designada con el mismo nombre, de origen pisano; la materia fue recogida en muchos ejemplares manuscritos, de los cuales se deduce la existencia en varias ciudades del Mediterráneo, desde comienzos del siglo XII y a fines del siglo XV. Desde esta época y hasta fines del 1700, se imprimió y se tradujo a todas las lenguas europeas y en algunos países fue adoptado como consuetudinario. De sus manuscritos, la más notable lleva por título "Llibre appelat Consolat de la mar"; se hallan en la biblioteca nacional de París. Parece que la completa redacción de la recogida, se hizo en Barcelona en la segunda mitad del siglo XIV, la lengua usada era la hablada en Cataluña en los siglos XIII y XIV. Dicha materia se halla distribuida en 294 capítulos; en algunas ediciones 297 capítulos; en otras figuran más. La primera 43, contienen las reglas de procedimiento que regían en los tribunales de Valencia. La primera edición se publicó en Barcelona en 1494, siguió a esta otra en 1502. La más antigua traducción italiana, es la de Venecia de 1545; fue corregida por CASAREGIS, pero resulta oscura y poco fiel; las traducciones francesas son del 1577 y 1635. Posteriormente al Consulado del Mar, desde el siglo XVI en adelante, España publicó numerosas e importantes ordenanzas, promulgadas en las ciudades en donde se hallaban establecidos emporios comerciales para el tráfico de ultramar (Casas de contratación). En estas Ordenanzas, la materia del seguro marítimo se trata en forma especial y con una extensión sorprendente. Por citar la "Pragmática sobre fletes" de 1512, con la adición del 1538, la "Ordenación de la Casa de Contratación de Sevilla" del 1507 al 1556, la "Ordenanza de Carlos V" de 1552, el "Reglamento sobre la Policía de los contratos" de Burgos de 1538, la "Ordenanza de la contratación" de Bilbao de 1560, y la de S. Sebastián de 1682. Todas ellas fueron refundidas en una única colección "Recopilación de las Indias", ed. Madrid 1774. Mayor importancia, por la influencia que tuvo en el campo de las Ordenanzas de la marina, hay que conceder a las llamadas "Ordenanzas de Bilbao" de 1737, adoptadas como ley general en España y en la América Española y sobre las cuales se modelaron las legislaciones sucesivas.

XVI- Leyes de Wisby: el Derecho de "Wisby", es posterior a los Rooles de Olerón (VALIN) y es una derivación del llamado "Waterrecht" que se formó en Flandes, en Holanda y en Inglaterra. La compilación conocida bajo el nombre de "Leyes de la ciudad de Wisby en Gothlandia" (Hogeste Water-Recht tho Wisby) alcanzó en Europa septentrional,

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