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Comercio Bilateral entre República Dominicana y Haití en el año 2015

Jeffrey SotoDocumentos de Investigación15 de Marzo de 2017

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Comercio Bilateral entre República Dominicana y Haití en el año 2015

  • Planteamiento del Problema

Durante los últimos 5 años se viene repitiendo una situación de inseguridad e inestabilidad en cuanto a regularización de intercambio comercial entre República Dominicana y Haití. Es tanto así que inmediatamente surge un problema de carácter migratorio, las autoridades haitianas prohíben la entrada de productos dominicanos, por lo que los productores pegan el grito al cielo y se ven a la deriva por la falta de una política de mercado coherente y continua que sustituya en gran parte el intercambio comercial entre Haití y República Dominicana.

A pesar de todos estos conflictos, Haití es el segundo destino principal tanto en volumen como en monto de las exportaciones nacionales, y único con el que la República Dominicana mantiene una balanza comercial positiva. Esto es porque la relación de exportaciones e importaciones favorece al país, dada la baja demanda de productos haitianos en el consumo de los dominicanos y de la gran demanda de la producción nacional entre los consumidores haitianos.

Lo que nos lleva a ver que si los conflictos que hay entre ambas naciones continúan podrían significar una baja en la economía dominicana. Como se puede ver Haití viene siendo el principal socio de República Dominicana en cuanto a exportaciones nacionales se refiere, dándole así una relevancia comercial muy importante; por lo que, el sector agroindustrial tendrá obligatoriamente que abocarse a establecer políticas de comercialización con Haití, donde se identifiquen y se ubiquen segmentos con ventajas competitivas, para darle solución a los problemas que confrontan los productos dominicanos en mercados como son: Elías piña, Jimaní y Dajabón.

  • Formulación del Problema

¿Cómo fue el comercio bilateral entre República Dominicana y Haití en el año 2015?

  • Sistematización del problema

¿Cuál es la situación en la que se encuentra el comercio bilateral entre República Dominicana y Haití en el 2015?

¿Cuáles son las técnicas que utilizan ambos países para resolver conflictos comerciales?

¿Cuáles barreras comerciales existen en el comercio Dominico-Haitiano?

¿Qué modalidades son utilizadas  para la importación en las dos naciones?

¿Qué significarían los conflictos comerciales con Haití para República Dominicana?

¿Cuáles son las medidas que deberá tomar el sector agroindustrial para darle solución a este problema?

  • Importancia y Justificación

El presente trabajo tiene como finalidad presentar las ventajas que tendría el establecimiento de reglas claras, entre República Dominicana y Haití, que permitan la  complementariedad comercial entre ambas naciones, para así lograr un flujo comercial armonioso, justo y sostenible.

 A su vez se busca presentar los obstáculos que dificultan el comercio entre ambas naciones, debido a que se ha observado que los conflictos de estos países representan barreras comerciales que más allá de beneficiar su economía, lo único  que hace es atrasarlos en su desarrollo.

 En consecuencia este trabajo propone algunas estrategias para mejorar las relaciones comerciales entre ambas naciones, donde se logre ver la edificación de un nuevo relacionamiento comercial que busque el equilibrio en los intereses de los pueblos.

Debemos tener en cuenta que Haití es un instrumento importante para el beneficio tanto político, económico y cultural para República Dominicana y no solo se busca unificar criterios comerciales en materia de cooperación, e intercambios económicos que eviten los conflictos comerciales que se dan en la frontera, sino también buscar la mejora de la situación problemática a nivel personal entre estos países vecinos.

  • Objetivo General

Presentar el comercio bilateral entre República Dominicana y Haití en el año 2015.

  • Objetivos específicos
  1. Analizar la situación en la que se encuentra el comercio bilateral entra República Dominicana y Haití en el 2015.
  2. Describir las técnicas para resolver conflictos comerciales entre ambos países.
  3. Explicar las barreras comerciales que hay entre las dos naciones.
  4. Identificar las modalidades utilizadas para la importación en ambos países.
  5. Determinar qué tipo de exportación predomina en el comercio de estos países.
  • Marco teórico conceptual
  1. Comercio: Suele denominarse comercio la actividad profesional con fines lucrativos de vender, comprar o intercambiar mercancías y servicios. Esta actividad es consecuencia natural y resultante de la división del trabajo inherente a todo tipo de sociedad. En sentido funcional, se trata del intercambio de bienes económicos mediante la transacción de mercancía por dinero o por cambio en especies.[1]
  1. Comercio Bilateral: Negociaciones que son realizadas principalmente entre dos naciones.[2]
  1. Importación: Se identifican como la compra de productos en el exterior para ser usados o consumidos en el mercado nacional.[3]
  1. Exportación: Es la salida legal de mercancías de un país para el uso o consumo fuera de su territorio.[4]
  1. Conflictos comerciales: Se habla de conflictos comerciales cuando hay intereses, deseos u objetivos contrarios entre dos partes, aunque al mismo tiempo existan ciertos intereses en común entre ellas.[5]
  1. Naciones: Constituye una unidad étnico-social que cuenta con una serie de elementos vinculados: comunidad de territorio, de idioma, de vida económica, de psicología, de cultura, etc.[6]
  • Marco Referencial

Mendoza Álvarez C., 2010, España. Integración y Comercio Exterior: correlaciones en la Comunidad Andina de Naciones y el Mercado Común del Sur: período 1999-2008, Universidad de Sevilla.

El neo estructuralismo surge como respuesta al avance de la tesis clásica en la región latinoamericana a mediados de los años ochenta y sirve de base teórica a lo que se conoce como el regionalismo abierto, propuesta sobre la que se intentó sustentar el proceso de integración de Latinoamérica en los años noventa.

 En la actualidad, aunque no puede decirse que exista una nueva teoría a este respecto, en Latinoamérica y el Caribe, el modelo de integración se debate entre el comercial, sustentado en la tesis clásica y defendida por los países que creen en las bondades del libre comercio y en la firma de tratados de libre comercio con Estados Unidos; una integración basada en la economía de mercado pero con alto contenido social como la contenida en la propuesta de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), esquema que inicia su proceso de creación en Diciembre del 2004 y que se sustenta en la tesis neo estructuralista y una Integración basada en la solidaridad y la cooperación en el marco de una economía socialista, que se basa en la teoría marxista y es la propuesta del gobierno venezolano, la cual se ha materializado en la conformación de la Alternativa Bolivariana para América Latina y el Caribe (ALBA), también desde diciembre del 2004.

Por su parte, desde el punto de vista teórico, la integración entre países con economías de mercado es un proceso gradual que puede clasificarse en etapas dependiendo de cuál sea el nivel de integración prevaleciente en cada una de ellas, pero sin dejar de reconocer que no existe una delimitación clara entre las mismas y que pueden coexistir elementos de una etapa y otra al mismo tiempo.

Crespo Parra G., 2000, España. Litigios transfronterizos de contratos de consumo: Competencia judicial, ley aplicable, medios alternativos de solución, Universidad de Extremadura.

Los diversos ejemplos jurisprudenciales y normativos de los que nos hemos servido, revelan que la política legislativa del Estado moderno en materia de protección al consumidor no se limita a las situaciones puramente internas, sino también a las que necesariamente ha de regular el Derecho internacional privado. Los argumentos para aceptar o rechazar un ejercicio libre de la autonomía de la voluntad se encuentran en ambos sentidos. La posición que concede esta posibilidad a las partes en los conflictos de jurisdicciones y leyes se apoya en varias razones.

La primera de ellas es que la autonomía de la voluntad permite a las partes de una relación internacional fijar, desde el principio, el foro de competencia judicial y el derecho regulador de su relación contractual. Desaparece así el elemento de incertidumbre que contienen muchas relaciones obligacionales en las que no se define la ley rectora de la obligación e incluso se desconoce la forma de averiguarla. La segunda es que las partes de una relación jurídica de carácter internacional tienen como principio jurídico el derecho de contratar libremente, lo que incumbe también a los aspectos de fondo.

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