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Introducción A La Norma Legal En Ley De Subcontratación


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  Ensayos  •  1.102 Palabras (5 Páginas)  •  295 Visitas

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Mediante el presente documento, nuestra organización sindical propone el siguiente protocolo para el traslado de guardias externos, cuando se presenten situaciones de distinta naturaleza en las cuales sea necesario realizar cambios en las dotaciones de las distintas sedes de Universidad de las Américas.

TEMAS A TRATAR:

I. INTRODUCCIÓN A LA NORMA LEGAL EN LEY DE SUBCONTRATACIÓN.

II. FACULTADES DE LA EMPRESA PRINCIPAL SEGÚN LA DOCTRINA VIGENTE DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO.

III. REQUISITOS PARA EL TRASLADO DE GUARDIAS EXTERNOS.

I. Introducción a la Norma Legal.

El trabajo en régimen de subcontratación es aquel realizado, en virtud de un contrato de trabajo, por un trabajador para un empleador, denominado contratista o subcontratista, quien en razón de un acuerdo contractual, ejecuta obras o servicios por cuenta y riesgo propio y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona natural o jurídica dueña de la obra, empresa o faena, denominada la empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas.

Las partes involucradas en la Subcontratación son las siguientes:

• Empresa principal: Que es aquella que contrata a la empresa contratista y que es dueña de la obra o faena.

• Empresa contratista y sus trabajadores: Que es aquella que ejecuta las labores externalizadas por la empresa principal.

• Empresa subcontratista y sus trabajadores: Que es aquella que participa si la empresa contratista a su vez subcontrata la obra o servicio encomendado por la empresa principal.

Debido a las generalidades expuestas en la Ley de Subcontratación y su puesta en marcha, se solicitó pronunciamiento de la Dirección del Trabajo para fijar los alcances de la Ley de Subcontratación y sus implicancias, pronunciamiento que vio luz mediante la ORD N° 141/05 del 10/01/2007, la cual fue complementada por la ORD Nº 2468/053 que trata temas relativos a la seguridad privada y que se adjuntan al presente documento.

II. Facultades de la Empresa Principal Según la Doctrina Vigente de la Dirección del Trabajo.

En relación al punto anterior, es necesario mencionar lo dispuesto en la ORD Nº 2468/053 de la Dirección del Trabajo que establece lo siguiente:

“2) En relación con esta consulta, es preciso reiterar lo expuesto en el punto 1.2.- del Ordinario Nº141/05, de 10.01.07, el cual, analizando los requisitos del trabajo subcontratado, en su letra d), establece expresamente que las obras o servicios deben ser ejecutadas por el contratista con trabajadores de su dependencia.

Cabe agregar que respecto a dicho requisito el señalado dictamen concluye “la prestación de servicios de los trabajadores del contratista debe ejecutarse bajo un vínculo de subordinación y dependencia respecto de éste, el cual, conforme a la doctrina y jurisprudencia administrativa vigente se traduce, entre otros aspectos, en el derecho del empleador a dirigir al trabajador impartiéndole órdenes e instrucciones, principalmente acerca de la forma y oportunidad de la ejecución de las labores y en el deber del trabajador de acatar y obedecer las mismas.”

En el mismo orden de ideas, el citado pronunciamiento jurídico señala que en el régimen de subcontratación, “es el contratista, en su carácter de empleador, el que estará dotado de la facultad de supervigilar a los trabajadores que se desempeñen en las obras o servicios que realiza para la empresa principal, como asimismo, para impartirles las instrucciones que estime pertinentes

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