Actividad: Evidencia de aprendizaje. Intervención del policía en la audiencia de juicio oral
Cristhian TadeoDocumentos de Investigación27 de Abril de 2018
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[pic 2] UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MÉXICO. Licenciatura en Seguridad Pública. | DATOS DEL DOCENTE: Nombre: YARIN ELISA GUEVARA ARÉVALO Materia: Derecho Procesal Penal. Alumno: Cristhian López Tadeo Matricula: ES1611311425. Semestre: #4 Bloque: #2 Unidad: 3 Procedimiento Acusatorio Adversarial Actividad: Evidencia de aprendizaje. Intervención del policía en la audiencia de juicio oral. |
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Juicio Oral Homicidio Calificado.
Teoría del caso.
Se trata de os hechos ocurridos en día 06de julio del 2013, cuando una persona de nombre Arturo Solano Rodríguez pierde la vida en manos de una persona que la apuñalo con un pico de botella, el imputado es una persona del sexo masculino de nombre Eliseo Reyes García quien en compañía de una segunda persona de nombre Juan Carlos Sacarías (cómplice) cometió el delito, estas dos personas fueron señaladas por testigos. El delito se encuentra justificado en los artículos 110, 112 y 123, fracción I.
Es importante mencionar que dentro de las formalidades del juicio es la disciplina que se debe mantener dentro de la sala, el auxiliar de sala que ayuda a facilitar el trabajo a los jueces.
Primero encontramos la declaración del testigo perito de nombre José Ángel Alamilla Alamilla, quien en su carácter de experto en la materia forense narra la mecánica de los hechos que dieron como resultado la muerte del ahora occiso, describiendo que al cuerpo se le detectan dos tipos de lesiones una de ellas es una contusión nasal (realizada con un objeto sin filo) y la segunda es una herida corto-contusa, la cual se detectó en la región interna clavicular lado izquierdo, la cual le causó la muerte, ya que en la realización de dicha herida se lesiono la arteria carótida primitiva izquierda, lo que produjo un shock hemorrágico y un colapso de las arterias. Determinando que la herida se realizó con un objeto con filo pero no propio, es decir un objeto con punta y que a la vez contunde el cual entro izquierda a derecha y de atrás hacia adelante. (La verdad nunca me quedo claro si en realidad fue una punta de botella con la que hicieron le herida)
Según la declaración del policía la detención se realizó en “flagrancia por señalamiento”, en un lugar distinto al de los hechos, después de la detención regresan al bar el “cuarto frio” y realizan embalaje de las evidencias y acordonamiento del lugar donde se encontraba el occiso, pero nunca mostraron el pico de botella, ni en las fotografías de las evidencias mostraron tal objeto con el que se hizo la herida.
Nunca se mostró ningún elemento probatorio en contra del imputado, y como lo probatorio sustenta lo fáctico, lo fáctico entonces no tiene sentido.
Mi teoría del caso.
A mi parecer el juicio se desarrolla con ciertas inconsistencias, por ejemplo en la detención participan más elementos de la policía que no son requeridos a declarar, siento que la defensa se enfoca más en recibir una explicación de los objetos corto contusos, corto punzantes y punzo cortantes, etc. Que por determinar si fue el pico de botella lo que provoco la herida, nunca mencionan si en el pico de botella fueron encontradas las huellas dactilares del imputado, pero si se muestran evidencias que fueron recabadas por contener manchas hemáticas, pero tampoco mencionan si a esas manchas se les realizo un examen para determinar de quien era esa sangre. Por lo que yo creo no es culpable el imputado o las pruebas fueron mal recabadas, por lo que a mí no me quedo clara la teoría del caso, como me lo decía un profesor en un curso, la finalidad de los interrogatorios es obtener la verdad, que no quede duda alguna de cómo ocurrieron los hechos y en este video lejos de entenderlo me aburrían y enredaban las preguntas de la defensa.
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