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RESUMEN PUNTUAL DE TEMAS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

pininito28 de Noviembre de 2012

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RESUMEN PUNTUAL DE TEMAS DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Materia: ADM. PÚBLICA Docente: Marco Antonio Ruiz

Alumno: Guillermo Vargas Quiroz Reg: 5700 Turno: Noche

EL ESTADO:

Sociedad establecida en un territorio determinado.

Políticamente organizada mediante una autoridad o gobierno. Haciendo uso del ejercicio del poder político y regulando la convivencia social.

Finalidad brindar bienestar a sus miembros.

Bolivia: Estado plurinacional, comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.

EL GOBIERNO:

Conjunto de poderes políticos.

El pueblo les delega ejercicio supremo de soberanía.

Bolivia: El gobierno es democrático, participativo, representativo, comunitario, con equivalencia entre hombres y mujeres.

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

Conjunto de órganos al servicio del Estado.

Actividades y funciones tendientes a la provisión de tierras, obras y servicios a la sociedad.

Finalidad u objetivo: Eficacia y eficiencia de los recursos de la sociedad, puestos a su disposición. Reducir gastos. Evitar el despilfarro. Conservar y utilizar criterios tecnológicos en el patrimonio del estado y proteger los intereses y bienestar de los servicios públicos.

ÓRGANOS DEL ESTADO:

Se organizan o estructuran de la siguiente manera:

• ÓRGANO LEGISLATIVO: Con facultad exclusiva de aprobar y sancionar leyes, para todo el territorio Boliviano. Reside en la Asamblea Legislativa Plurinacional. (A.L.P), compuesta por dos cámaras. Cámara de Diputados compuesta por 260 miembros, 130 elegidos en circunscripciones uninominales y 130 Plurinacionales departamentales, encabezando las listas para candidatos a presidente, vicepresidente y senadores. Cámara de Senadores compuesta por 36 miembros, 4 por cada circunscripción departamental y son precedidas por el Vicepresidente del Estado Plurinacional.

• ÓRGANO EJECUTIVO: compuesta por el Presidente, el Vicepresidente y los Ministros del Estado Plurinacional.

o niveles:

 Nivel Central: Presidencia, Vicepresidencia y Ministerios

 Nivel Departamental: Representación Presidencial en cada departamento, sus atribuciones son atender asuntos específicos y por un tiempo determinado. (Art. 8 D.S. 29894).

• ÓRGANO JUDICIAL: Encargado de la administración de justicia a nuestra sociedad, su función es única y se ejerce por medio de:

La Jurisdicción Ordinaria a cargo del “Tribunal Supremo de Justicia”, los tribunales de sentencia y los jueces. Es el máximo tribual especializado y se organizan en salas especializadas.

La Jurisdicción Agroambiental bajo la responsabilidad del “Tribunal y Jueces Agroambientales” es el máximo tribunal especializado agroambiental, se rige por los principios de: Función social, integridad, sustentabilidad e interculturalidad, etc. (Art. 186 de la CPE)

Jurisdicción Indígena, originaria campesina regida por sus propias autoridades, aplicando sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios.

La Justicia Constitucional a cargo del “Tribunal Constitucional Plurinacional” Encargado de velar por la supremacía de la Constitución Política del Estado, ejercer su control y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales (Art. 196 de la CPE).

• ÓRGANO ELECTORAL: Constituida por los “Vocales Electorales” y funcionarios o servidores públicos. Encargado de llevar a cabo con transparencia los procesos electorales, como así también la supervisión y comunicación de estos procesos.

PRINCIPIOS DE LA LEGISLACIÓN PÚBLICA.

Según D.S 29894 en su art. 3, los servidores (as) públicos (as) deben considerar los siguientes principios: Vivir bien. Ama Qhella, Ama Llulla, Ama Suwa. Calidez, ética, legalidad, legitimidad, igualdad, descolonización, transparencia, competencia, eficacia, eficiencia, calidad, honestidad, responsabilidad, resultado.

VALORES DE CARÁCTER SOCIAL Y PERSONAL.

Según D.S 29894 en su art. 4, los servidores (as) públicos (as) deben considerar los siguientes valores:

Unidad, dignidad, inclusión, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, equilibrio, armonía, equidad.

ESTRUCTURA DE APOYO PARA LOS MINISTERIOS:

• Una Dirección general de Planificación.

• Una Dirección general de Asuntos Administrativos.

• Una Dirección general de Asuntos Jurídicos.

• Una Dirección de Auditoria Interna.

• Una Unidad de Transparencia.

INSTANCIAS DE APOYO A LOS MINISTERIOS:

• Un Jefe de Gabinete.

• Un Jefe de Unidad de Comunicación Social.

PRINCIPIOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS:

Estos principios son: Celeridad, honestidad, transparencia, competitividad, bienestar, coordinación, interrelación, interacción, etc.

AUTONOMÍAS:

1. Autonomía Prefectural: Dirigida por el Prefecto del departamento. Hoy en día Gobernador.

2. Autonomía Municipal: Dirigida por el Alcalde o Alcaldesa del municipio que corresponde.

3. Autonomía Indígena, Originaria Campesina: Dirigida por las autoridades designadas de acuerdo a la población bajo normas y principios que se estipulan.

4. Autonomía Universitaria: Es de libre administración financiera, de libre elección de sus autoridades, plantel docente y empleados o servidores administrativos que persiguen el fin social.

CENTRALIZACIÓN O DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Problema de delegación de autoridad y responsabilidad en los niveles jerárquicos, no existe una centralización o descentralización completa que se de en la Administración Pública. La administración más centralizada delega de manera necesaria a los jefes intermedios aunque sean las mínimas facultades de supervisar el trabajo y la mayor descentralización, forzosamente exige que los jefes controlen parcialmente los resultados finales.

SISTEMA: Es un conjunto organizado, formando un todo, en el que cada una de sus partes esta conjuntada a través de una ordenación lógica que encadena sus actos a un fin común

LEY 1178 Y EL ENFOQUE DE LOS SISTEMAS.

Regular el funcionamiento de las entidades públicas aplicando el concepto, características y funcionamiento de los sistemas en la administración pública.

Se considera a los sistemas de administración y operación de las entidades en el sector público como un todo funcional, donde el intercambio de insumos, productos y la interacción e interrelación permanente son las reglas del funcionamiento de todas las instancias.

LAS ORGANIZACIONES PÚBLICAS SE CONSIDERAN SISTEMAS

Es un conjunto conformado por varios componentes o subsistemas dispuestos en un orden establecido de organización, funcionamiento e interactúan permanentemente para producir bienes y servicios de acuerdo a un plan previamente formulado.

Esta compuesto por insumos que son las entradas que pasan por un proceso de transformación para obtener un producto, bien o servicio llamado salidas y un mecanismo de evaluación y de control llamada retroalimentación.

TIPOS DE SISTEMAS

• Sistemas de Operación: tienen como finalidad transformar los insumos en productos o servicios finales.

Contribuyen directamente a los objetivos y metas de la entidad

El tipo de producto depende de la naturaleza y las atribuciones de las entidades públicas

• Sistemas de Administración: Planificación, organización, ejecución y control de las actividades, utilización y combinación de los recursos disponibles para producir los bienes y servicios.

Contribuyen indirectamente a los objetivos y metas de la entidad

TIPOS DE SISTEMAS QUE ESTABLECE LA LEY 1178.

Sistemas que proporcionen los procesos e instrumentos necesarios para que las entidades sean administradas con criterio técnico administrativo y así alcanzar un grado de desempeño que satisfaga las necesidades y expectativas de la sociedad Boliviana.

ASPECTOS GENERALES DE LA LEY 1178.

La ley 1178 es una norma promulgada el 20 de julio de 1990

• Expresa un modelo de administración para el manejo de los recursos del estado

• Establece sistemas de administración financiera y no financiera que funcionan de manera interrelacionada entre si y con los sistemas Nacionales de planificación e inversión pública.

• Establece el régimen de responsabilidades de los servidores públicos por el desempeño de sus funciones o actividades.

ESTRUCTURA DE LA LEY 1178

La ley 1178 consta de ocho capítulos

Capitulo I Finalidad o Ámbito de aplicación.

Capitulo II Sistema de Administración y Control.

Capitulo III Relaciones con los Sistemas Nacionales de Planificación e Inversión Pública.

Capitulo IV Atribuciones Institucionales.

Capitulo V Responsabilidad por la Función Pública.

Capitulo VI Del funcionamiento de la Contraloría General del Estado.

Capitulo VII De la Jurisdicción Coactiva Fiscal.

Capitulo VIII Abrogaciones y Derogaciones.

FINALIDAD DE LA LEY 1178

• Lograr la Administración eficaz y eficiente de los recursos públicos.

• Programar, organizar, ejecutar y controlar la captación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos.

Generar información que muestre con transparencia la gestión, lograr que todo servidor público asuma plena responsabilidad

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