Bioética en la investigación Universitaria; Una propuesta desde los derechos humanos
psqdavidBiografía1 de Abril de 2019
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Bioética en la investigación Universitaria; Una propuesta desde los derechos humanos.
Manuel Alberto Santillana Macedo* PhD.
Eunice Gaxiola Villa Lic. Psicología**
Daniel Bernal Méndez Medico**
Ana Lourdes Mata Pineda, QB, M en C.***
*Docente, Maestría en Ciencias de la Salud: msantillanam@hotmail.com
**Alumnos, Maestría en Ciencias de la Salud: ladyunic@gmail.com, drbernal_mendezhotmail.com
***Alumna, Programa Doctorado en Biociencias: entropia@rocketmail.com
Departamento de Medicina y Ciencias de la Salud, Universidad de Sonora
Resumen:
Objetivo: Proponer a la comunidad de universitaria, las bases históricas normativas y éticas para el desempeño de investigación con seres humanos a través de una guía de referencias documentales esenciales en Bioética, así como una propuesta básica de Carta de Consentimiento bajo Información en investigación con seres humanos y, una Carta de los derechos de los sujetos en todo estudio universitario. Conclusión: Es necesario conocer y difundir aspectos históricos éticos, normativos y sanitarios en Bioética y con ello garantizar el respeto a los derechos humanos para todos los estudios, así como garantizar la aplicación ética-científica en investigaciones universitarias bajo el principio de equidad y la premisa de gratuidad o menor costo económico para los participantes.
Palabras claves: Bioética, Investigación, Derechos Humanos, Universidad.[a]
Recomendaciones para mejorar su colaboración:
1.- Hacer descripción sintética del contenido del artículo que mencione aspectos importantes que logren impactar al lector……en lugar del resumen (incluso creo que lo que menciona en la portada es suficiente).
2.- El contenido de la introducción y la discusión nos parece muy amplio, es necesario recurrir a los subtítulos, lo que ayudará a no cansar al lector
3.- Las tablas es necesario pasarlas a formato JPG para evitar que se muevan con el manejo del texto.
4.- Es conveniente enviar un archivo aparte que contenga fotos e imágenes (en formato JPG) relacionadas con el tema, que podrán insertarse en el texto y de esta manera aligerar el contenido, evitando cansar al lector.
5.- Las tablas y graficas (todas en formato JPG), además de estar insertadas en el texto, deberán presentarse en un archivo diferente, porque al ser manipulado el manuscrito se mueve su contenido, por lo que es necesario contar con estas aparte.
Introducción
De una forma primordial las funciones de las universidades públicas en México se enfocan en la docencia, la investigación y la divulgación científico-artística. Tanto en la docencia como en la investigación constantemente se hace uso de encuestas, entrevistas, o de toma de material biológico para los estudios de diferente índole: desde tesis de grado, hasta proyectos de investigación de colaboración internacional. En este sentido, es pertinente que tanto los docentes como los investigadores tengan una sólida formación en los tópicos referentes a la bioética en la investigación con seres humanos. Sin embargo, dentro de la currícula universitaria solo algunas carreras cuentan con la materia de Bioética, además no en todos los postgrados se considera pertinente su inclusión aun cuando entre sus objetivos se encuentre la formación de investigadores e incluso, ya en el ejercicio laboral, no todos los docentes e investigadores cuentan con una verdadera capacitación o constancia formal en la Bioética.
La Bioética puede revisarse desde diversos tópicos como pueden ser los de atención médica, ideológicos, de investigación, de justicia y equidad, semióticos, jurídico-normativos, o incluso puramente técnico-metodológicos. Una de las aproximaciones hacia la bioética lo es desde la perspectiva de los derechos humanos, misma que adoptamos como grupo académico en la Maestría en Ciencias de la Salud de la Universidad de Sonora. En efecto, ya que si bien puede rescatarse el origen de los tópicos éticos y morales desde hace veinte siglos, el inicio de esta tradición, el respeto a los derechos del hombre, se remonta al siglo de la Ilustración([1]) donde puede reconocerse con claridad el principio elemental de que los seres humanos gozamos de libertad e igualdad, pero a la vez de derechos y obligaciones con nuestros semejantes y el Estado. Estos derechos se vieron ampliados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 de la ONU el 10 de diciembre de 1948.
Un año antes, en la lógica de derechos humanos se considera que surge la ética medica en la historia moderna a partir del Código de Nüremberg de 1947, que privilegia el principio de Autonomía, es decir, que los sujetos deben de decidir por ellos mismos su tratamiento o participación en un estudio. En esta misma línea se identifican las propuestas formuladas en 1948, 1953 y 1964 por la World Medical Association, entre ellas la denominada Declaración de Helsinki([2]) sobre la ética en la práctica médica y de beneficencia, es decir de apoyar primeramente a los pacientes o sujetos con autonomía disminuida. Sin embargo, propiamente dicho, no es sino hasta 1971 cuando Van Rensselaer Potter acuña el término de “bioética” para referirse a la aplicación de la ética a la praxis y conocimiento biomédico; es decir el conjunto de reglas a seguir para el respeto de la vida humana, o sus ideas, decisiones, preferencias e idiosincrasias.
En los últimos años se han incrementado las propuestas enfocadas en la bioética para la investigación, cabe destacar por su importancia el Informe Belmont de1978 donde se privilegia el respeto por las personas, beneficencia y justicia, así como las guías elaboradas por la ONU en las Normas Internacionales del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) de 1991 donde amplían directrices para cuando se realice investigación internacional. En el año 2001 los principios elaborados por Beauchamp and Childress, se consideran como los elementos teóricos fundamentales tanto para la praxis como la investigación biomédica teniendo como base los derechos humanos([3]).
En México la bioética ha tenido varias líneas de trabajo y desarrollo. Una de ellas, la que interesa resaltar en este artículo, destaca los derechos que tiene un ser humano cuando es sujeto de investigación en el campo universitario.
Desde nuestra perspectiva existen tres vertientes que inciden sobre este punto de la investigación; una de ellas corresponde a los aspectos jurídico-sanitarios contemplados en la normatividad y legislación mexicana que en nuestra perspectiva deben ser conocidos y referidos por todo aquél que se dedique a la investigación en el ámbito de las universidades en nuestro país. El segundo corresponde a la práctica de la investigación universitaria donde se postula anteponer los derechos humanos de los sujetos en los estudio de cualquier índole, ya que nos hemos percatado que sólo se ponen como un requisito por cumplir en los documentos, sin el conocimiento. La tercera, ubicada en un principio de equidad y justicia social, no como un simple enunciado, sino ligado a los soportes ideológicos y responsabilidad social que se encuentran detrás de la universidad pública, y más aún al interés en desarrollar investigación para el desarrollo social. Esto último nos interesa resaltarlo, ya que la práctica de la investigación biomédica, clínica, epidemiológica, en sistemas de salud, y educativa en un país en vías de desarrollo le confiere, precisamente, una dimensión especial, la de que toda actividad en el campo universitario, y en particular del campo de la salud, busque un principio fundamental de equidad y justicia social.
Dado el escaso conocimiento y referencia que se hace en los estudios universitarios de la normatividad mexicana requerida en bioética, conviene destacar que la primera vertiente relacionada con aspectos jurídico-sanitarios, está representada por la Ley General de Salud que entró en vigencia desde julio de 1984. Dicha Ley establece los alcances y requisitos consignados a quienes pretenden realizar investigación con seres humanos. Por su parte el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica faculta a los establecimientos de carácter privado a desarrollar actividades de investigación. Asimismo en el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Investigación para la Salud se describen los requisitos, las variantes así como las responsabilidades a que se queda sujeto cuando se realiza la investigación correspondiente en seres humanos.
Históricamente uno de los antecedentes correspondiente al ejercicio de la bioética en México queda establecido en noviembre de 1997, cuando se editó y distribuyó hacia los Servicios de Salud de las Entidades Federativas el “Manual para la Organización y Funcionamiento de los Comités Técnico Médico Hospitalarios”. En donde integraron los siguientes seis comités: 1) Comité de Calidad para la Atención Médica: Auditoría Médica, Evaluación del Expediente clínico y Tejidos. 2) Comité para la Detección y Control de Infecciones Intrahospitalarias. 3) Comité de Mortalidad Hospitalaria, Materna y Perinatal. 4) Comité de Seguridad y Atención Médica para Casos de Desastre. 5) Comité de insumos. 6) Comité de Enseñanza, Investigación, Capacitación y Ética.
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