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Derechos humanos desde el derecho comparado


Enviado por   •  27 de Mayo de 2018  •  Apuntes  •  1.666 Palabras (7 Páginas)  •  170 Visitas

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Pontificia universidad javeriana

Curso de derecho comparado de los derechos humanos

Doctora Lina Chaparro

Presentado por: María José Cárdenas Luna

Bogotá, 24 de mayo del 2018.

EXAMEN FINAL

  1. Enumere las razones que explican la conveniencia del uso del método comparado para el estudio de los Derechos Humanos. 

* debemos enfrentarnos en miras de problemas jurídicos que llegan a cruzar limites trasnacionales, en donde cada problema se estudia de manera diferente usando tan solo como puente el derecho comparado

* Hoy en día se nos educa de tal manera en que solo importa el derecho que aplica en nuestro territorio y se nos forma entendiendo que ese y solo ese es el derecho que debemos aplicar al enfrentarnos a los distintos problemas jurídicos que se nos avecinan, es por eso que se nos propone realizar p evaluar una “expansión de intereses jurídicos y horizontes jurídicos” en donde nos enfrentemos al mundo jurídico actual.

* Debemos por ello comparar sistemas no desde la clásica bina Derecho civil-Common law, si no transportarnos a sistemas jurídicos “extraterritoriales”, para poder así identificar otros sistemas jurídicos y poder compararlos entre sí y con nuestro propio sistema y poder fundamentar un criterio propio que conlleve a discusiones sobre cuestione legales significativas de nuestro mundo hoy, yendo más allá de los límites de la soberanía.

*Ver el derecho desde las diferentes culturas que lo adoptan, pues ello implica generar un criterio desde el análisis que debe realizar al contraponer situaciones que, si bien son legales en algunas culturas, en algunas otras no lo son y verlo todo desde un CONTEXTO

  1. ¿Qué se entiende por universalización y qué por particularismo, en materia de derechos humanos? 

UNIVERSALISMO

PARTICULARISMO

  • Como pretensión: ideas y prácticas aplicables universalmente, es decir en cualquier logar del mundo y sin modificación en la concepción de los derechos humanos.
  • se centra en reglas formales
  • Presenta problemas tales como: etnocentrismo, nacionalismos (una sola cultura), y una unificación que puede llevarnos a suprimir temas centrales en la trata de derechos humanos
  • Como pretensión: consideración de las circunstancias de cada estado.
  • Hace un análisis de donde pueden aplicarse las normas y como pueden aplicarse sin trasgredir esas consideraciones especiales.
  • Conlleva relaciones y funcionamientos interpartes
  • Implica el reconocimiento de diferencias entre las diferentes culturas.
  • Presenta problemas tales como: relativismo, hay tantas tradiciones como sociedades lo cual hace la tarea más compleja, puede llegar a atentar contra principios universales base de los derechos humanos.

  1. Señale dos diferencias entre las revoluciones liberales. 

- En el siglo 18 si bien los ingleses habían emitido su declaración de derechos, podemos ver como estos eran el reflejo de las condiciones del proceder ingles en ese entonces, y como los derechos no se veían desde un enfoque, universal, igual o neutral. Así, muchos seres humanos quedaron aun cumpliendo esta condicion de ser humanos, fuera de estas declaraciones de derechos que se proclamaban a si mismas como universales e iguales

- En occidente, por ejemplo, estos (los derechos humanos) desde su auge en 1948, tras la declaración universal de derechos humanos han prevalecido sobre todo tipo de “Valor” social, en donde se considera que cualquiera por su simple condición de ser humano, debe tener acceso a estos de forma inalienable y solo tras la  declaración de derechos humanos de 1948, vemos como los derechos humanos llegaron a volverse parte de la esencia del ser , y convivimos en una “sociedad mundial” en la que estos derechos son de una u otra manera un común denominador e hilo conductor del lenguaje y relaciones transnacionales.

  1. ¿En qué consiste la crisis del liberalismo y porqué es importante para el estudio de la redefinición del mundo liberal que se da con la Declaración de los DDHH? 

La crisis del liberalismo debemos abordarla desde un análisis del contexto político, social, e ideológico de los distintos discursos de poder y con ello el actuar arbitrario de los gobiernos autoritarios para generar terror y dominación, es decir , analizar a sucesos sociopolíticos que dan lugar al nacimiento de regímenes cuyo fundamento va totalmente en contra de lo que en ese entonces y aun hoy se entiende como derechos humanos dejando a un lado el entendimiento de una igualdad de los seres humanos por el mismo hecho de ser humanos, , todo esto bajo la justificación de estar bajo una constitución estatal legitima.

Esta crisis es entonces la presencia del TOTALITARISMO como una forma de dominación, pues vemos solo como una clase social alta y adinerada es la que maneja a los pobres como un “rebaño” y los somete a sus decisiones. Esta clase totalitaria forma un solo partido político e intenta imponer valores sociales intentando un control de la vida en sociedad que se ajuste a lo que ellos creen es correcto mediante el sometimiento, la intimidación y la tortura.

  1. ¿Si usted fuera el mandatario de un país, optaría por un sistema de derechos humanos como el actual en Colombia? Por favor, justifique su respuesta. 

El sistema de derechos humanos que maneja actualmente Colombia es el ideal al que todos queremos llegar algún día, es supremamente garantista y vela en su normativa siempre por la protección de los derechos humanos de sus habitantes. Colombia hace un reconocimiento de derechos humanos vía constitucional y nos da un listado de cuales son consideradas como fundamentales los cuales son inalienables al colombiano y se le van a reconocer por su condición de tal, y los cuales a su vez deben ir de la mano de cada decisión y proceder del estado y del sujeto en sí mismo. En teoría , es un modelo romántico e ideal, de hecho muchos países ponen a Colombia como ejemplo de protección y garantía de derechos humanos, pero la realidad que vive el país es otra, pues es el mismo estado el que los trasgrede (los derechos humanos) y la teoría se queda en simplemente eso , una teoría, que más allá de la tutela (mecanismo mal implementado, mal interpretado y consecuentemente ineficaz) son pocas o nulas las alternativas del colombiano para que se le respeten sus derechos reconocidos constitucionalmente como fundamentales.

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