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CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE


Enviado por   •  5 de Junio de 2015  •  Tesis  •  1.202 Palabras (5 Páginas)  •  361 Visitas

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CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

La creación del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (en adelante: Fondo Indígena) fue decidida unánimemente por los jefes de estado y de gobierno en la Primera Cumbre Iberoamericana (Guadalajara, México, 18 al 20 de julio de 1991), haciéndose eco de la fuerte demanda indígena de disponer de un organismo que apoyara el desarrollo de pueblos y comunidades indias del continente. La Declaración de Guadalajara señaló la voluntad común de ver fortalecidas la identidad de la región, la recuperación, conservación y uso sustentable de la riqueza ecológica del continente, y la urgencia de revertir la derrota tecnológica y combatir la pobreza. La Declaración señalaba también el interés por la "creación de un Fondo Iberoamericano con el apoyo de organismos internacionales, para el desarrollo de los pueblos originarios, al margen de cualquier sentido de "reservas indígenas" o de compensaciones paternalistas".

El Convenio define al Fondo Indígena como:

a. un espacio de concertación y un mecanismo de coordinación entre Pueblos Indígenas, Gobiernos de la región, Gobiernos extra-regionales y Organismos Internacionales;

b. un mecanismo financiero para canalizar recursos propios y de otras fuentes hacia programas y proyectos indígenas que apoyen su autodesarrollo;

c. una instancia de asistencia técnica y

d. un vehículo de producción y circulación de información.

Para el desarrollo de estas funciones el Fondo Indígena se constituirá como una entidad pública internacional, multilateral, participativa y autónoma; con plena capacidad para establecer cualquier compromiso legal y financiero, para recibir recursos que se destinen al mismo y para asignarlos de conformidad con las normas y reglamentos de su creación

El mismo convenio establece los siguientes objetivos específicos:

I. Fortalecer las formas propias y autónomas de organización de los Pueblos Indígenas en todos sus niveles.

II. Apoyar las estrategias propias de los Pueblos Indígenas para promover: 1) el financiamiento de programas y proyectos prioritarios y específicos de desarrollo sostenible; 2) el fortalecimiento de la capacidad institucional, de gestión, información y documentación, de formación de recursos humanos, de capacidad técnica, de evaluación y de investigación al interior de organizaciones indígenas responsables de llevar adelante los programas y proyectos; y 3) la generación de condiciones para la vida y el autodesarrollo sostenible de los Pueblos Indígenas.

III. Crear y fortalecer espacios de concertación y convenios que permitan contar con los recursos necesarios para el cumplimiento de este conjunto de objetivos esenciales.

Estructura general

La Asamblea General es la autoridad máxima del organismo y tiene a su cargo la conducción política de las actividades. Se integra con un representante de cada uno de los gobiernos de los estados de la región, Miembros del Fondo; un representante de los Pueblos Indígenas de cada Estado de la región, Miembro del Fondo, designado por ellos mismos, y acreditado por el Gobierno respectivo; un representante de cada uno de los gobiernos de los estados extra-regionales, Miembros del Fondo. La Asamblea General elige al presidente del Consejo Directivo del Fondo, el cual dura dos años en su cargo.

Actualmente son Miembros del Fondo y cuentan con representantes gubernamentales, 21 países: a) regionales: Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela; b)extra regionales: Bélgica, España y Portugal.

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