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Clases de Mora


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  Trabajos  •  1.604 Palabras (7 Páginas)  •  398 Visitas

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La mora: Es el retardo injustificado por parte del deudor en el cumplimiento de la obligación o la no aceptación por parte del acreedor en recibir el pago.

Clases de Mora: La doctrina distingue diversos tipos de mora, a saber: Según los sujetos de la obligación: Mora Accipiendi, llamada también mora credendi o mora del acreedor y la Mora Solvendi, llamada mora del deudor; en la mora solvendi a su vez se distingue la Mora Solvendi ex-re y la Mora Solvendi ex-personam: También tenemos que por origen se divide en Mora ex-contractu esta consiste en el retardo culposo en el cumplimiento de una obligación derivada de un contrato; para finalizar esta la Mora ex-lege: consiste en el retraso culposo en el cumplimiento de una obligación derivada de la ley.

Mora del deudor: Para que exista la mora del deudor deben cumplirse las siguientes condiciones:

➢ Que exista una obligación civil.

➢ Que exista un retardo en el cumplimiento de la obligación.

➢ Que la obligación sea válida y exigible.

➢ Que el retardo sea doloso o culpable por parte del deudor.

➢ Que exista la exigencia expresa por parte del acreedor al deudor, llamada interpellatio, excepcionalmente la interpellatio no es necesaria si lo establece una cláusula del contrato.

Efectos de la Mora del deudor: Ella deja los riesgos a cargo del deudor mora perpetuatobligationem al igual que hace exigibles los frutos de la cosa y corren los intereses de la suma debida en los contratos de buena fe y por último en los contratos de estricto derecho los frutos son exigibles a partir de la litis contestatio.

Mora del acreedor: se produce por negativa de aceptación del pago por el acreedor, por su ausencia sin dejar representante o negarse a concurrir a los actos para la ejecución de la obligación; para que se de deben reunirse las siguientes condiciones de la mora del acreedor:

➢ Oferta de pago por parte del deudor o tercera persona.

➢ Negativa injusta de recibir el acreedor el pago de la prestación.

Efectos de la Mora del Acreedor: Deja los riesgos a cargo del acreedor, purga la mora del deudor, da fin al curso de los intereses Indemnización por daños y perjuicios que sobrevengan por su negativa.

Ya para culminar citaremos un ejemplo de mora del acreedor, ahora bien se nos presenta el caso de que el acreedor X dio en calidad de préstamo cierta cantidad de dinero y sin justa causa o motivo rechaza la oferta de pago integro y efectivo del dinero que le hace el deudor Y, en el lugar y tiempo convenido, es decir, cuando rehúsa injustificadamente las ofertas de cumplimiento que le hace el deudor ajustándose estrictamente a lo indebido es decir el acreedor X, está en la obligación de no entorpecer el pago que efectúa el deudor Y, de no impedir ni poner obstáculos para que eldeudor Y se libere de la obligación; el acreedor X debe conducirse correctamente en la recepción del pago del deudor, pues al violar esta obligación incurre en mora.

Continuando con los efectos presente en este caso tenemos que los riesgos del deudor se invierten y se trasladan al acreedor; el deudor disminuye su responsabilidad a culpa grave, los gastos ocasionados al deudor deben ser reembolsados por el acreedor en caso de ocurrir los antes mencionados; el acreedor debe indemnizar los daños y perjuicios que experimente el deudor por la negativa de recibir el pago que éste le ofrece, de comprobarse el comportamiento negligente o culposo del acreedor da lugar a culpabilidad del incumplimiento o sea estamos frente a una causa imputable. Del mismo modo están presentes los siguientes elementos como son sujeto activo acreedor X, sujeto pasivo deudor Y; vinculo jurídico o sea la relación existente entre el acreedor y el deudor, que le permite ejercer acciones al primero (acreedor) sobre el segundo (deudor) referidas estas al cumplimiento de la obligación y para concluir con los elementos esta el objeto que es la prestación o tributo que el deudor debe realizar en beneficio del acreedor.

Mora del acreedor

Se presenta en el supuesto caso de que acreedor sin justa causa o motivo rechaza la oferta de pago integro y efectivo que le hace el deudor en el lugar y tiempo convenido. Es decir, cuando rehúsa injustificadamente las ofertas de cumplimiento que le hace el deudor ajustandose estrictamente a lo indebido.

El acreedor está en la obligación de no entorpecer el pago que efectúa el deudor, de no impedir ni poner obstáculos para que el deudor se libere. Debe pues, el acreedor conducirse como un buen padre de familia en la recepción del pago del deudor. De violar esta obligación incurre en mora.

En cuanto a sus requisitos es importante señalar:

. Que la oferta de pago se realice por quien tiene derecho y sea capaz, y en cuanto al acreedor se permite rehusarla legalmente.

. Que la prestación sea ofrecida íntegramente tal como es debida en el tiempo y lugar que debe ser cumplida la obligación.

. Que el acreedor al rehusar la prestación lo haga sin justa causa, ya que puede probar que por fuerza mayor no pudo ocurrir al cumplimiento de la obligación.

Efectos:

* Disminución de la responsabilidad del acreedor que solo responde del dolo.

* Los riesgos del deudor se invierten y se trasladan al acreedor.

* Los gastos ocasionados al deudor deben ser reembolsados por el acreedor.

* El acreedor debe indemnizar los daños y perjuicios que experimente el deudor por la negativa de recibir el pago que éste le ofrece.

Extinción:

* Cuando se da el recibimiento del pago acordado.

* Manifestación de aceptación

* Cuando existe un convenio entre las partes involucradas

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