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Contratos


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  536 Palabras (3 Páginas)  •  157 Visitas

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El CONTRATO DE HOSPEDAJE

El contrato de hospedaje es el negocio jurídico que regula las relaciones entre el empresario y el cliente. Algunos autores estiman que cuando la empresa es un apartamento turístico, en lugar de contrato de hospedaje nos encontramos ante un arrendamiento urbano de tipo especial, pero la mayoría de la doctrina considera que cualquier cesión de unidad de alojamiento (apartamentos turísticos, habitación de hotel, parcela…) a cambio de precio es CONTRATO DE ALOJAMIENTO U HOSPEDAJE.

En la relación jurídica de hospedaje intervienen 2 sujetos, por un lado la empresa de alojamiento, persona natural o jurídica, que además es objeto de una reglamentación especial a nivel estatal y autonómico respecto a su funcionamiento interno y que depende del tipo de empresa y de la categoría, de esa reglamentación se deduce que la empresa de alojamiento jurídicamente para ser considerada como tal, requiere autorización administrativa del órgano autonómico correspondiente. Tras la autorización (a parte de que en determinados casos tenga que inscribirse en el Registro Mercantil) tendrá que inscribirse en el correspondiente registro administrativo dependiente del órgano con competencias en materia de turismo, en Extremadura el Registro de Empresas y actividades Turísticas.

La inscripción administrativa es gratuita pero obligatoria y tiene como función el que la administración turística pueda controlar la actividad de alojamiento a efectos estadísticos y a efectos inspectores y sancionadores.

Un problema especial se plantea cuando una empresa de alojamiento que aparentemente está autorizada y registrada realiza contratos de alojamiento con clientes. Evidentemente todas las leyes de turismo de las CCAA consideran la falta de autorización como infracción muy grave imponiéndole las sanciones más altas que prevé la norma.

Obligaciones de la empresa de alojamiento:

Se dividen en tres grandes grupos:

• Obligaciones en relación con la unidad de alojamiento y otras dependencias complementarias.

• Obligaciones con otros servicios que pueden prestársele al cliente durante su estancia; servicios complementarios.

• Obligaciones en relación con los efectos introducidos por el huésped y el equipaje.

Modalidades

Tácito: Es cuando el huésped solicita alojamiento en un establecimiento autorizado o fundado precisamente para prestar ese servicio.

Expreso: Cuando quien proporciona el servicio no tiene empresa y establecimiento propio para ello, de manera que cuando se da el contrato existe un policitación entre las partes, y después de fijar sus derechos y obligaciones se llega al perfeccionamiento del mismo.

Elementos

Personales: Hotelero, hospedero, albergador o fondista, el comerciante que presta el servicio. Viajero o huésped, quien a cambio de la retribución que paga, usa el servicio.

Reales: El precio o retribución y el servicio o servicios.

Formales: No existe forma en especial.

4. Caracteres

Bilateral, consensual, oneroso, de tracto sucesivo, por adhesión en la mayoría de casos.

EL CONTRATO DE ASOCIACION

La asociación es un contrato mediante el cual dos o más personas reúnen sus esfuerzos y sus recursos, de manera no transitoria, para la consecución de un fin común lícito, posible y que no tenga el carácter preponderantemente económico.

Características:

es una persona moral.

Nace de un contrato.

Constituye la reunión de dos o mas personas, porque el objeto de la asociación es conseguir un fin imposible de alcanzar por una sola; es el verdadero fundamento de la asociación.

El objetivo de la asociación es el de realizar un fin común, licito, posible y que no tenga carácter preponderantemente económico.

CARACTERISTICAS DE ESTE CONTRATO

Plurilateral y bilateral por excepción.

Oneroso

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