DEMANDA DE DIVORCIO
zadith28041428 de Noviembre de 2014
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Sec. : De turno
Esc. Nº : 01
Sum. : SEPARACION CONVENCIONAL.
AL JUZGADO DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE PISCO:
LUIS ANGEL IZQUIERDO ELIZALDE, identificado con DNI Nº 22273839, con domicilio real en la calle Prolongación Arequipa Nº 806, Pisco Playa, y señalamos domicilio procesal para estos efectos en la calle La Concordia Nº 210 - Pisco, ante Ud. Se presenta y dice:
I.- DEL PETITORIO:
Que, en la Vía del proceso sumarísimo Formulamos demanda de SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR; por lo que en el momento oportuno, sírvase declarar la separación convencional; y consecuentemente disponer, que se deje en suspenso los deberes relativos al lecho y habitación y ponga fin al REGIMEN PATRIMONIAL DE SOCIEDAD DE GANANCIALES que genero nuestro matrimonio; aprobando la propuesta de convenio que alcanzamos.
II.- NOMBRE Y DIRECCION DEL DEMANDADO:
EL MINISTERIO PUBLICO REPRESENTADO POR EL FISCAL DE LA FAMILIA DE ESTA CIUDAD CON DOMCILIO EN LA CALLE CALLAO N° ………..Pisco, adonde se le notificará con cargo de recepción.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO DEL PETITORIO:
2.1. Que, contrajimos matrimonio civil por ante el Concejo Distrital de PARACAS el día 08 de Marzo del 2002, es decir, hace 7 años, y producto de nuestro matrimonio hemos procreado a los menores: ASHLY ARIANA TELLO BORDON de 10 años de edad, JEREMY WORREN TELLO BORDON de 7 años de edad, DANA NICOL TELLO BORDON de 6 años de edad respectivamente.
2.2. Que, en nuestra condición de casados en un primer inicio nuestra unión fue de comprensión y felicidad, y nuestro último hogar conyugal se fijo en la calle 8 de Septiembre Nº 105, La Esperanza, Pisco; EMPERO con el transcurrir del tiempo el afecto mutuo se perdió, y sin expresar la causa que motivo nuestra separación por más de 2 años en que vivimos separados, viviendo cada uno en forma separada y en domicilio diferente.
2.3. Que, dentro del matrimonio no hemos adquirido ningún bien mueble ni inmueble que sea susceptible de división.
2.4. Que, por la tenencia de los menores y demás derechos conexos ambas partes solicitamos se apruebe la propuesta de convenio que por convenir a nuestros intereses hemos formulado.
III.- FUNDAMENTACION JURIDICA:
La presente demanda esta fundada en las siguientes normas legales:
CODIGO CIVIL:
1.- Art. 332 C.C. En cuanto la separación de cuerpos suspende los deberes al lecho y habitación, y pone fin al Régimen Patrimonial de Sociedad Gananciales, dejando subsistente el vínculo matrimonial.
2.- Inciso, 11 del Art. 333 C.C. Referente a la separación convencional de hecho después de transcurridos dos años de la celebración del matrimonio.
3.- Última parte del Art. 340 C.C. concerniente a que la patria potestad lo tiene el padre.
CODIGO PROCESAL CIVIL
1.- Inc. 2 del Art. 546º del C. P. C. Referente a la separación convencional y divorcio ulterior.
2.- Art. 573 C. P. C. Respecto que la separación de cuerpos y extinción del régimen patrimonial de sociedades de gananciales, se sujetan al tramite del proceso sumarísimo.
3.- Art. 574 C. P. C. En cuanto el Ministerio Publico es parte en el proceso.
4.- Inc. 10 del Art. 424 C.P.C. Respecto a los medios probatorios.
IV.- VIA PROCEDIMENTAL:
La vía procedimental que corresponde a la demanda es el PROCESO SUMARISIMO.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
El amparo del Art. 188º del Código Procesal Civil ofrecemos los siguientes medios probatorios:
1.- Partida de matrimonio Civil con el que se acredita la preexistencia del matrimonio.
2.- La partida de nacimiento de nuestros hijos: ASHLY ARIANA TELLO BORDON de 10 años
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