Derecho Agrario Guia
david003724 de Septiembre de 2014
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DERECHO AGRARIO
GRUPO 10
1. ¿De qué habla el artículo 27 constitucional?
En materia agraria el artículo 27 constitucional habla de la tenencia de la tierra
2. ¿Cuál es la ley reglamentaria del artículo 27° constitucional en Derecho Agrario?
La ley agraria
3. ¿Cuál es el fundamento constitucional del Derecho Agrario?
Articulo 27 constitucional
4. ¿Cuáles son las formas de tenencia de la tierra reguladas por el artículo 27 constitucional?
Ejidal, comunal y pequeña propiedad
5. ¿Cuál es la importancia del Derecho Agrario en nuestros días?
Es importante debido a que el crecimiento demográfico exige un incremento en la producción agraria que satisfaga de manera adecuada las necesidades esenciales de la población, lo cual sólo se puede conseguir mediante adecuados instrumentos jurídicos en dicha materia (agraria).
6. ¿En qué rama del Derechos de localiza el Derecho Agrario?
En el Derecho Social
7. ¿Para qué se debe enseñar el Derecho Agrario?
Debido a que es una política de educación con dos objetivos: general, que intenta que el alumno tenga un conocimiento integral de lo jurídico en el que se contemplan las ramas del derecho; específico, que se enfoca a formar profesionistas en materia agraria que puedan enfocarse a los problemas inherentes en busca de su respectiva solución, agregando el fomentar la justicia en el campo.
8. Concepto de Derecho Agrario
Conjunto de normas, principios e instituciones jurídicas pertenecientes al Derecho Social, que regula los problemas de la tenencia de la tierra, así como sus diversas formas de propiedad y la actividad agraria que se realiza sobre ella, con la finalidad de aplicar justicia agraria.
9. Autonomía del Derecho Agrario
La autonomía del Derecho Agrario es una corriente doctrinaria y no depende de nadie ni de nada
10. ¿Cuáles son los planteamientos más comunes de la autonomía del Derecho Agrario?
Autonomía Científica, Didáctica, Jurídica, Histórica, Sociológica y Económica
11. ¿Cuáles son las fuentes formales del Derechos Agrario?
Legislación (ley), Costumbre, Jurisprudencia, Doctrina y los Principios Generales del Derecho.
12. Relación del Derecho Agrario con otras ramas del Derecho
D. Constitucional: ya que la Ley fundamental consagra las normas generales del Derecho a las que se suspenden las demás leyes, incluyendo las agrarias, que en México tienen su base en el artículo 27 constitucional
D. Administrativo: que reglamenta las actividades de las administración pública, que a su vez se vincula estrechamente a las producción agropecuaria en la medida que es responsable de la planeación y ejecución de la política agraria.
D. Civil: establece las bases jurídicas que supone o utiliza el derecho agrario, su relación con el derecho agrario se establece en tres tipos de disposiciones, a) de orden netamente civil (aplicadas a sujetos y objetos agrarios), b) civiles con aplicación parcial en el ámbito agrario (pues las leyes agrarias también regulan la misma institución), c) de contenido totalmente agrario
D. Mercantil: regula una serie de actividades que realiza el productor agrario en su actividad normal, tales como operaciones de crédito, compraventa, industrialización de productos agropecuarios, seguros y otros.
D. del Trabajo: regulan las acciones que se operan entre el peón y el patrón, siendo este el campo especifico donde se opera una interrelación entre el Derecho Agrario y el Derecho del Trabajo
D. Fiscal: se aplica a los bienes agrarios, a la empresa agrícola y a los contratos agrarios, estableciendo algunos principios de excepción en virtud
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